Habiendo observado una errata en el texto del Decreto ley mencionado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 37, de 12 de febrero de 2024, se detalla la corrección oportuna:
En el apartado g) del artículo 1.3, donde dice:
«g) Se autoriza a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación a prestar el aval, durante el ejercicio del 2023, a favor de las entidades financieras que hayan firmado el convenio de colaboración correspondiente y en garantía del riesgo de los préstamos formalizados por estudiantes universitarios para financiar el importe de la matrícula universitaria. El importe máximo de este aval no puede superar los 4.000.000,00 de euros.»
Debe decir:
«g) Se autoriza a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación a prestar el aval, durante el ejercicio del 2024, a favor de las entidades financieras que hayan firmado el convenio de colaboración correspondiente y en garantía del riesgo de los préstamos formalizados por estudiantes universitarios para financiar el importe de la matrícula universitaria. El importe máximo de este aval no puede superar los 4.000.000,00 de euros.»
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9085, de 23 de enero de 2024)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid