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Documento BOE-A-2024-27428

Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2024, páginas 186300 a 186328 (29 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-27428

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, esta Subsecretaría en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Resultará de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.

Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:

1. Publicación

1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), en la página web https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/empleo-publico/personal-funcionario/ingeniero-minas.html, así como en aquellos lugares que se estime conveniente.

2. Descripción de las plazas

2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros:

Turno libre:

Número de plazas convocadas

Acceso general Discapacidad Total
23 0 23

Reales Decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de turno libre

Año del real decreto Acceso general Discapacidad Total
2024 5 0 5
2023 9 0 9
2022 9 0 9

2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 23 plazas de acceso libre en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, código 0701.

2.3 El total de las 23 plazas convocadas por el sistema de acceso libre se establecen de acuerdo:

– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, corresponden 5 plazas de acceso general.

– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, corresponden 9 plazas de acceso general, que quedaron vacantes tras la resolución de la última convocatoria, siendo incorporadas a este nuevo proceso selectivo en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

– Al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 corresponden 9 plazas de acceso general, que quedaron vacantes tras la resolución de la última convocatoria, siendo incorporadas a este nuevo proceso selectivo en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

3. Requisitos de las personas aspirantes

3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación.

3.2 Nacionalidad: las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española.

También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como las personas extranjeras incluidas en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

3.3 Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3.4 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.5 Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3.6 El personal funcionario español de organismos internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.

Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Titulación

3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniería de Minas o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

4. Solicitudes

Presentación por medios electrónicos

4.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.

4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).

– Anexar documentos a la solicitud (opcional).

– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).

– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).

– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).

– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

4.3 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.

4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.

Plazo de presentación

4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.

Pago de las tasas

4.10 El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros.

4.11 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

4.12 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente número ES0601822370490200203962 abierta a nombre de «Tesoro Público. Derechos de examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

4.13 Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:

– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

– Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2023.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

4.14 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.

4.15 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

4.16 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.

Protección de datos personales

4.17 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.

4.18 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

4.19 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

4.20 El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/proteccion-datos-personales.html.

4.21 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.

4.22 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.

5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

6. Proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.

6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

6.3 Fase de oposición:

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

Las pruebas consistirán en comprobar que las personas aspirantes poseen los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

El Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios.

Primer ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, durante un tiempo máximo de cuatro horas. El primero corresponderá al Grupo I y será elegido por cada aspirante entre dos temas sacados por sorteo. El segundo y el tercero corresponderán al Grupo II y será elegido por cada aspirante entre cuatro temas sacados por sorteo.

El Grupo I está integrado por 27 temas de «Organización del Estado y de la Unión Europea. Derecho Administrativo».

El Grupo II está integrado por 24 temas de «Estructura Industrial y Energética Española».

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, previa convocatoria.

Se valorarán los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

La puntuación máxima será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación superior a 0 en cada tema.

Segundo ejercicio: constará de dos partes, una obligatoria y otra optativa.

Parte obligatoria: destinada a conocer el grado de conocimiento del idioma inglés, equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).

Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación, la prueba presencial y la acreditación mediante titulación.

Modalidad presencial: consistirá en realizar un resumen en inglés de un texto leído en dicho idioma y una traducción al inglés de un texto facilitado en castellano, para lo que dispondrán de un tiempo máximo de dos horas. El ejercicio, previa convocatoria, será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar en inglés con la persona aspirante durante un período, como máximo, de diez minutos, sobre aspectos relacionados con el ejercicio.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la traducción al inglés, así como el nivel de conversación.

La puntuación máxima de la parte obligatoria de la segunda prueba en la modalidad presencial será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para superarlo.

Modalidad de acreditación mediante titulación: alternativamente a la prueba presencial, quienes así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de idioma inglés presentando alguno de los títulos que se relacionan en el anexo III, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en las normas que rijan el título en cuestión.

La acreditación mediante titulación se realizará en la forma establecida en el anexo III. El tribunal podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación presentada en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se presentará dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, perderá la puntuación obtenida en esta prueba.

La puntuación máxima de la parte obligatoria de la segunda prueba en la modalidad de acreditación mediante titulación será de 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para superarlo. La calificación en la modalidad de acreditación mediante titulación se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

– Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel acreditado mediante titulación se corresponda con un B2.

– Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel acreditado mediante titulación se corresponda con un C1.

– Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel acreditado mediante titulación se corresponda con un C2.

Los niveles inferiores a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo III, no darán acceso al siguiente ejercicio.

Parte optativa: consistirá en una conversación con el Tribunal en francés o en alemán durante un período máximo de diez minutos.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma y el nivel de conversación.

Para poder realizar la parte optativa es preciso haber superado la parte obligatoria. La parte optativa se puntuará entre 0 y 5 puntos, sin requisitos mínimos.

Tercer ejercicio: tendrá carácter práctico y consistirá en la realización por escrito, de un informe o dictamen sobre un supuesto relacionado con los temas de los grupos III, IV y V del programa.

El ejercicio será informatizado. En todo caso, se garantizará su integridad, trazabilidad y autenticidad. Para el desarrollo de este ejercicio dispondrán de un tiempo máximo de tres horas y podrán utilizar únicamente los materiales, informaciones y/o datos en soporte papel y/o en soporte informático puestos a disposición por el Tribunal.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, previa convocatoria. El Tribunal podrá dialogar con la persona aspirante durante un máximo de diez minutos sobre cuestiones relacionadas con el citado supuesto.

El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados al dictamen o informe y la capacidad de relacionarlos.

La puntuación máxima será de 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 5 puntos.

Cuarto ejercicio: consistirá en exponer oralmente, durante el plazo máximo de una hora, tres temas, uno de cada uno de los grupos III, IV y V, elegidos por la persona aspirante de entre dos temas extraídos al azar del correspondiente grupo.

El Grupo III consta de 26 temas de «Teoría Económica y Políticas Públicas».

El Grupo IV consta de 22 temas de «Economía de la Empresa y Principios de Gestión Empresarial».

El Grupo V consta de 30 temas de «Política y Legislación Básica Industrial, Energética y Minera».

