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Documento BOE-A-2024-27437

Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2024, páginas 186575 a 186601 (27 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2024-27437

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024 de 2 de julio por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2024, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y promoción interna en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Resultará de aplicación a la presente convocatoria el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 656/2024 de 2 de julio por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2024, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.

Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:

1. Publicación

1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa www.mineco.gob.es. Además, la convocatoria del proceso selectivo de promoción interna se publicará en el Portal Funciona, así como en aquellos lugares que se estime conveniente.

2. Descripción de las plazas

2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros:

Turno libre

Número de plazas convocadas

Acceso general Discapacidad Total
7 1 8

Reales Decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de turno libre

Año del Real Decreto Acceso general Discapacidad Total
2024 7 1 8

Promoción interna

Número de plazas convocadas

Acceso general Discapacidad Total
14 1 15

Reales Decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de promoción interna

Año del Real Decreto Acceso general Discapacidad Total
2024 14 1 15

2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir ocho plazas de acceso libre, y quince por promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE código 0603.

2.3 Del total de las ocho plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservará una para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Del total de las quince plazas convocadas por el sistema de promoción interna se reservará una para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

El total de las ocho plazas convocadas por el sistema de acceso libre se establecen de acuerdo:

– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden ocho plazas, de las cuales siete son de acceso general y una se reserva para ser cubierta por personas con discapacidad.

El total de las quince plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo:

– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden quince plazas, de las cuales catorce son de acceso general y una se reserva para ser cubierta por personas con discapacidad.

2.4 Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso, bien acceso libre o bien promoción interna.

3. Requisitos de las personas aspirantes

3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación

3.2 Nacionalidad: sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.

Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Titulación

3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Las personas aspirantes que concurran por promoción interna deberán cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos:

3.9 Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos:

a) De los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2.

b) De los cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2.

c) De los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones públicas incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que estén desempeñando como personal funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma.

3.10 Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados en el punto 3.99 y en los términos previstos en el mismo.

La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado recogido en el anexo III de la convocatoria.

4. Solicitudes

Presentación por medios electrónicos

4.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.

4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).

– Anexar documentos a la solicitud (opcional).

– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).

– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).

– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).

– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

4.3 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.

4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.

Plazo de presentación

4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.

Pago de las tasas

4.10 El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros y de 7,78 euros respectivamente.

4.11 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

4.12 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente número ESMM ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, abierta a nombre de «Tesoro Público. Derechos de examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

4.13 Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:

– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

– Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

4.14 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.

4.15 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

4.16 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.

Protección de datos personales

4.17 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.

4.18 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

4.19 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

4.20 El Subdirector General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/Paginas/Politica_de_privacidad.

4.21 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.

4.22 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.

5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

6. Proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.

6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

6.3 Fase de oposición. La oposición estará formada por los cinco ejercicios que se describen a continuación. Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte voluntaria del ejercicio de idiomas.

Primer ejercicio.

Este ejercicio agrupa todas las materias funcionales propias del Servicio de Inspección SOIVRE: inspección y vigilancia de mercado en materia de calidad comercial, seguridad de productos industriales y CITES. También funciones de laboratorio, normalización y asistencia técnica; así como otras relativas a competencias conexas de desarrollo fundamental, como es el comercio internacional de mercancías y de servicios.

El examen escrito se incluye en el proceso selectivo como una herramienta fundamental para evaluar las competencias técnicas, analíticas y de expresión escrita del aspirante. Este formato permite valorar el conocimiento teórico y específico, asegurando el dominio de los conceptos, normativas y procedimientos necesarios para el desempeño del puesto; así como ayuda a medir la capacidad de análisis y síntesis, y a evaluar la claridad y precisión en la comunicación escrita.

La combinación de un examen escrito, y su posterior exposición oral, asegura un proceso de selección más equitativo y completo, al medir tanto las capacidades técnicas y analíticas como las habilidades prácticas y comunicativas de los aspirantes. Además, permite identificar al candidato que no solo posee conocimientos teóricos sólidos, sino que también es capaz de aplicarlos y comunicarlos eficazmente en diferentes contextos, en línea con las habilidades necesarias para afrontar los procesos de inspección, gestión de laboratorio y asistencia técnica a los operadores económicos, que deberán desempeñar en sus puestos de trabajo.

a) Para el turno libre consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo máximo de cuatro horas, de tres temas del programa para ese ejercicio. Cada uno de los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada uno de los grupos formados por los siguientes temas:

– Primer grupo: Parte A del programa (Temas del 1 al 20).

– Segundo grupo: Partes B, C y D del programa (Temas del 21 al 40).

– Tercer grupo: Parte E del programa (Temas del 41 al 55).

En la convocatoria de promoción interna, los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE están exentos de realizar el tema correspondiente al primer grupo por lo que dispondrán de un tiempo máximo de dos horas y cuarenta minutos para desarrollar, por escrito, los temas correspondientes al segundo y tercero de los grupos señalados.

En ambos casos, los opositores procederán a la lectura en sesión pública de su texto escrito. El tribunal podrá formular las preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.

b) El ejercicio se puntuará entre 0 y 30 puntos y cada tema se puntuará entre 0 y 10 puntos. Para aquellos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE que concurran a la convocatoria de promoción interna, cada tema se puntuará entre 0 y 15 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.

Segundo ejercicio.

