Advertido un error en la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 269, de 29 de diciembre de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En el artículo séptimo, apartado once,
“Once.–Disposición adicional trigésima novena, adición, con efectos a partir de 1 de enero de 2024.
“Disposición adicional trigésima novena.–Medidas específicas aplicables a las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que sean realizadas a partir de 1 de enero de 2024. A las solicitudes de concesión de aplazamientos o de fraccionamientos de deuda tributaria cuya gestión recaudatoria tenga encomendada el departamento competente en materia tributaria se les aplicará lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima”.
“Once.–Disposición adicional cuadragésima, adición, con efectos a partir de 1 de enero de 2024.
“Disposición adicional cuadragésima.–Medidas específicas aplicables a las solicitudes de conce-sión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que sean realizadas a partir de 1 de enero de 2024. A las solicitudes de concesión de aplazamientos o de fraccionamientos de deuda tributaria cuya gestión recaudatoria tenga encomendada el departamento competente en materia tributaria se les aplicará lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima”.
Pamplona, 11 de enero de 2024.–El presidente, Unai Hualde Iglesias
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