Una vez el opositor u opositora haya procedido a seleccionar los temas, dispondrá de un tiempo máximo de veinte minutos, no computables dentro de la hora de exposición, para la elaboración de un índice, sin que puedan utilizar para ello ninguna clase de textos o apuntes. Dicho índice podrá ser utilizado durante la exposición.

Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante durante un máximo de diez minutos sobre cuestiones relacionadas con los temas expuestos.

Se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

La puntuación máxima será de 30 puntos, otorgando un máximo de 10 puntos por cada tema. La puntuación mínima necesaria para superarla será de 15 puntos, siendo necesario obtener una puntuación superior a 0 en cada tema. Para obtener una puntuación superior a 0 es indispensable que la exposición del tema contenga un desarrollo mínimo, estructurado y coherente de la materia seleccionada.

Quienes superen este cuarto ejercicio habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Las personas aspirantes que no hayan superado la fase de oposición, pero sí superasen alguno de los ejercicios obligatorios con una nota superior al 50 por ciento de la calificación máxima prevista para cada uno de ellos, podrán conservar esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.

Terminada la fase de oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada persona, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

1. Mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio.

2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

3. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso selectivo en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.

Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez que haya actuado el último opositor u opositora en cada uno de los ejercicios.

6.4 Curso selectivo:

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, cuya duración máxima será de tres meses.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo las personas aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que preste sus servicios.

Una vez finalizado, el curso se calificará de «Apto» o «No apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superarlo.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarias y funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán como personal funcionario en prácticas hasta la toma de posesión de su primer destino como personal funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado. Aquellos que ya fueran personal funcionario de carrera o laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas continuarán, asimismo, en la situación de personal funcionario en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.

Para quienes obtengan la calificación de «Apto» en el curso selectivo, la calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición. Las funcionarias y los funcionarios españoles de organismos internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.

La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el cuerpo o escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

7. Duración del proceso selectivo

7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.

El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «V», según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 31).

8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra «W» y así sucesivamente.

8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.

8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.

8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 0.

8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico oposiciones@miteco.es, sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.

9. Superación del proceso selectivo y nombramiento

9.1 Finalizada la fase de oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la página web del organismo, en la sede del órgano de selección, así como en aquellos lugares que se estimen convenientes.

9.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

9.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

9.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.6 Si el proceso selectivo no consta de más fases que las de oposición o concurso-oposición, se nombrará personal funcionario de carrera a las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.7 Si el proceso selectivo incluye una fase de curso selectivo y/o periodo de prácticas, a las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.

9.8 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

9.9 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

9.10 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.

9.11 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

10. Programas

10.1 El programa que ha de regir el proceso selectivo se incluye como anexo I de esta convocatoria.

11. Órgano de selección

11.1 El órgano de selección de este proceso selectivo, común a ambos procesos selectivos, es el que figura en el presente apartado.

11.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.

11.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

11.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.

11.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

11.7 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.

11.8 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo o Escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.

11.9 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.

11.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.

11.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.

11.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.

11.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.

11.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.

11.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, plaza de San Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid, correo electrónico bzn-seleccion.minas@miteco.es.

11.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:

Tribunal titular

Presidencia: José Luis Cabo Sánchez. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Secretaría: Helena Irene Leonardo Maes. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Vocalías:

María del Mar Blázquez Gómez. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Marta Hermana García. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.

Alfonso Menchén García-Mascaraque. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.

Esther Macho García. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

María Gracia Pujadas Morales. Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Tribunal suplente

Presidencia: Isidoro Javier Romero Cerrato. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Secretaría: Julia Santalices Rodríguez. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Vocalías:

Augusto García Arenas. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

María Díez Maroto. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.

Joaquín Manuel Ocaña Vargas. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Francisco Asís Medina Medina. Escala Superior de Técnicos de Tráfico. MINTUR.

Tatiana Ortega Gómez. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

12. Embarazo de riesgo o parto

12.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

13. Pie de recurso

13.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 23 de diciembre de 2024.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.

ANEXO I
Programa

Grupo I. Organización del Estado y de la Unión Europea. Derecho Administrativo

Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Los principios constitucionales. Los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. Conflictos constitucionales.

Tema 2. División de poderes en la Constitución de 1978: las Cortes Generales, el Poder Judicial y el Gobierno. El papel de la Corona en la Constitución de 1978. Órganos de relevancia constitucional: el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo y el Consejo Económico y Social.

Tema 3. Gobierno y Administración: los Ministerios, su estructura interna, órganos superiores, órganos directivos y servicios comunes. Organización de los servicios periféricos. La Administración General del Estado en el exterior.

Tema 4. Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal. Organismos autónomos. Entidades públicas empresariales. Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal. Las sociedades mercantiles estatales. Las fundaciones del sector público y los fondos sin personalidad jurídica.

Tema 5. Las Comunidades Autónomas. La organización política de las Comunidades Autónomas en la Constitución. El orden constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Especial referencia a la distribución de las competencias del régimen minero y energético.

Tema 6. La Administración Local: regulación constitucional, entidades que la integran y su organización. La autonomía local. Distribución de competencias entre el Estado, las Comunidades Autónomas y la Administración Local.

Tema 7. Fuentes del Derecho Administrativo I. Las fuentes del Derecho. Concepto. Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Poder Ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto Legislativo.

Tema 8. Fuentes del Derecho Administrativo II. El reglamento: concepto, clases y límites. La costumbre. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales y el Derecho comunitario.

Tema 9. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.

Tema 10. El procedimiento administrativo. Concepto, naturaleza y caracterización. Procedimiento administrativo común y sus fases. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas. Normativa sobre administración electrónica.

Tema 11. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: planteamiento, efectos y clases. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa. El recurso contencioso-administrativo: objeto y fases.

Tema 12. El patrimonio de las Administraciones Públicas. El dominio público. El criterio de afectación: concepto y clases de afectación. Objeto y extensión de la demanialidad. Utilización del dominio público. El servicio público y formas de gestión.

Tema 13. Contratos del Sector Público. Ámbito subjetivo y objetivo de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos competentes en materia de contratación. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar.

Tema 14. La expropiación forzosa: concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales de expropiación. La reversión de los bienes objeto de expropiación.

Tema 15. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio: Concepto, fundamento, requisitos y procedimientos.

