Advertidas erratas de imprenta en el texto de las sentencias del Tribunal Constitucional publicadas en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 99, de fecha 25 de abril de 1981, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 2, columna primera, apartado 5.°), línea séptima, donde dice: «excluye toda la intervención», debe decir: «excluye toda intervención».
En la página 3, columna primera, línea octava, donde dice: «heteromonía», debe decir: «heteronomía».
En la página 8, columna primera, apartado b), de la línea tercera a la línea sexta, donde dice: «La exigencia en cada centro de trabajo, de manera que el sistema que re- en cada Centro de trabajo, de manera que el sistema que resulta es huelga por centro de trabajo.», debe decir: «La exigencia del Real Decreto-ley es doble. Ante todo, localiza cada huelga en cada centro de trabajo, de manera que el sistema que resulta es huelga por centro de trabajo».
En la página 8, segunda columna, línea decimocuarta, donde dice: «para que el acto sea reconocible como...», debe decir: para que el acto sea recognoscible como...».
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