Las habilidades relacionadas con el dominio del inglés son esenciales para el adecuado desempeño de las funciones de los inspectores del SOIVRE. Entre otras funciones, la asistencia a reuniones de las instituciones europeas e internacionales, el análisis y evaluación de informes y documentos procedentes de dichas instituciones y de los operadores económicos, unido a la capacidad de los inspectores del SOIVRE de prestar servicio en las Oficinas económicas y comerciales de España en el exterior, hacen necesaria la evaluación del desempeño de los aspirantes en lengua inglesa.

Por esto, la inclusión de un examen escrito y oral en inglés dentro de la oposición responde a la necesidad de evaluar de manera integral el nivel de competencia lingüística de los candidatos.

El examen escrito tiene como objetivo valorar la capacidad del aspirante para utilizar el inglés de manera efectiva en tareas relacionadas con el puesto. Este formato permite evaluar la comprensión y expresión escrita, comprobar el conocimiento gramatical y léxico, y evaluar la capacidad del aspirante para entender y redactar textos escritos en lengua inglesa.

El componente oral permite evaluar habilidades comunicativas en un contexto interactivo, lo cual es crucial para situaciones que requieren el uso del inglés de manera activa y espontánea, permitiendo así valorar la capacidad de expresión oral, medir la comprensión auditiva y respuesta en tiempo real, y simular escenarios prácticos similares a los que los funcionarios afrontan en reuniones internaciones, o en los puestos en el exterior.

La combinación de ambas pruebas permite una evaluación detallada del nivel de competencia lingüística del candidato, asegurando que no solo pueda comprender y redactar textos en inglés, sino también desenvolverse con soltura en situaciones prácticas y comunicativas.

La inclusión de evaluación de otros idiomas de manera voluntaria responde al ambiente internacional en el que se desarrollan algunas de las competencias de los inspectores del SOIVRE. El conocimiento de las lenguas de algunos de los más importantes actores del comercio mundial facilita la labor de los inspectores en las negociaciones internacionales y en el apoyo a los operadores económicos.

Consistirá en realizar las pruebas de idiomas extranjeros que se indican a continuación y constará de dos partes, una obligatoria y otra voluntaria.

1) Parte obligatoria:

Consistirá en demostrar el conocimiento del idioma inglés. Para ello se realizarán las siguientes pruebas:

– Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que se trate, durante un tiempo máximo de quince minutos, pudiendo aquéllos, si lo desean, tomar notas durante la misma. A continuación, realizarán una composición por escrito, en el mismo idioma, durante un tiempo máximo de noventa minutos, sobre el contenido del texto leído y sobre las preguntas que el Tribunal formule sobre el citado texto. Se permitirá el uso de diccionario.

– Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor, durante un tiempo máximo de cinco minutos, de un texto en el idioma de que se trate seleccionado por el Tribunal, seguida de una exposición oral en el mismo idioma durante un tiempo máximo de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre las preguntas que le formule el Tribunal en relación con aquel. Asimismo, el opositor leerá la composición escrita a la que se refiere el párrafo anterior.

2) Parte voluntaria:

Consistirá en demostrar el conocimiento de otro u otros idiomas extranjeros que el opositor haya solicitado en el momento de la inscripción, escogiendo entre francés, alemán, italiano, portugués, ruso, árabe y chino. El desarrollo de los ejercicios voluntarios de idiomas constará de las mismas pruebas que el del idioma obligatorio. Para poder realizar la parte voluntaria es preciso haber superado la parte obligatoria.

La parte obligatoria del ejercicio se calificará entre 0 y 15 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 7,5 puntos y no haber sido calificado con 0 ni en la prueba oral ni la escrita.

La parte voluntaria del ejercicio se calificará entre 0 y 5 puntos para cada una de las pruebas de idioma voluntario. La puntuación obtenida se sumará a la de la parte obligatoria cuando se alcance como mínimo 2,5 puntos.

Tercer ejercicio.

Este ejercicio agrupa la mayor parte de las materias funcionales de la Secretaría de Estado de Comercio, relativas a la definición, desarrollo y ejecución de la política comercial del Estado: entre otras, comercio exterior, incluido el intracomunitario, relación con instituciones internacionales y Unión Europea.

Este examen en formato oral cumple una función fundamental, y complementa las pruebas anteriores, permitiendo una valoración integral del candidato en aquellas habilidades directivas del cuerpo A1. Este formato tiene como objetivo evaluar no sólo el conocimiento de las materias, sino también la capacidad de comunicación y exposición verbal, así como la expresión de ideas con claridad y seguridad, especialmente en roles que impliquen interacción con terceros. Permite valorar el razonamiento en tiempo real, evaluando como el candidato desarrolla y organiza sus ideas bajo presión, al mismo tiempo que se demuestra el dominio de los conocimientos, pues prueba la comprensión profunda y la preparación del candidato, que tendrá que aplicar en el desarrollo posterior de sus funciones en situaciones de exposición y defensa de sus funciones o competencias.

Este examen resulta de extraordinaria utilidad para evaluar otras competencias como la empatía, el lenguaje no verbal y la actitud profesional, tan necesarias en las labores de representación de España que realizan muchos inspectores del SOIVRE ante instituciones internacionales y europeas, así como en negociaciones comerciales con otros países.

a) Consistirá en una prueba oral, en la que los opositores desarrollarán, en el tiempo máximo de una hora, tres temas de la parte del programa señalada para ese ejercicio: uno del grupo de temas del 1 al 20, otro del grupo de temas del 21 al 40 y el otro del grupo del 41 al 58.

Para ello el opositor elegirá un tema de cada grupo de entre dos extraídos al azar. Los opositores contarán con treinta minutos para preparar su exposición oral.

Al término de su exposición, el tribunal podrá dialogar con los opositores sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados.

b) El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y cada uno de los temas de 0 a 10 puntos. Para acceder al cuarto ejercicio será necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.

Cuarto ejercicio.

El examen práctico constituye una herramienta esencial dentro de un proceso selectivo orientado a evaluar las competencias reales y aplicadas de los candidatos. Este tipo de prueba permite medir no solo los conocimientos teóricos adquiridos, sino también la capacidad del aspirante para aplicarlos de manera efectiva en situaciones similares a las que enfrentará en el desempeño del puesto, en cualquiera de las áreas funcionales a las que tendrá acceso.

Este examen permite realizar una completa evaluación de competencias técnicas, y medir habilidades especializadas, así como evaluar la capacidad de resolución de problemas, la adaptabilidad y creatividad, y la eficiencia y organización del tiempo y los recursos durante la resolución de la prueba.

El examen práctico asegura que los candidatos no solo poseen un conocimiento teórico sólido, sino que están capacitados para llevar a cabo las funciones propias del puesto de manera competente.

a) Este ejercicio, común para ambas convocatorias, será de carácter práctico. Consistirá en la resolución, en un tiempo máximo de cuatro horas, de cuatro supuestos prácticos preparados por el Tribunal sobre asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario correspondiente a los ejercicios primero y tercero.

Los aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE que concurran a la convocatoria de promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, estarán eximidos de realizar este ejercicio.

Los opositores procederán a la lectura pública de la resolución de los supuestos prácticos. Finalizada la lectura, el Tribunal podrá formularle cuantas preguntas considere pertinentes para una adecuada valoración de sus conocimientos.

b) Se calificará de 0 a 10 puntos. Para acceder al ejercicio siguiente será necesario obtener la calificación mínima de 5 puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema.

Quinto ejercicio.

Este ejercicio agrupa todas las materias funcionales y teóricas sobre economía general, estructura económica de España, comercio interior, derecho administrativo y organización del Estado; áreas de conocimiento esenciales para el desempeño de las funciones de la Administración General del Estado relacionadas con el comercio.

El examen se fundamenta en la necesidad de evaluar la capacidad del aspirante para desarrollar ideas de manera estructurada y precisa en un ámbito técnico, medir su capacidad de análisis económico y jurídico, y valorar la capacidad de redacción técnica en un entorno económico y administrativo. Este examen evalúa las competencias teóricas junto a la claridad, precisión y argumentación jurídica y económica adecuada, permitiendo a los candidatos demostrar su capacidad para conocer y aplicar correctamente las leyes y procedimientos administrativos y asegura un ejercicio profesional ajustado a derecho, que no podría ser evaluado mediante los ejercicios anteriores.

La combinación de un examen escrito, y su posterior exposición oral, asegura un proceso de selección más equitativo y completo, al medir tanto las capacidades técnicas y analíticas como las habilidades prácticas y comunicativas de los aspirantes. Además, permite identificar al candidato que no solo posee conocimientos teóricos sólidos, sino que también es capaz de aplicarlos y comunicarlos eficazmente en diferentes contextos.

a) Para el turno libre consistirá en el desarrollo, por escrito, de tres temas, durante un tiempo máximo de cuatro horas, de la parte del temario correspondiente al quinto ejercicio. Los citados temas se elegirán al azar, por el Tribunal, de cada una de las partes del programa:

– El primero incluirá la parte A (Temas del 1 al 15)

– El segundo, la parte B (Temas del 16 al 28); y

– El tercero, la parte C (Temas del 29 al 46).

En la convocatoria de promoción interna todos los aspirantes estarán eximidos de realizar el tema correspondiente al tercer grupo (parte C, temas del 29 al 46) por lo que desarrollarán en un tiempo máximo de dos horas y media únicamente dos temas correspondientes a los grupos primero (parte A, temas del 1 al 15) y segundo (parte B, temas del 16 al 28).

En ambos casos, los opositores procederán a la lectura pública, de su texto escrito. El Tribunal podrá formular preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas escritos.

b) El ejercicio se puntuará entre 0 y 30 puntos y cada tema se puntuará entre 0 y 10 puntos. Para aquellos funcionarios que concurran a la convocatoria de promoción interna, cada tema se puntuará entre 0 y 15 puntos.

Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.

Conservación de calificaciones de la convocatoria anterior:

a) Los aspirantes que participen por el turno libre y por promoción interna, y que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 76,66 por ciento de la calificación máxima prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer ejercicio y no hubieran superado la fase de oposición podrán conservar dicha puntuación y estarán exentos de realizar este ejercicio.

b) Los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad y que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 60 por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no hubieran superado la fase de oposición, conservarán dicha puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios.

c) Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de algún ejercicio deberán solicitarlo expresamente en su solicitud de participación en este proceso selectivo.

Los aspirantes que participen en el turno libre y promoción interna podrán conservar la calificación obtenida en la presente convocatoria, en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando hubieran alcanzado el 76,66 % de la calificación máxima prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer ejercicio y no hubieran superado la fase de oposición, y el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.

Los aspirantes que participen por el cupo de reserva para personas con discapacidad y que en la presente convocatoria hubieran alcanzado el 50 por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no hubieran superado la fase de oposición, podrán conservar dicha puntuación para la convocatoria inmediata siguiente siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.

Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.

6.4 Curso selectivo y periodo de prácticas. Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, en colaboración con Instituciones privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.

Tendrá una duración máxima de dos meses lectivos.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, se disfrutarán durante el mes de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

7. Duración del proceso selectivo

7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.

El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «V» de conformidad con lo previsto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado (BOE de 31 de julio de 2024).

8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra «W», y así sucesivamente.

8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16. j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.

8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.

8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 14.

8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico gestionyseleccionrrhh@economia.gob.es sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.

9. Acceso por promoción interna

9.1 A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, se consideran independientes ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.

9.2 Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

10. Superación del proceso selectivo y nombramiento

10.1 Finalizada la fase de oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la página web del organismo, en la sede del órgano de selección, así como en aquellos lugares que se estimen convenientes.

10.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

10.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

10.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

10.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

10.6 Al incluir el proceso selectivo una fase de curso selectivo y/o periodo de prácticas, a las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.

10.7 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

10.8 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.

10.9 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

11. Programas

11.1 El programa que ha de regir los procesos selectivos se incluye como anexo I de esta convocatoria.

12. Órgano de selección

12.1 El órgano de selección, común a ambos procesos selectivos, es el que figura en el presente apartado.

12.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.

12.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

12.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

12.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.

12.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

12.7 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.

12.8 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al cuerpo o escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.

12.9 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.

12.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.

12.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.

12.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.

12.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.

12.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.

12.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Subdirección General de Recursos Humanos, Paseo de la Castellana 162, de Madrid, teléfonos 91.603.74.27 y 91.603.74.84, dirección de correo electrónico gestionyseleccionrrhh@economia.gob.es.

12.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:

Tribunal titular

Presidenta: Maria Teresa Verdú Riaza. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Ana María Alvarez García. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Leticia Hueso Sanabria. Escala de Titulados Superiores de OO.AA. del Ministerio de Industria y Turismo.

Manuel Luna Muñoz. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.

Jesús Ángel Vázquez Minguela. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Rocío Cuervo Rodríguez. Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretaria: Gema Fernández Estrade. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Tribunal suplente

Presidenta: Natalia Hernández González. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Adriá Francesc Berga Agustí. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

M. Luisa González Andreu. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Alfonso de las Heras Muñoz. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.

Maria Josefa Herrero Fernández. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Margarita Billón Currás. Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Secretaria: Inmaculada Ciscar Cardona. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

13. Acceso de personas con discapacidad

13.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.

13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.

13.5 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les conservará la nota de los ejercicios, siempre que supere como mínimo el 50 por ciento de la calificación prevista para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.

Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.

13.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

13.7 De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el caso de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En el caso de la promoción interna, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general.

14. Embarazo de riesgo o parto

14.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

15. Pie de recurso

15.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 22 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, Aida Fernández González.

ANEXO I
Programa

I. Primer ejercicio

Parte A. Comercio de mercancías. Análisis sectorial1

Nota1. Contenido de los temas 1 al 20: Designación y descripción de los principales productos incluidos en cada tema. Normativa aplicable. Análisis sectorial. Comercio Exterior español y mundial. Perspectivas. Principales países competidores.

1. Sector de frutos frescos, excepto cítricos.

2. Sector de cítricos.

3. Sector de hortalizas frescas.

4. Sector de frutos secos.

5. Sector de granos y semillas de consumo humano.

6. Sector cárnico.

7. Sector de productos de la pesca.

8. Sector lácteo.

9. Sectores de miel, azúcar y huevos.

10. Sector de conservas y semiconservas vegetales.

11. Sector vinos y demás bebidas alcohólicas.

12. Sector de aceites y grasas comestibles.

13. Otros sectores agroalimentarios no incluidos en temas anteriores (Condimentos y especias. Platos preparados).

14. Sector de productos energéticos y materias primas: Petróleo y derivados. Gas. Carbón y electricidad. Minerales. Madera. Energías renovables.

15. Sector de semi-manufacturas: Metales no ferrosos. Hierro y acero. Papel. Productos cerámicos y similares. Productos químicos. Plásticos. Medicamentos. Pesticidas.

16. Sector de bienes de equipo (I): Maquinaria para la industria. Máquina-herramienta. Motores. Aparatos eléctricos y de precisión. Equipos de oficina y telecomunicaciones.

17. Sector de bienes de equipo (II): Material de transporte (excepto automóvil): ferroviario, carretera, buques, aeronaves y material espacial. Sector de Automoción. Componentes.

18. Sector de bienes de consumo duradero: Muebles. Electrodomésticos. Electrónica de consumo.

19. Sector de manufacturas de consumo (I): Textil y confección. Calzado. Equipos de Protección Individual (Textil y Calzado).

20. Sector de manufacturas de consumo (II): Juguetes. Pequeño material eléctrico.

Parte B. Comercio de servicios

21. Definición de servicio según el sistema de cuentas nacionales. Análisis de la evolución internacional del comercio de servicios. La regulación del comercio internacional de servicios: El Acuerdo General sobre Comercio de Servicios.

22. Las estadísticas de comercio internacional de servicios. Estructura y descripción de la rúbrica servicios con la Balanza de Pagos. Otras estadísticas para evaluar el comercio de servicios: las FATS.

23. Análisis de la evolución del comercio exterior de servicios en España (I). El Turismo en España. Estadísticas utilizadas.

24. Análisis de la evolución del comercio exterior de servicios en España (II). Servicios no turísticos (servicios prestados a las empresas, transportes, servicios informáticos, financieros, construcción…).