Tema 16. Contabilidad Pública I. El Plan General de Contabilidad Pública: estructura, ámbito de aplicación y principios contables. Las cuentas anuales: balance de situación, cuenta del resultado económico-patrimonial, estado de liquidación del presupuesto y memoria. La Cuenta General del Estado: elaboración y contenido.

Tema 17. Contabilidad Pública II. Los Presupuestos Generales del Estado: estructura y contenido. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. Fondo de Contingencia.

Tema 18. Contabilidad Pública III. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento y documentos contables que intervienen en la ejecución de gastos y pagos. Control de la actividad financiera de la Administración: concepto y clases. El control interno: la función interventora y el control financiero permanente.

Tema 19. Contabilidad Pública IV. El sistema tributario: estructura básica. Imposición directa e indirecta. Tasas y precios públicos. Capacidad tributaria de las Comunidades Autónomas en régimen común. Los tributos propios y cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de Compensación Interterritorial. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral. Regímenes especiales por razón del territorio: Canarias, Ceuta y Melilla.

Tema 20. Régimen jurídico de las subvenciones públicas. Ley General de Subvenciones y su desarrollo reglamentario. Concepto, tipos, procedimiento y control. Infracciones y sanciones.

Tema 21. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Procedimientos para la provisión de puestos adscritos a personal funcionario. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario. La Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado. Conflicto de intereses e incompatibilidades. Vigilancia y control. Infracciones y sanciones.

Tema 22. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.

Tema 23. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD). Funciones y competencias. Organización. Organismos públicos vinculados. Órganos colegiados asesores y consultivos. Áreas Funcionales de Industria y Energía. Representación en el exterior. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Especial referencia a las siguientes entidades del sector público institucional: Instituto para la Transición Justa (ITJ), Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE),Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA), Fundación Ciudad de la Energía (CIUDEN) y Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES). Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado: creación, evolución y situación actual. Principales competencias.

Tema 24. Políticas de Igualdad de Género. Políticas y legislación contra la Violencia de Género. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Políticas de Integración Social, con especial mención a las personas con discapacidad y a la dependencia.

Tema 25. Unión Europea. Organización I. Constitución y evolución del proceso de integración europea. Las instituciones de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. Otras instituciones y órganos consultivos de la Unión Europea.

Tema 26. Unión Europea. Organización II. El Derecho de la Unión Europea: concepto, características, fuentes, aplicación y eficacia. El procedimiento legislativo. El recurso de los actos legislativos. Los procedimientos de infracción.

Tema 27. Unión Europea. Organización III. España en la Unión Europea. La adhesión de España a las Comunidades Europeas. La Administración española ante la Unión Europea. Caso del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD). La gestión interna de los fondos de la Unión Europea. La empresa y el sector privado español ante la Unión Europea.

Grupo II. Estructura Industrial y Energética Española

Tema 1. La industria en el contexto de la economía española: evolución y análisis de variables relevantes. Panorama sectorial de la industria española. La dimensión regional de la industria española. La industria española en el contexto internacional. La convergencia con la Unión Económica y Monetaria.

Tema 2. La investigación en España: concepto, evolución, situación actual y problemática. Comparación internacional. Principales indicadores de la actividad investigadora. La investigación en los sectores público y privado. Investigaciones básica y aplicada. Desarrollo tecnológico.

Tema 3. La innovación en España: concepto, evolución, situación actual y problemática. El sistema nacional de innovación o de ciencia-tecnología-empresa. Principales agentes del sistema: caracterización.

Tema 4. El sector energético. El sistema energético español. Energía primaria: fuentes, abastecimiento, dependencia y diversificación. Energía final: usos y consumidores. Seguridad de suministro: índice de cobertura, interconexiones y almacenamiento. Estructura empresarial. Precios energéticos. Evolución, situación actual y tendencias.

Tema 5. El sector eléctrico: sujetos y actividades de generación, transporte, distribución, comercialización, operador del mercado y operador del sistema. Planificación eléctrica. Análisis sectorial, evolución y perspectivas (incluyendo el contexto europeo). Contribución dentro del balance energético. El Mercado Ibérico de la electricidad (MIBEL).

Tema 6. El sector nuclear: centrales nucleares y ciclo de combustible nuclear. Instalaciones radiactivas. Gestión de residuos. Análisis sectorial, evolución y perspectivas. Contribución dentro del balance energético.

Tema 7. El sector de hidrocarburos líquidos: exploración, producción, refino, transporte, logística básica y distribución. El sector de los biocarburantes. El sector de los gases licuados del petróleo. Análisis sectorial, evolución y perspectivas. Planificación de las reservas estratégicas de productos petrolíferos. Contribución dentro del balance energético.

Tema 8. El sector del gas: actividades de exploración, producción, regasificación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización. Análisis sectorial, evolución y perspectivas. Planificación gasista. Contribución dentro del balance energético. Papel de los gases renovables. El Mercado Ibérico del Gas (MIBGAS).

Tema 9. El sector de las energías renovables, la cogeneración y los residuos (RECORE). Gases renovables: hidrógeno renovable, biogás y biometano. Tecnologías. Usos: generación eléctrica, aprovechamiento térmico y transporte. Contribución dentro del balance energético. Evolución histórica. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 10. La minería metálica y los minerales industriales. Usos y conexión con la industria. Análisis sectorial, evolución y perspectivas. Las materias primas fundamentales.

