El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de abril de 2025, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2287-2025, promovido por el presidente del Gobierno, contra el artículo 4 de la Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid, en cuanto añade los artículos 87, 88 y 89, apartados 2 y 3, a la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. Y se hace constar que por el presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –27 de marzo de 2025– para las partes del proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 8 de abril de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
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