Parte C. CITES

25. El convenio CITES: Objetivos. Estructura. Secretaría CITES. Conferencia de las Partes y Comités. Adopción de decisiones. Relación con otras Convenciones y Organizaciones Internacionales (Organización Mundial de Aduanas, FAO y otras). Enmienda Bonn y Gaborone.

26. El convenio CITES como instrumento de política comercial. Medidas de regulación comercial específicas del convenio. Su relación con la OMC.

27. Aplicación del convenio CITES en la Unión Europea. Reglamentación UE. Autoridades de aplicación en España: Autoridad Administrativa y Autoridad Científica.

28. Autoridades de Aplicación y Observancia del convenio CITES en España. Relación con otras Autoridades Internacionales (INTERPOL y otras). La legislación sancionadora en España.

29. Especímenes de origen vegetal sujetos al convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES): Especial referencia a los especímenes de interés comercial para España (vivos, partes, derivados, manufacturas/productos).

30. Especímenes de origen animal sujetos al convenio CITES: Especial referencia a los especímenes de interés comercial para España (vivos, partes, derivados manufacturas/productos).

Parte D. Control analítico

31. Muestreo: connotaciones del muestreo físico y del muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores. Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones. Tamaño de la muestra.

32. Errores en análisis instrumental: regresión y correlación. Gráficas de calibración en análisis instrumental. Coeficiente de correlación. Rectas de regresión. Errores en la pendiente y ordenada en el origen de la recta de regresión. Cálculo de una concentración.

33. Control de calidad en laboratorios: Gráficos de control. Definición y conceptos generales. Muestras de control. Tipos de gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio: Ejercicios interlaboratorio. Cuestiones generales. Evaluación estadística de los resultados.

34. Validación de métodos. Criterios fundamentales de validación. Exactitud. Precisión. Linealidad. Sensibilidad. Límites de detección. Límites de cuantificación. Selectividad y Especificidad. Cálculo de la incertidumbre de un método. Comparación de métodos analíticos.

35. Técnicas de preparación de muestras: Disoluciones químicas. Extracciones. Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario y de seguridad industrial.

36. Ensayos fisicoquímicos. Gravimetría. Volumetría. Potenciometría. Conductimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

37. Técnicas ópticas. Microscopía. Fundamento y aplicaciones. Especial referencia a la identificación de fibras textiles. Refractometría. Fundamento y aplicación en el ámbito alimentario.

38. Técnicas de análisis cromatográfico. Fundamentos generales de la cromatografía. Tipos de cromatografía: Cromatografía en placa fina, Cromatografía de gases, Cromatografía líquida de alta resolución. Sistemas de detección en su caso. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

39. Técnicas espectrométricas. Fundamentos generales de la espectrometría. Especial referencia a la espectrofotometría de ultravioleta-visible, espectrometría de absorción y emisión atómica, espectrometría de masas y espectrometría de infrarrojos. Métodos de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario y de seguridad industrial.

40. Técnicas de identificación de especies. Técnicas moleculares, electroforesis y enfoque isoeléctrico. Fundamento y aplicaciones. Especial referencia al control de especímenes sujetos al convenio CITES y fraude comercial.

Parte E. Normalización. Inspección

41. Normalización internacional en el ámbito de Naciones Unidas (I): El CODEX Alimentarius: Programa conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias. Organización y procedimientos de elaboración de normas.

42. Normalización internacional en el ámbito de Naciones Unidas (II): La Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE/NU). Grupo de trabajo sobre normas de calidad agrícolas. Procedimiento de trabajo. Protocolo de Ginebra y Normas-Cuadro. El Régimen OCDE para la aplicación de las Normas Internacionales para frutas y hortalizas.

43. Normalización en el seno de la Unión Europea. Actividad normalizadora en el seno de la UE en el ámbito alimentario. Actividad normalizadora en el seno de la UE en el ámbito industrial: especial referencia al ámbito del Nuevo Enfoque. Mandatos de normalización.

44. Otros organismos internacionales, regionales y nacionales de normalización. La normalización en el ámbito privado. Especial referencia a ISO, CEN, CENELEC y AENOR. Protocolos y buenas prácticas: GLOBAL/GAP y otros.

45. Control oficial de productos alimenticios. Legislación comunitaria y nacional. La reglamentación de la UE sobre el control de frutas y hortalizas frescas. Control a la importación de productos ecológicos.

46. Control oficial de productos industriales procedentes de terceros países. Legislación comunitaria y nacional. Nuevo Marco Legislativo europeo para la comercialización de productos.

47. Calidad comercial. Evaluación y certificación de la calidad comercial: los servicios oficiales de control de calidad comercial. Normas de comercialización de la UE. Otras normas de calidad internacionales.

48. Criterios de calidad comercial: Factores y parámetros de calidad comercial. Composición físico-química y nutricional de los alimentos. Clasificación por categorías comerciales de calidad.

49. Etiquetado de productos alimenticios e industriales. Legislación de la UE y nacional sobre etiquetado.

50. Aditivos. Contaminantes y otras sustancias relacionadas con la seguridad química de los alimentos y de los productos industriales.

51. Microbiología de los alimentos: Alimentos tratados por el calor y alimentos tratados por el frío. Estándares microbiológicos tanto sanitarios como de calidad.

52. Envases y embalajes. Legislación y normalización. Materiales en contacto con los alimentos. Interacciones producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control. Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones comerciales.