Tema 11. Rocas ornamentales. Áridos y otros productos de cantera. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 12. La industria siderúrgica y metalurgia férrea. La industria de la metalurgia no férrea. El sector de transformados metálicos. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 13. Las industrias de productos de la construcción: cementos, materiales cerámicos, impermeabilizantes y aislantes, vidrio, prefabricados, y otros. El sector de electrodomésticos. Línea blanca. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 14. El sector de los bienes de equipo: mecánicos y eléctricos. Especial mención al sector de la máquina herramienta. Robótica y automatización. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 15. El sector de automoción: vehículos y componentes. La estrategia de impulso del vehículo con energías alternativas. Vehículo eléctrico y conectado. El sector del material ferroviario. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 16. El sector de la construcción y reparación naval. Su industria auxiliar. El sector aeronáutico y aeroespacial. La industria de material de defensa. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 17. El sector químico. El subsector de la industria química básica: inorgánica y orgánica. Petroquímica. Agroquímica. El subsector de la industria química transformadora: fabricación de plásticos. Materiales compuestos. Caucho, papel, fibras químicas, pinturas colorantes y otros productos transformados. El subsector de química fina. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 18. Los sectores farmacéutico y de la biotecnología. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 19. Las industrias de la alimentación, bebidas y tabaco. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 20. Los sectores de bienes de consumo: textil y confección; piel y calzado; madera y mueble; juguetes; la artesanía. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 21. Sociedad de la información e internet. Concepto y evolución. Incidencia en los servicios públicos y para el ciudadano (administración electrónica, telemedicina, comercio electrónico, teletrabajo y redes sociales). Gobernanza de internet. Ciudades inteligentes. Principales indicadores de la implantación de la sociedad de la información en España: evolución y perspectivas en el contexto europeo e internacional.

Tema 22. El sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El sector del hardware. Fabricación de equipos y componentes electrónicos, de telecomunicaciones, para la defensa e informáticos. El sector del software. Análisis sectorial, evolución y perspectivas. El sector de las telecomunicaciones. Despliegue de redes. Acceso a internet. Operadores, servicios mayoristas y minoristas. El sector de los contenidos digitales. Análisis sectorial, evolución y perspectivas.

Tema 23. Los servicios a empresas. Actividades profesionales, científicas y técnicas. Servicios industriales. Servicios energéticos. Servicios ambientales. Servicios digitales. Externalización de actividades y subcontratación en la industria. Análisis sectorial, evolución y perspectivas. El sector de la logística. El sector de la distribución comercial.

Tema 24. El sector del transporte. Infraestructuras y servicios. Análisis y descripción por modos y por usos. La política de transporte española: contexto comunitario; marco institucional y legal; planificación; liberalización; inspección y seguridad. Mercancías peligrosas y perecederas. Transporte internacional. Intermodalidad. Transporte y energía. Movilidad sostenible. Sistemas Inteligentes de Transporte (ITS). Evolución, situación actual y tendencias.

Grupo III. Teoría Económica y Políticas Públicas

Tema 1. Teoría de la demanda del Consumidor. Las preferencias, función de utilidad y restricción presupuestaria. El equilibrio del consumidor. La deducción de la curva de demanda del consumidor. La teoría de la preferencia revelada. Teoría de la producción microeconómica. Teoría de los costes. Isocuantas, Isocostes y productividad. Isoclinas y tipos de costes.

Tema 2. Definición de mercado, elementos, principios y características generales. Los mercados competitivos de productos. El equilibrio a corto y largo plazo. Aplicaciones: el efecto de los impuestos. Fallos del mercado: externalidades, bienes públicos e información asimétrica (selección adversa y riesgo moral). Justificación de la intervención estatal.

Tema 3. El monopolio. Tipos de monopolio. El monopolio natural y la regulación de precios. La discriminación de precios y el monopolio. El duopolio y el oligopolio. La empresa dominante. El concepto de mercado relevante.

Tema 4. Los mercados de factores: características. El mercado de trabajo: oferta, demanda, equilibrio y determinación de los salarios. Productividad del factor trabajo. Sustitución del trabajo por capital. Teorías del capital y del interés.

Tema 5. Magnitudes macroeconómicas básicas y sus interrelaciones según el SEC-2010. Las tablas input output.

Tema 6. La financiación de la actividad económica: definición y funciones del dinero. El dinero en el Sistema Financiero actual. Los bancos y la creación del dinero. Los intermediarios financieros. Funciones del sistema financiero: eficiencia, intermediación, ahorro e inversión crediticia.

Tema 7. La teoría de la determinación de la renta en una economía abierta. El multiplicador.

Tema 8. La política fiscal y la política monetaria en una economía abierta. Modelo IS-LM. Aspectos monetarios de la financiación del déficit público. Objetivos, consecuencias y efectos sobre las principales variables macroeconómicas.

Tema 9. El concepto de inflación. Tipos de inflación. Inflación de demanda. Inflación de costes. Inflación estructural. Los efectos de la inflación. Recomendaciones de política económica.

Tema 10. El ciclo económico: definición y descripción de las fases del ciclo. El crecimiento económico a largo plazo y las fuentes del crecimiento. El estado estacionario y las relaciones entre el ahorro. El crecimiento de la población y el crecimiento del stock de capital.

Tema 11. Evolución reciente de la teoría pura del comercio internacional. Teoría clásicas. Teoría de la Ventaja Absoluta. Teoría de la ventaja comparativa. Relación real de intercambio. Controversia entre librecambismo y proteccionismo. Instrumentos de protección y sus efectos económicos: barreras comerciales, barreras técnicas. Nueva teoría del comercio internacional.

Tema 12. Balanza de Pagos: concepto, estructura, equilibrio, significado y relación con la financiación de la economía. El mercado de divisas. Teorías de la determinación del tipo de cambio. Tipos de cambios fijos y flexibles. Intervención y regulación de mercados de cambio. Políticas de estabilización económica: consecuencias sobre el equilibrio interno y externo.

Tema 13. Evolución reciente del sistema monetario internacional. Los acuerdos de Bretton Woods: el FMI, El Banco Mundial y la OMC. La cooperación económica multilateral: la UNCTAD y la OCDE. El auge del neoproteccionismo: los acuerdos regionales de comercio y los Bancos regionales de desarrollo.

Tema 14. La política fiscal en España. Evolución reciente y tendencia. Ingresos fiscales y gasto público. Causas del déficit público y problemas de financiación. El Tesoro Público: funciones y objetivos.

Tema 15. La política monetaria en España. El sistema financiero español. Instituciones y mercados (monetario y de capitales). Órganos supervisores: el papel de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y del Banco de España. El sistema financiero internacional.

Tema 16. Unión Europea. Política Económica I. La Unión Económica y Monetaria (UEM): antecedentes, evolución y funcionamiento del sistema monetario europeo. Objetivos e instrumentos de la política monetaria del Banco Central Europeo (BCE). El Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) y sus implicaciones sobre la política fiscal de los Estados Miembros. La Unión Bancaria.

