Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de categorías de personal sanitario facultativo y de personal no sanitario de la Organización Nacional de Trasplantes, convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» núm. 282, de 22 de noviembre), correspondiente al Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General de Estado prevista en el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y se modifica el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, y de conformidad con el apartado decimoquinto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio),
Esta Subsecretaría resuelve:
Aprobar las listas provisionales de las personas aspirantes admitidas y excluidas y publicar la lista provisional de excluidas al citado proceso selectivo. Dichas listas se expondrán en la página web de la Organización Nacional de Trasplantes O.A., (http://www.ont.es) y en los demás lugares indicados en las bases de la convocatoria.
La lista provisional de personas excluidas, con expresión de las causas de exclusión, se publica como anexo de la presente resolución.
Tanto las personas aspirantes excluidas como las omitidas por no figurar en la lista de admitidas ni en la de excluidas, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Dicha subsanación deberá efectuarse, al igual que la solicitud inicial, a través del Punto de Acceso General https://www.administracion.gob.es/PAG/ips.
En todo caso, y con el fin de evitar errores, las personas interesadas deberán comprobar no solo la relación de personas aspirantes excluidas, sino también la relación de admitidas al proceso selectivo.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso.
Concluido el plazo señalado, se hará pública la lista definitiva de personas aspirantes admitidas, que se expondrá en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta resolución. Si no se hubieran realizado alegaciones o estas no hubieran sido tenidas en cuenta, la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas adquirirá carácter definitivo.
Madrid, 24 de enero de 2025.–La Subsecretaria de Sanidad, Ana María Sánchez Hernández.
(RESOLUCIÓN DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2024)
DNI | Apellidos y nombre |
Causa de exclusión |
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***5051** | ALVARADO HERRERO, MARÍA DEL PILAR | A2, A3 y B1 |
***2876** | GARCÍA-ANDRADE NARRO, MARÍA DE LOS DOLORES | A3 |
***4792** | GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, PEDRO JOSÉ | A3 |
***2568** | IGLESIAS BORRE, MARILET DEL CARMEN | B1 |
***7724** | LEON DORADO, ANA | A2 |
***2817** | MOLINA HERRERO, ANTONIO | A2 |
***8936** | PENAGOS GUERRERO, HEFZI - BÁ ELIZABETH | B2 |
***4450** | RAMOS-ARBONIES JIMÉNEZ, JOSÉ EDUARDO | A1 |
***9504** | RODRIGO VICENTE, JUANA | A1 |
***0104** | ROMAR TRILLO, ADRIAN | A1 |
***2187** | RUIZ MORENO, MARÍA JOSÉ | A1 |
***0450** | SACRISTÁN ROMERO, FRANCISCO | A2 y A3 |
Causa de exclusión | Forma de subsanación |
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A1: No reúne, no acredita o no ha sido posible comprobar en la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración la condición legal de persona con discapacidad. |
A través de IPS se adjuntará la documentación que acredite la causa de exención del pago o, en caso contrario, se procederá al pago de las tasas. |
A2: No es o no acredita ser demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. | |
A3: No tiene o no acredita rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional | |
A4: No reúne o no acredita la condición de familia numerosa. | |
B1: No ha sido posible verificar la titulación académica, en la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración. | A través de IPS se aportará el documento que acredite la titulación exigida. |
B2: No posee titulación exigida. | A través de IPS se aportará el documento que acredite la titulación exigida. |
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