53. Certificación y Acreditación. Concepto y regulación en España. Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Procedimientos y criterios de acreditación Auditorías externas e internas del sistema de calidad. Normas ISO 17020 e ISO 17025.

54. Aseguramiento de la calidad en la industria alimentaria. Normas de la serie ISO 9000. Conceptos básicos, definiciones y ámbito de aplicación de este grupo de normas.

55. Control higiénico-sanitario basado en el sistema APPCC (análisis de peligros y puntos críticos de control). Aplicación del sistema APPCC en la industria agroalimentaria de productos no transformados y transformados. Legislación comunitaria y nacional.

II. Tercer ejercicio

Parte A. Comercio exterior

1. El comercio internacional. Marco general y principales magnitudes. Tendencia evolutiva: globalización y concentración. Teoría y práctica del comercio internacional. La teoría del comercio internacional: la ventaja comparativa. La relación real de intercambio. Librecambio y proteccionismo.

2. Balanza de Pagos. Concepto. Presentaciones, metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.

3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La exportación y la importación españolas: índices representativos, estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y perspectivas futuras.

4. La empresa ante el comercio internacional. Particularidades de la empresa exportadora española: formas y grados de internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas; propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y desventajas genéricas del país; países competidores; organización del departamento de marketing internacional.

5. El marketing internacional. Concepto y funciones. La investigación de mercados y las fuentes de información. El marketing mix: concepto y componentes.

6. Las formas de acceso a los mercados. Tipos y características: La venta directa. La venta compartida con recurso a intermediario. La venta subcontratada. Otras estrategias de actuación en los mercados internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología industrial. La franquicia internacional. Las Agrupaciones Europeas de Interés Económico. Otras.

7. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (I). El Crédito Oficial. Características principales; el Consenso OCDE; Líneas ICO de apoyo a la internacionalización; el convenio de Ajuste Recíproco de Intereses; el crédito suministrador y el crédito comprador.

8. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (II). El Seguro de Crédito. Características generales. Riesgos susceptibles de cobertura: clasificación. La Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación. Principales modalidades de póliza.

9. Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (III). El Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM). Antecedentes. Objeto y características generales. Marco regulador. Fondos COFIDES.

10. Instrumentos comerciales de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Instituciones involucradas (I): ICEX España Exportación e Inversiones: Estructura y funciones: Actividades de información y promoción internacional e inversión exterior. Organismos de promoción de las Comunidades Autónomas. Ley 14/13 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización: Título V. Internacionalización de la economía española. Planes de Internacionalización.

11. Instrumentos comerciales de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Instituciones involucradas (II): Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. Normativa básica. El Plan Cameral de internacionalización. El Plan Cameral de Competitividad. Las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero.

12. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior. Sistema INTRASTAT.

13. El factoring, el leasing y el forfaiting. Concepto, características generales y operativa.

14. Financiación de las operaciones de comercio exterior: Operaciones en el mercado de divisas y cobertura del riesgo de cambio. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: el seguro de cambio; las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros. Prefinanciación.

15. Medios de pago y cobro internacionales: Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias. Crédito documentario: características, clasificación, procedimiento de utilización, cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito comercial. Otros.

16. Contratación internacional (I): Generalidades. Tipos de contratos (de intermediación comercial; de mediación o corretaje; de representación; de agencia; de comisión; de distribución; de exportación de plantas llave en mano; de arrendamiento financiero). Los INCOTERMS.

17. Contratación internacional (II): Incumplimiento de obligaciones y resolución de conflictos. Casos más frecuentes de incumplimiento. Prevención de conflictos. Resolución de conflictos: especial referencia al arbitraje comercial internacional.

18. Inversiones extranjeras. Inversión directa y en valores negociables. Análisis de los flujos mundiales. Efectos sobre el desarrollo económico y el comercio. Acuerdos internacionales: APPRIs y OCDE. Los APPRIs tras el Tratado de Lisboa.

19. Inversión española en el exterior: Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Posición internacional. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de destino. Efectos. Promoción de inversiones en el exterior.

20. Inversión extranjera en España: Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de origen. Distribución regional. Efectos. Atracción de inversiones hacia España.

21. El régimen aduanero del comercio exterior: la política aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas. Economía arancelaria. El origen de las mercancías. El valor en aduana.

22. Sistema de Preferencias Generalizadas. Antecedentes. Países beneficiarios, productos y preferencias.

23. Regímenes aduaneros: Generalidades y tipos. El despacho a libre práctica. La importación. La exportación. Trámites y principales documentos en los procedimientos de importación y exportación.

24. Los regímenes especiales. El tránsito. El depósito aduanero. El destino especial. El Perfeccionamiento Activo. El Perfeccionamiento Pasivo.

25. Instrumentos de defensa comercial: cláusulas de salvaguardia. Medidas antidumping. Medidas antisubvención. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC): Definición. Función. Procedimiento.

26. El comercio exterior de material de defensa y de doble uso. Normativa aplicable. Órganos de control. Foros internacionales.

27. Obstáculos comerciales: Identificación y caracterización de barreras comerciales. Obstáculos técnicos al comercio. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC (OTC). Contenido, funcionamiento y evolución. El portal Access2Markets, especial atención a la sección de barreras comerciales. Estructura y contenido.

28. Medidas sanitarias y fitosanitarias. Acuerdo sobre aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (MSF). Contenido, funcionamiento y evolución. El portal Access2Markets, especial atención a los aspectos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias. Estructura y contenido. Casos concretos.

29. Medidas de armonización y transparencia en la Unión Europea. Normativa aplicable. Procedimientos para la resolución de obstáculos dentro del Mercado Interior comunitario.

30. Política comunitaria en materia de normas y evaluación de la conformidad. Directivas de Enfoque global y de nuevo enfoque. El marcado CE. El principio de reconocimiento mutuo.

31. Acuerdos de reconocimiento mutuo sobre evaluación de la conformidad (ARM). Acuerdos sobre Evaluación de Conformidad y aceptación de productos industriales (ACAA). Acuerdos suscritos por la UE y sectores cubiertos.

32. El transporte internacional marítimo y aéreo. Aspectos generales. Formas de contratación. Responsabilidad de los operadores y agentes económicos. Documentos utilizados.

33. El transporte internacional por carretera y ferrocarril. Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte por ferrocarril. El convenio CMR y el régimen TIR para el transporte por carretera. Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP). Normativa aplicable. Documentos de transporte: la Carta de Porte.

Parte B. Organismos Internacionales y Unión Europea

34. Naciones Unidas: Objetivos y Órganos principales de funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO, UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA. Otros Organismos Internacionales: El Centro de Comercio Internacional.

35. La cooperación económica internacional: el Fondo Monetario Internacional. Antecedentes; objetivos y funciones; recursos del FMI; la condicionalidad.

36. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo. Otras.

37. La OCDE: Objetivo, estructura y funciones. Principales ámbitos de actividad. Líneas Directrices de la OCDE para multinacionales.

38. Las negociaciones comerciales multilaterales: la evolución del sistema de comercio multilateral. Antecedentes históricos: el GATT. Reglas principales del GATT. Las Rondas de negociación comercial.

39. La Organización Mundial de Comercio y la economía mundial. El sistema de la OMC. Objetivo, funciones y estructura de la OMC. Adopción de decisiones. La Secretaría de la OMC. Solución de diferencias en la OMC. El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales.

40. La Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos multilaterales y plurilaterales. Panorama general de los distintos Acuerdos de la OMC. Comercio y medio ambiente.

41. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado de Maastricht. El Tratado de Ámsterdam. El Tratado de Niza. El Tratado de Lisboa.

42. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo Europeo. El Consejo de la UE. La Comisión europea. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia de la UE. El Banco central europeo. El Tribunal de cuentas de la UE.

43. Toma de decisiones en la Unión Europea. Proceso legislativo, actos delegados y de ejecución, especial mención a la comitología.

44. El Mercado Único Europeo. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.

45. La política agrícola de la Unión Europea. Especial referencia a la organización común de mercado única.

46. La política pesquera de la Unión Europea.

47. La política de la calidad de productos agroalimentarios de la Unión Europea: Indicaciones Geográficas. Denominaciones de origen.

48. Política de protección de los consumidores de la Unión Europea: Salud y Seguridad. Organismos Genéticamente Modificados Nuevos Alimentos.

49. Política económica y monetaria de la Unión Europea.

50. Política industrial y empresarial de la Unión Europea.

51. Política de medio ambiente de la Unión Europea y compromisos internacionales en la materia.

52. Política de Competencia de la Unión Europea.

53. Política regional y de cohesión de la Unión Europea. La cohesión económica, social y territorial. Fondos europeos.

54. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (I): La política comercial común. Origen y desarrollo. Marco general actual. Los acuerdos de liberalización comercial.

55. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (II): El Espacio Económico Europeo. Reino Unido. Suiza. Turquía. Relaciones con Rusia y Ucrania. Relaciones con los Balcanes.

56. La política comercial exterior y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (III): La Asociación Euromediterránea (UPM), y relaciones bilaterales con los principales miembros. Especial mención a Marruecos. Relaciones con los países de África, Caribe y Pacífico (ACP). Acuerdos de Asociación Económica con los ACP (EPAS).

57. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (IV): Relaciones con Estados Unidos y Canadá. Relaciones con México, Centroamérica, Comunidad Andina, Chile y MERCOSUR.

58. La política comercial y de relaciones económicas exteriores de la Unión Europea (V): Relaciones con Asia: Corea, India, China, Japón, y otros países asiáticos, en particular los miembros de ASEAN. Relaciones con los países de Asia Central. Relaciones con el Consejo de Cooperación del Golfo. Relaciones con Oceanía.

III. Quinto ejercicio

Parte A. Economía General y Estructura económica de España

1. Objeto y método de la ciencia económica. Economistas clásicos y Marx.

2. Evolución del pensamiento económico. Economistas neoclásicos. Keynes hasta la actualidad.

3. Teoría de la Demanda. Teoría de la producción. Teoría de los Costes.

4. El funcionamiento del mercado. Teoría de la competencia perfecta. Teoría del monopolio. Teoría del oligopolio. Teoría de la competencia monopolista.

5. La política monetaria. Estrategias de política monetaria. Efectos sobre la actividad económica y sobre la inflación.

6. La política fiscal. Disciplina fiscal y financiación del déficit público. Sostenibilidad del déficit público.

7. Crecimiento económico y desarrollo. Principales modelos de crecimiento económico.

8. La globalización de la economía. La empresa y las decisiones de inversión. La deslocalización empresarial. Determinantes de la inversión exterior.