Tema 17. Unión Europea. Política Económica II. Las finanzas de la Unión Europea y el presupuesto comunitario: recursos propios. Las perspectivas financieras. Presupuesto anual de la Unión Europea. La cohesión económica y social: la política regional de la Unión Europea. Los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión. Política social y de empleo. El Banco Europeo de Inversiones (BEI).

Tema 18. Unión Europea. Política Económica III. Ayudas de Estado: concepto y compatibilidad con el mercado común. Casos de Exención. Requisitos de notificación a la Comisión. Exención por categorías. Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (IPCEI). Normativa comunitaria reguladora de las ayudas horizontales y sectoriales. Directrices comunitarias de salvamento y reestructuración. Situación de las ayudas estatales en España.

Tema 19. Unión Europea. Política Económica IV. La política comunitaria de competencia: fundamentos jurídicos y ámbito de aplicación. Servicios de Interés Económico General (SIEG). El sistema español de defensa de la competencia. El papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Conductas prohibidas. El control de las concentraciones económicas.

Tema 20. Unión Europea. Política económica V. Agenda Estratégica de la UE 2024-2029. El Semestre Europeo. El Programa Nacional de Reformas (PNR). La Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible.

Tema 21. Unión Europea. Política económica VI. La Unidad de Mercado. Mejora de regulación y competencia. La Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior y sus transposiciones: la Ley 17/2009, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. La Ley 20/2013, de garantía de unidad de mercado: objetivos y principios. El Consejo para la unidad de mercado.

Tema 22. Unión Europea. Política económica VII. Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) de España: Objetivos, Contribución a los objetivos climáticos y de digitalización, Ejes Transversales y Políticas Palanca. Proyectos contemplados por las Políticas Palanca del PRTR: I – Agenda urbana y rural y lucha contra la despoblación y III – Transición Energética Justa e Inclusiva. El PRTR en el marco de los Presupuestos Generales del Estado. Instrumentos de ejecución concretos o programas de ayudas preexistentes en el ámbito del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: ejemplos.

Tema 23. Unión Europea. Política industrial y de competitividad de la UE. Evolución, objetivos, líneas de actuación y prioridades. La Estrategia Industrial Europea. Política de emprendimiento y PYME de la Unión Europea. El mercado interior: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales.

Tema 24. Unión Europea. Política energética. Evolución reciente del Mercado Interior de la energía. Normativa comunitaria en materia energética: El «Pacto Verde Europeo», principales piezas regulatorias del paquete «Fit for 55», el mercado eléctrico, la regulación energética y la gobernanza de la UE. Plan Nacional Integrado de Energía y Clima. La Comunicación «REPower EU», seguridad de suministro energético en la UE. Autonomía estratégica de la UE: Ley de tecnologías de cero emisiones y Mecanismo de ajuste en frontera.

Tema 25. El mercado de trabajo en España: evolución reciente y situación actual. Marco regulatorio. Población activa y ocupada. Tipos de desempleo. Referencia al empleo industrial y energético. Las reformas del mercado de trabajo: evolución y características. El expediente de regulación de empleo. Ley de Teletrabajo.

Tema 26. La Dirección Pública y su entorno de actuación. La creación del valor público. Gestión de riesgos, ética y responsabilidad corporativa. La gestión estratégica y operativa en la Administración pública: dirección de personas y excelencia operativa.

Tema 27. Modernización de las Administraciones Públicas. Simplificación administrativa y reducción de cargas. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Participación ciudadana. El marketing público. La Agenda España Digital 2025. Administración electrónica.

Tema 28. La inversión extranjera en España y la inversión española en el exterior. Evolución y situación actual. Legislación básica. Promoción de la inversión extranjera en España. Promoción de la inversión española en el exterior. Apoyos públicos a la promoción del comercio exterior y a la internacionalización.

Grupo IV. Economía de la Empresa y Principios de Gestión Empresarial

Tema 1. El concepto de Empresa. Empresa privada y empresa pública. Clases de empresas según su forma jurídica. Empresas multinacionales: sus conceptos, importancia en el entorno económico. Otros tipos de empresas: sociedades limitadas, empresas cooperativas, etc. El Registro Mercantil.

Tema 2. Contabilidad financiera (I) Los estados financieros de la Empresa: balance y cuenta de resultados. Estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo. Del balance de situación al balance de gestión. Ordenación de cuentas. Masas patrimoniales del activo y el pasivo.

Tema 3. Contabilidad Financiera (II) Análisis de los estados contables y diagnóstico económico financiero. Objetivos del diagnóstico. Análisis patrimonial. Objetivos financieros de la Empresa: rentabilidad, liquidez y riesgo.

Tema 4. Contabilidad Financiera (III) Análisis financiero. Medidas de la liquidez y solvencia. Cash-flow. Autofinanciación. Rotación del activo circulante y sus componentes. Rotación de proveedores. Fondo de maniobra y capital de trabajo necesario.

Tema 5. Contabilidad Financiera (IV). Análisis Económico. Rentabilidad sobre fondos propios y rendimiento sobre activo total. Descomposición de la rentabilidad: margen, rotación, apalancamiento operativo y financiero.

Tema 6. Contabilidad de costes. Costes y toma de decisiones. Análisis de costes: fijos y variables. Full Costing y Direct Costing. Las relaciones coste volumen beneficio. El punto muerto. Activity Based Costing (Costes ABC).

Tema 7. Estrategia competitiva. Análisis del entorno. Modelo de las cinco fuerzas de Porter. La ventaja competitiva. Estrategia de diferenciación, costes y especialización. Competencia por recursos y capacidades. La cadena de Valor.

Tema 8. Planificación estratégica y operativa. Programación y presupuestos. Modelos e instrumentos de planificación, programación y presupuestación. Funciones directivas: planificación, organización, dirección, motivación y control.

Tema 9. Vigilancia, inteligencia competitiva y prospectiva. Métodos de previsión en la Empresa. Modelos cuantitativos y cualitativos. Escenarios. Método Delphi.

Tema 10. Dirección comercial y marketing en la Empresa: concepto y contenido. Conceptos e instrumentos de investigación comercial. Conceptos e instrumentos en previsión de ventas. El concepto y contenido del marketingmix. El plan de marketing. Ciclo de la vida de productos.

