Con fecha 9 de diciembre de 2024 (BOE número 303, de 17 de diciembre de 2024) se aprobaron las bases de la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y turno de promoción interna, en la Escala de Gestión de la Universidad Carlos III de Madrid (subgrupo A2).
Advertido error en la publicación del día 17 de diciembre de 2024, en el detalle del anexo II, proceso selectivo, turno de promoción interna y turno libre, apartado II. Fase de concurso,
Esta Gerencia resuelve realizar la oportuna rectificación:
Corregir el texto de la convocatoria aprobada por Resolución de 9 de diciembre de 2024:
En la página 173235 y 173236 del BOE número 303, de 17 de diciembre de 2024, en el anexo II, proceso selectivo, turno de promoción interna, apartado II. Fase de concurso, queda rectificado del siguiente modo:
«II. Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso. Únicamente podrán participar en esta fase, quienes hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse en esta fase será de 30 puntos, realizándose la valoración de los méritos conforme al siguiente baremo:
1. Antigüedad: Máximo 15 puntos.
La antigüedad en Cuerpos o Escalas Administrativas del subgrupo C1 incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como los servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre de reconocimiento de servicios previos, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes asignándose 1 punto por año de servicio o fracción superior a seis meses hasta un máximo de 15 puntos.
2. Grado personal consolidado: Máximo 5 puntos.
Según el grado personal consolidado que se posea a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:
– Hasta el grado 16: 2 puntos.
– Por cada unidad de grado que exceda de 16: 0,50 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
La valoración efectuada por este apartado no podrá ser modificada como consecuencia de posibles reclasificaciones efectuadas con posterioridad a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. Trabajo desarrollado: Máximo 5 puntos.
Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:
– Hasta el nivel 16: 2 puntos.
– Por cada unidad de nivel que exceda de 16: 0,50 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
La valoración efectuada por este apartado no podrá ser modificada como consecuencia de posibles cambios de nivel de complemento de destino obtenido o reconocido con posterioridad a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
4. Cursos de formación: Máximo 5 puntos.
Se valorarán los cursos de formación recibidos por los concursantes realizados en los últimos diez (10) años hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Por acreditar la superación (asistencia o aprovechamiento) de cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por la Universidad Carlos III de Madrid, otras Universidades, el INAP, u otros organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas y cualquier otro financiado con fondos públicos, orientados al desempeño de funciones en el Cuerpo o Escala convocada bajo criterio del Tribunal Calificador, de acuerdo con el siguiente baremo:
– Cursos hasta 12 horas: 0,4 puntos.
– Cursos de 13 horas hasta 25 horas: 0,6 puntos.
– Cursos de 26 horas hasta 39 horas: 0,7 puntos.
– Cursos de 40 horas en adelante: 0,9 puntos.
Se valorarán cursos directamente relacionados con las tareas, competencias y funciones propias de los puestos de trabajo por los que se opta, así como los cursos de carácter transversal que complementan la formación.
No se valorarán cursos de formación preparatoria de procesos de promoción interna específica, preparación de procesos selectivos o cursos de apoyo.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas ni horas de realización.
En el caso de aportar varias ediciones de un mismo curso o cursos de contenido similar, únicamente se valorará uno de ellos, el que tenga más horas lectivas.
Conforme a lo establecido en la base tercera de la presente convocatoria se tendrán en cuenta los cursos de formación realizados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente proceso selectivo.»
Corregir el texto de la convocatoria aprobada por Resolución de 9 de diciembre de 2024:.
En la página 173237, 173238 y 173239 del BOE número 303, de 17 de diciembre de 2024, en el anexo II, proceso selectivo, turno libre, apartado II. Fase de concurso, queda rectificado del siguiente modo:
«II. Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso. Únicamente podrán participar en esta fase, quienes hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse en esta fase será de 30 puntos, realizándose la valoración de los méritos conforme al siguiente baremo:
1. Idioma inglés: Máximo 4 puntos.
Se valorará la acreditación de un nivel de inglés C1 o superior con 4 puntos. Asimismo, se valorará la acreditación de un nivel de inglés B2 con 2 puntos. En caso de no tener nivel del inglés acreditado, la puntación de este mérito será de 0 puntos. Solamente se valorarán las titulaciones de carácter oficial de idioma inglés equiparadas a un nivel C1, B2 o superior según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), conforme la tabla que se adjunta como anexo V. Para que estos títulos puedan ser valorados, se exige, además, que no tengan una antigüedad superior a diez años.
2. Experiencia profesional: Máximo 21 puntos.
Se valorará la experiencia profesional acreditada, conforme al siguiente baremo:
– Experiencia como personal funcionario en el Cuerpo o Escala de la plaza convocada en la Universidad Carlos III de Madrid: 0,30 puntos por mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza convocada en otras Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid: 0,10 puntos por mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza convocada en otras Administraciones Públicas: 0,08 puntos por mes trabajado.
Para acreditar la experiencia profesional será necesario presentar certificado expedido por la Administración correspondiente que acredite los servicios prestados en el que deberá constar expresamente subgrupo, escala y la antigüedad.
En el caso de poseer experiencia profesional como personal funcionario en la Universidad Carlos III de Madrid no será necesaria la aportación del certificado por el interesado/a, siendo adjuntada de oficio por la propia Universidad.
Conforme a lo establecido en la base cuarta de la presente convocatoria se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente proceso selectivo.
En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial se computará como jornada completa siempre que sea igual o superior al 50 % de esta última.
La experiencia profesional que se acredite en años se transformará en meses, a razón de doce meses por año, y la expresada en días se transformará en meses, a razón de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones, resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
3. Cursos de formación: Máximo 5 puntos.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento organizados e impartidos por Universidades, así como por centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y los impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las administraciones públicas y cualquier otro financiado con fondos públicos, orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala convocada bajo criterio del Tribunal Calificador, de acuerdo con el siguiente baremo:
– Cursos hasta 12 horas: 0,5 puntos.
– Cursos de 13 horas hasta 25 horas: 0,7 puntos.
– Cursos de 26 horas hasta 39 horas: 0,9 puntos.
– Cursos de 40 horas en adelante: 1,1 puntos.
Se valorarán cursos directamente relacionados con las tareas, competencias y funciones propias de los puestos de trabajo por los que se opta, así como los cursos de carácter transversal que complementan la formación.
No se valorarán cursos de formación pertenecientes a una carrera universitaria, las materias o créditos que formen parte de una titulación académica ni los de doctorado, los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorarán cursos de formación preparatoria de procesos de promoción interna específica, preparación de procesos selectivos o cursos de apoyo.
No se valorarán cursos de formación referentes a certificados de profesionalidad o acreditación de cualificaciones profesionales.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas ni horas de realización.
En el caso de aportar varias ediciones de un mismo curso o cursos de contenido similar, únicamente se valorará uno de ellos, el que tenga más horas lectivas.
Conforme a lo establecido en la base cuarta de la presente convocatoria se tendrán en cuenta los cursos de formación realizados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente proceso selectivo y para poder ser valorados, los cursos no pueden tener una antigüedad superior a ocho años desde la citada fecha.
Criterios de desempate:
En caso de igualdad en la puntuación total, se aplicarán los criterios de desempate establecidos en la base 5.4.»
Dar publicidad a esta resolución en la página web de la Universidad: https://www.uc3m.es/empleo/pas.
La presente resolución, agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Getafe, 20 de diciembre de 2024.–El Rector, P. D. (Resolución de 3 de julio de 2022), el Gerente, Alberto García Martínez.
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