9. La integración económica regional. El regionalismo de la economía internacional.

10. La política agraria española en el marco de la PAC. La ganadería y el sector forestal en España.

11. Sector pesquero español. Evolución y situación actual en la UE.

12. La política industrial en España. Política de Medio Ambiente y política de I+D.

13. La política energética española. Las alternativas energéticas en la actualidad.

14. El sector servicios en España. El sector de la construcción y la política de la vivienda española.

15. La política de desarrollo regional en España en el contexto de la UE. La financiación de las Autonomías.

Parte B. Comercio interior

16. El marco económico de la distribución comercial. Estructura del sector. Cambios en la distribución comercial.

17. Evolución de la actividad comercial. Principales ratios de la empresa minorista. Análisis por formatos y subsectores comerciales. Distribución alimentaria y no alimentaria.

18. Precios y márgenes en el canal de distribución. Índice de Precios al Consumo.

19. La Ordenación del Comercio Minorista. Normativa europea, estatal y autonómica.

20. Instrumentos de apoyo al comercio minorista. Planes estatales de apoyo al sector. Líneas de financiación del ICO. Programas autonómicos de apoyo.

21. El comercio mayorista en España. La red de Unidades Alimentarias. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de distribución y canales alternativos.

22. Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Nuevas formas de venta. Nuevas formas de pago.

23. Otras formas comerciales emergentes: Franquicias, venta a distancia, venta automática. Características y regulación.

24. La protección al consumidor. Estructura competencial de las Administraciones Central, Autonómica y Local en la inspección del mercado interior.

25. La defensa de la libre competencia en España. Ley de defensa de la competencia. La aplicación en España de las normas comunitarias de competencia. Instituciones estatales de defensa de la competencia: Organización y funciones. Coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de defensa de la competencia. Órganos de competencia de las Comunidades Autónomas.

26. Prácticas restrictivas de la competencia. Normativa nacional. Acuerdos horizontales y acuerdos verticales. Conductas exentas. Reglamentos comunitarios de exención por categorías. Abuso de posición de dominio. Procedimiento sancionador. Competencia desleal.

27. Concentraciones económicas. Normativa nacional. Definición de concentración. Umbrales de notificación y efectos suspensivos de la misma. Definición de los mercados de referencia. Procedimiento nacional de control de concentraciones. Sanciones.

28. Ayudas públicas. Regulación y control en la normativa española y su relación con el control comunitario. Concepto de ayuda pública. Recuperación de ayudas ilegales. Ayudas públicas regionales. Ayudas de carácter horizontal. Los servicios de interés económico general y su financiación.

Parte C. Derecho Administrativo y organización del Estado

29. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa.

30. El reglamento. La potestad reglamentaria. Los reglamentos ilegales. Actos administrativos generales, circulares e instrucciones.

31. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación.

32. Los recursos administrativos.

33. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.

34. Los contratos administrativos: concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

35. El servicio público: concepto y clases. Forma de gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión directa. La gestión indirecta: modalidades. La concesión. Régimen jurídico.

36. El Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.

37. El Estatuto Básico del Empleado Público. Normativa aplicable. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario.

38. El ciudadano y la Administración pública. Derechos y deberes. Sanciones administrativas.

39. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.

40. El Gobierno y su presidente. El consejo de Ministros. La Administración Central del Estado. Órganos Superiores y Directivos de la Administración General del Estado. Normativa aplicable. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

41. Organización y competencias del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. La Secretaría de Estado de Comercio, servicios centrales, territoriales y en el exterior.

42. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias, Estatutos de Autonomía. El Sistema institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

43. El sistema tributario español: evolución histórica y régimen actual. La Hacienda Pública. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. Tasas y precios públicos.

44. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de presupuestos. El Presupuesto: concepto y naturaleza. Contenido y estructura. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

45. Políticas Públicas: Políticas sociales de Igualdad de Género. Políticas contra la Violencia de Género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Política de transparencia. Normativa aplicable.

46. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España

ANEXO II
Instrucciones para presentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Inspectores del SOIVRE».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» (Libre/Nuevo ingreso) o «P» (Promoción interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía, Comercio y Empresa».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «la provincia de su preferencia para realizar el examen, si bien la provincia o provincias de examen, se determinará por el Tribunal en virtud de la habilitación establecida en el punto 12.13 de esta convocatoria»

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. De solicitar dicha adaptación, se deberá adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. En el recuadro «CC.AA. en la que se reconoce su discapacidad» se deberá indicar la misma.

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22 con la letra G.

En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad se deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.

En el recuadro 25, en caso de familia numerosa se deberá indicar el número del título.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico que posea o esté en condición de poseer y que cumpla los requisitos de los puntos 3.7 y 3.8 de esta convocatoria.

En el recuadro 27, apartado A, se consignará el idioma «inglés».

Si desea examinarse de otro u otros idiomas (parte voluntaria del 2.º ejercicio) deberá indicar en el recuadro 27, apartado B, el idioma o idiomas escogidos, consignando: «Francés», «Alemán», «Italiano», «Portugués», «Ruso», «Árabe» o «Chino».

Los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, deberán consignar la letra «G» el recuadro 27, apartado C.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/12/2024
  • Fecha de publicación: 30/12/2024
  • Convocatoria. Turno libre 8 plazas. Promoción interna 15 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA la relación de personas admitidas y excluidas y se anuncia fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio, por Resolución de 17 de febrero de 2025 (Ref. BOE-A-2025-3216).
  • SE MODIFICA el Tribunal calificador del proceso selectivo, por Resolución de 24 de enero de 2025 (Ref. BOE-A-2025-1909).

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