Tema 11. El sistema logístico de la Empresa: la dirección de operaciones. Localización de plantas industriales. Criterios más comúnmente considerados según el tipo de empresa industrial. Deslocalización y Relocalización. La gestión de stocks, dirección de producción, distribución física: conceptos y técnicas cuantitativas utilizadas.

Tema 12. La calidad en la Empresa. Gestión de calidad. Calidad total y sistemas de aseguramiento de calidad. Cero defectos. Certificación y calidad concertada: relaciones de la empresa con clientes.

Tema 13. Desarrollo tecnológico en la empresa. La función de investigación y desarrollo y su problemática. Información tecnológica: acceso a bancos de datos y redes. Asociaciones de Investigación. Plataformas tecnológicas. Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI). Financiación al desarrollo tecnológico.

Tema 14. Organización empresarial y factor humano: Interconexión y desafíos. Principios básicos de organización y modelos organizativos. Selección, formación y promoción de personal. Relaciones industriales: sindicatos y empresas, negociación colectiva, política de personal.

Tema 15. Estructura financiera de la empresa, fuentes y financiación: propias y ajenas. El concepto de coste de los recursos y utilización en la selección de proyectos de inversión.

Tema 16. Fuentes de financiación más comunes en nuestro sistema financiero: descripción, utilización, costes y mercados suministradores. El capital riesgo. Naturaleza, tipos, sectores de destino y situación en España. Comparación con los países más avanzados. Préstamos participativos. Sociedades de garantía recíproca. Otras fuentes de financiación empresarial: factoring, leasing, renting, etc.

Tema 17. El plan de inversiones. La definición del proyecto de inversión. Inversión inicial, costes relevantes, el valor del dinero en el tiempo, interés fijo y compuesto, flujos de caja anuales y tasa de descuento. Criterios económicos de decisión para la aceptación de proyectos de inversión y su priorización.

Tema 18. Transformación digital en la empresa. Tecnologías Habilitadoras Digitales (THD): definición y relevancia en el contexto empresarial. Los sistemas de gestión empresarial (ERP). El comercio electrónico: modalidades y modelos de negocio.

Tema 19. Diagnosis de la empresa con dificultades. Los estudios de viabilidad. Planes de empleo y reestructuración empresarial.

Tema 20. Auditoría. Auditoría de cuentas: principios y regulación. La auditoría técnico-económica de los proyectos de inversión. Otras auditorías: medioambiental, de calidad, energética, tecnológica.

Tema 21. Valoración de empresas. Métodos basados en masas patrimoniales. Métodos basados en el fondo de comercio. Métodos basados en el resultado económico. Métodos basados en flujos de caja.

Tema 22. La insolvencia de la empresa: Reglamento (UE) 2015/848, sobre procedimientos de insolvencia. Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. El Real Decreto-ley 4/2014, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Insolvencia actual e inminente. Declaración del concurso. La administración concursal. Efectos de la declaración del concurso. Concurso voluntario y concurso necesario. Concurso fortuito y concurso culpable. Concurso con liquidación y concurso con convenio. Regulación de la disolución de empresas.

Grupo V. Política y Legislación Básica Industrial, Energética y Minera

Tema 1. Política industrial I. Evolución histórica y reciente de la política y del sector industrial en España en el contexto europeo. Papel del sector público empresarial: del Instituto Nacional de Industria (INI) a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Evolución reciente. La Nueva Política Industrial Española 2030. Reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial (RCI). La industria conectada 4.0. El fomento de la competitividad industrial. Ley europea sobre industria de cero emisiones netas.

Tema 2. Política industrial II. Fundamentos de política industrial: motivantes, principios, objetivos e instrumentos. Base jurídica, distribución competencial y coordinación y cooperación entre Administraciones Públicas. La Ley 21/1992, de industria, y sus modificaciones y desarrollos reglamentarios. Régimen de acceso a actividades industriales. El Registro Integrado Industrial (RII). Régimen sancionador.

Tema 3. Política industrial III. Calidad y seguridad industrial. Contexto comunitario. Normalización, certificación, homologación y acreditación. Infraestructura para la calidad y seguridad industrial. Instituciones y agentes nacionales. La Asociación Española de Normalización, UNE. La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Organismos internacionales. Acuerdos de reconocimiento mutuo. Uso de la normalización y la acreditación en la elaboración reglamentaria. Vigilancia del mercado.

Tema 4. Estadísticas industriales: fuentes y metodología. Estadísticas estructurales. Estadísticas coyunturales. Análisis de coyuntura industrial. Análisis de intersectorialidad: indicadores y situación de la industria española. Cadenas de valor globales y comercio internacional en términos de valor añadido (TiVA): situación de la industria española. Estadísticas energéticas: fuentes y metodología.

Tema 5. La propiedad industrial. Legislación. Evolución y situación actual. La Oficina Española de Patentes y Marcas. Subvenciones al fomento de la solicitud de patentes. Incentivos fiscales en la Ley del Impuesto de Sociedades. La transferencia de tecnología: fomento de exportación de tecnología, asistencia técnica y regalías, balanza tecnológica, comercio exterior de equipos con tecnología incorporada, etc.

Tema 6. Política minera I. Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y sus posteriores modificaciones. Reglamento General para el Régimen de la Minería: ámbito de aplicación y clasificación de recursos. El Real Decreto 107/1995, de 27 de enero, por el que se fijan criterios de valoración para configurar la sección A) de la Ley de Minas. Situación actual tras el proceso de transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas. Acción Estatal.

Tema 7. Política minera II. Aspectos particulares legislados en la Ley de Minas y su reglamento. Regulación de los aprovechamientos de recursos. Régimen general de caducidades, titularidad, transmisión de derechos mineros, ocupación temporal y expropiación forzosa. Cotos mineros y establecimientos de beneficio. Competencia administrativa y sanciones.

Tema 8. Política minera III. Gestión de los residuos de las industrias extractivas. Protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, y sus posteriores modificaciones. Especial referencia a la coordinación con la evaluación ambiental de proyectos mineros. Real Decreto-ley 16/2017, de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino y su reglamento de desarrollo.

