Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 128, de 1 de julio de 1999, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al "Boletín Oficial del Estado" núm. 181, de 30 de julio de 1999, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la pág. 64, segunda columna, cuarto párrafo, línea 14, donde dice: "el Reglamento (CEE) núm. 950/97", debe decir: "el Reglamento (CE) núm. 950/97".
En la pág. 66, primera columna, sexto párrafo, líneas 9 y siguiente, donde dice: "en relación con los arts. 34, apartado 3 y 35 del Real Decreto 1.887/1991", debe decir: "en relación con los arts. 34, apartado 4 y 35 del Real Decreto 1.887/1991".
En la pág. 67, segunda columna, segundo párrafo, líneas 4 y siguiente, donde dice: "[art. 2.2 del Reglamento (CEE) núm. 2.328/91]", debe decir: "[art. 1.2 del Reglamento (CEE) núm. 2.328/91]".
En la pág. 72, segunda columna, primer párrafo, línea 17, donde dice: "se deriva de su art. 29.2 b),", debe decir: "se deriva de su art. 29.2 c),".
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