Tema 9. Política minera IV. Reglamento de Materias Primas Fundamentales. La Hoja de Ruta para la Gestión Sostenible de las Materias Primas Minerales. El régimen financiero e impuestos mineros de la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería. Impuesto de sociedades. Régimen fiscal de la minería. Factor de agotamiento. Ayudas a la prevención de riesgos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el ámbito de una minería autóctona y sostenible.

Tema 10. Política minera V. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y sus Instrucciones Técnicas Complementarias de desarrollo. Competencias y responsabilidades. Autoridad minera competente y Entidades Colaboradores de la Administración. Investigación de accidentes. Estadística de accidentes. Estatuto del Minero. La Comisión de Seguridad Minera.

Tema 11. Política minera VI. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus posteriores modificaciones. Coordinación de actividades empresariales. El Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, sobre seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras. Seguridad en máquinas. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los trabajadores de equipos de trabajo.

Tema 12. Explosivos para uso civil. El Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos. Estructura y contenido esencial del reglamento. Las voladuras especiales.

Tema 13. Artículos pirotécnicos y cartuchería. El Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Estructura y contenido esencial del reglamento.

Tema 14. El agua en España. Usos. Infraestructuras. Planificación y gestión de recursos hídricos. Infraestructuras. Normativa en materia de aguas: la Directiva Marco 2000/60/CE, el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y el reglamento del dominio público hidráulico. Calidad de las aguas envasadas.

Tema 15. Política en materia de descarbonización. El proceso internacional, europeo y nacional de lucha contra el cambio climático. El Pacto Verde Europeo. Marco 2030 de Energía y Clima de la UE. Estrategia a largo plazo para 2050 de la UE. Principales instrumentos de lucha contra el cambio climático en España: Evolución. Marco Estratégico de Energía y Clima: Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y su actualización (PNIEC 2023-2030). Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030. Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo. Estrategia de Transición Justa.

Tema 16. Política medioambiental I. El procedimiento de evaluación ambiental estratégica y de evaluación de impacto ambiental, en el marco de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Órgano sustantivo, órgano ambiental y administraciones competentes. La participación pública en los procedimientos. Las consultas transfronterizas. La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

Tema 17. Política medioambiental II. Normativa comunitaria y española en materia de residuos. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Principios e instrumentos de la política de residuos. Estrategia Española de Economía Circular y sus planes de acción. Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y mezclas químicas (REACH). Prevención de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (SEVESO).

Tema 18. Política medioambiental III. Atmósfera y calidad del aire. Inventario Nacional de Contaminantes Atmosféricos. Actividades emisoras, con especial mención a Grandes Instalaciones de Combustión (GIC) y otras instalaciones industriales: políticas, medidas y normativa. Medio ambiente industrial: prevención y control integrado de la contaminación (IPCC); Autorización Ambiental Integrada (AAI); Guías de Mejores Técnicas Disponibles (MTD). Gases de Efecto Invernadero. Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero. Sectores difusos. Sumideros. Régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Fondo Social para el Clima.

Tema 19. Política energética I. Principios de política energética en el actual contexto de descarbonización de la economía. La planificación de la red de transporte de energía eléctrica y de la red de transporte de gas natural: competencias, normativa reguladora, procedimiento de elaboración y aprobación, revisión y seguimiento. Criterios de desarrollo de las redes de transporte de electricidad y gas. Previsión de la evolución de la cobertura de la demanda, del mix de generación eléctrica y del sistema gasista. La Estrategia de Almacenamiento. Seguridad del suministro eléctrico (Reglamento 2019/941). El Plan Más Seguridad Energética.

Tema 20. Política energética II. La política española de fomento de las energías renovables en el contexto europeo. Planificación: objetivos, medidas y actuaciones. Régimen retributivo específico. Régimen económico de energías renovables. La dimensión energética del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El PERTE de Energías Renovables, Hidrógeno y Almacenamiento. Papel del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Tema 21. Política energética III. Eficiencia Energética: Nueva Directiva (UE) 2023/1791 de Eficiencia Energética. Directiva de Eficiencia Energética en Edificios (EPBD). Fondo Social para el Clima (FSC). Principio de eficiencia energética primero. Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética. Sistema de Certificados de Ahorro Energético(CAE). Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Certificación de eficiencia energética de los edificios. Auditorías energéticas. Etiquetado energético y vigilancia de mercado. Iluminación exterior. Papel del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Tema 22. Política energética IV. La I+D+i energética: evolución en España. Energía en los Planes Nacionales de I+D+i. Apoyo a la I+D+i energética a través de los Programas de la Unión Europea. Horizonte Europa. El SET-Plan. La I+D en el tratado Euratom. La I+D+i energética en otros ámbitos europeos e internacionales. El Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT). La Fundación Ciudad de la Energía (CIUDEN). Banco de pruebas regulatorio.

Tema 23. Política energética V. Presencia de España en Organismos Internacionales en materia de energía: La Agencia Internacional de la Energía (AIE). La Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA). La Agencia de la Energía Nuclear (NEA). El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). La Carta de la Energía. Unión por el Mediterráneo. G20. Clean Energy Ministerial.

Tema 24. Regulación del sector eléctrico I. Antecedentes de la liberalización del sector eléctrico. La Ley 24/2013, del sector eléctrico y sus modificaciones. Ordenación del suministro. Sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico. Mercado mayorista de producción: organización y funcionamiento. Mercado minorista: suministro y contratación; Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Gestión técnica del sistema. Papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en materia de energía eléctrica.

Tema 25. Regulación del sector eléctrico II. Desarrollos reglamentarios: producción con tecnologías convencionales; producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos (RECORE); autoconsumo; producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares (TNP); intercambios intracomunitarios e internacionales; mecanismos de capacidad; actividades de transporte y distribución; comercialización; acceso y conexión; servicios de recarga energética; servicios de agregación; interrumpibilidad; consumidores electrointensivos; calidad de suministro; sistema de garantías de origen (GdO) y etiquetado de la electricidad.

Tema 26. Regulación del sector nuclear. El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). La Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA). El Plan General de Residuos Radiactivos. El tratado Euratom. Organismos internacionales. Salvaguardias, protección física y responsabilidad civil por daños nucleares. El reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 1217/2024, de 3 de diciembre.

Tema 27. Regulación del sector de hidrocarburos líquidos en España. Actuaciones de privatización y liberalización de mercados. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y sus posteriores modificaciones. La exploración, investigación y producción de hidrocarburos con especial mención a las afecciones de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. Refino y logística básica. Operadores mayoristas y minoristas. Sector de la distribución minorista de carburantes: actuaciones normativas recientes para la lucha contra el fraude en el sector. Los gases licuados del petróleo: actividades relacionadas con el suministro, modalidades de suministro y precios. Papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en materia de hidrocarburos líquidos. La seguridad de suministro: la Directiva 2009/119/CE. La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES). Objetivos de reducción de emisiones y políticas de fomento de los biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte: la Directiva 98/70/CE, la Directiva (UE) 2023/2413 (DERIII).

Tema 28. Regulación del sector del gas natural en España. Evolución y perspectivas. La Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos. Régimen de actividades: actividades reguladas y liberalizadas, agentes. Acceso a terceros, peajes, cargos y cánones. Gestión técnica del sistema. Régimen económico de actividades reguladas. Mercado organizado de gas y Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre. Tarifa de Último Recurso (TUR). Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en materia de hidrocarburos gaseosos (Ley 3/2013, de 4 de junio): especial referencia a las medidas adoptadas en el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero. La seguridad del suministro de gas natural: normativa nacional y Reglamento Europeo 2017/1938, de 25 de octubre, sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas.

Tema 29. Regulación del sector de los gases renovables. Fomento de los gases renovables: Hoja de Ruta de hidrógeno, Hoja de Ruta del biogás y sistema de garantías de origen para gases renovables. La Directiva (UE) 2024/1788, relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas renovable, del gas natural y del hidrógeno y el Reglamento (UE) 2024/1789. El Marco comunitario de ayudas al hidrógeno renovable en el contexto de la Comunicación REPower EU: El Banco Europeo del Hidrógeno, los proyectos importantes europeos de interés común de hidrógeno (IPCEI). Los Proyectos de Interés Común en el marco del Reglamento TEN-E.

Tema 30. Reestructuración de la minería del carbón. Marco comunitario del régimen de ayudas. Acuerdo Marco para una Transición Justa de la Minería del Carbón y Desarrollo Sostenible de las Comarcas Mineras y Plan de Acción Urgente. Acuerdo por una Transición Energética Justa para las centrales térmicas en cierre. El Instituto para la Transición Justa (ITJ). La Estrategia de Transición Justa y los Convenios de Transición Justa. Líneas de ayuda, con especial mención a la reactivación de las comarcas mineras y con cierres de centrales, y otras actuaciones, con especial mención a los nudos de Transición Justa. El Fondo de Transición Justa.

ANEXO II
Instrucciones para presentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En la plataforma de inscripción de pruebas selectivas, IPS, se deberá seleccionar la convocatoria en la que desea participar.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado», Código 0701.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la comunidad autónoma en la que se reconoce esta condición.

En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.

En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de Minas» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. Se ha de indicar, además, añadiendo otro título, la titulación exacta que posee.

En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes que deseen realizar la parte voluntaria del segundo ejercicio de la fase de oposición deberán consignar el idioma de la prueba, «ALEMÁN» o «FRANCÉS».

En el recuadro 27, «Datos B», se consignará el derecho a conservar, conforme a la anterior convocatoria, la puntuación del primer y/o segundo ejercicio indicando «Conservar ejercicio». Este derecho quedará condicionado en todo caso a que el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.

En el recuadro 27, «Datos C», los aspirantes deberán consignar la modalidad escogida para la prueba obligatoria de conocimientos del idioma inglés: «PRESENCIAL» o «TITULACIÓN». Los aspirantes que se acojan a esta última modalidad deberán adjuntar a su solicitud la titulación, de las recogidas en el anexo III, que acredita el nivel de conocimiento de inglés de nivel B2 o superior. En caso de no cumplimentar este apartado deberán realizar la prueba presencial. En caso de optar por la modalidad «PRESENCIAL», no será posible modificar posteriormente la modalidad escogida.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros. El importe reducido para familias numerosas de categoría general será de 15,55 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carecieran de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2023.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al año fiscal de 2023 y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, plaza de San Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid.

ANEXO III
Certificados acreditativos de idioma

Para la modalidad acreditación de conocimiento del idioma inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes al nivel que se consideran equivalentes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

Certificados de la Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

Certificados de Cambridge University:

First Certificate of English: B2.

Advanced: C1.

Proficiency: C2.

Linguaskill B2: B2.

Linguaskill C1: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

Education Testing Service (ETS):

TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.

TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.

TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344: B2.

TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345: C1.

APTIS (four skills), certificación del British Council:

Overall CEFR Grade B2: B2.

Overall CEFR Grade C: C1.

Aptis advanced: overall CEFR B2: B2.

Aptis advanced: overall CEFR C1: C1.

Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

Certificado C1: C1.

Certificado B2: B2.

Oxford Test of English B: Certificado B2: B2.

Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Supérieur (CLES), inglés:

CLES 2: B2.

CLES 3: C1.

The European Language Certificates (TELC):

TELC B2: B2.

TELC C1: C1.

University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

Certificate of Competency in English (ECCE): B2.

Certificate of Proficiency in English (ECPE): C2.

Trinity College de Londres:

Integrated Skills in English II: B2.

Integrated Skills in English III: C1.

Integrated Skills in English IV: C2.

London Test of English (LTE):

Nivel 3: B2.

Nivel 4: C1.

Nivel 5: C2.

Pearson Test of English:

General, Level 3: B2.

General, Level 4: C1.

General, Level 5: C2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 1: B2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 2: C1.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 3: C2.

Learning Resource Network:

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1: B2.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2: C1.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3: C2.

IELCA General CEF B2: B2.

IELCA General CEF C1: C1.

IELCA General CEF C2: C2.

Anglia ESOL Examinations General:

Advanced: B2.

AcCEPT/Proficiency: C1.

Masters: C2.

LanguageCert International ESOL:

Communicator B2: B2.

Expert C1: C1.

Mastery C2: C2.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/12/2024
  • Fecha de publicación: 30/12/2024
  • Convocatoria. Turno libre: 23 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA la relación de personas admitidas y excluidas, por Resolución de 13 de febrero de 2025 (Ref. BOE-A-2025-3343).

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