El presente decreto tiene como objeto la regulación de las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, hasta tanto se apruebe y entre en vigor la ley de presupuestos para 2019, atendiendo a una triple necesidad: en primer lugar, la necesidad de dar cobertura al vacío normativo que puede producir la acotación anual de los presupuestos generales, evitando así cualquier síntoma de paralización de la actividad económico-financiera de la Administración regional; en segundo lugar, la necesidad de garantizar el adecuado desarrollo de las actuaciones de emergencia ciudadana puestas en marcha, así como la adecuada prestación de aquellos otros servicios públicos que se consideren esenciales; y, por último, la necesidad de regular los instrumentos apropiados para garantizar el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
El marco normativo a nivel estatal de la prórroga presupuestaria, como excepción a la anualidad en la aprobación del presupuesto, viene presidido por el artículo 134.4 de la Constitución, que regula la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado. En virtud de este precepto, si la ley de presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.
La aplicación de la citada norma constitucional a las Comunidades Autónomas no suscita problemas, puesto que el artículo 21.2 de la Ley 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas contiene un precepto similar, a cuyo tenor: «Si los Presupuestos Generales de las Comunidades Autónomas no fueran aprobados antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, quedará automáticamente prorrogada la vigencia de los anteriores».
Por cuanto se refiere al marco normativo regional, el mecanismo de la prórroga presupuestaria se halla previsto en el artículo 51, párrafo tercero, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto. A su vez, el artículo 43.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, dispone que la prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a actuaciones que deban terminar en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan o que estén financiados con créditos u otros ingresos específicos o afectados y se adapten a la organización administrativa en vigor para el ejercicio en el que tenga que ejecutarse el presupuesto prorrogado. Finalmente, el apartado 3 de dicho artículo habilita al Consejo de Gobierno para regular mediante decreto las condiciones específicas a las que deba ajustarse la prórroga de los presupuestos.
Por último, para cerrar el análisis del marco normativo aplicable a la prórroga presupuestaria, debe tenerse en cuenta que dicho mecanismo debe conciliarse con el cumplimiento de las exigencias derivadas de los principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera previstos, tanto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, como en la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 18 de diciembre de 2018,
DISPONGO
1. Desde el 1 de enero de 2019, y hasta la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, quedan prorrogados los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para el año 2018, aprobados por la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, y cuyo ámbito se determina en el artículo 1 de la misma.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, y de conformidad con el artículo 43.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, la prórroga no afectará:
a) A los créditos para gastos correspondientes a actuaciones que hayan finalizado en el ejercicio 2018.
b) A los créditos para gastos que estén financiados con créditos u otros ingresos específicos o afectados y se adapten a la organización administrativa vigente a 1 de enero de 2019.
3. En todo caso, la ejecución del presupuesto prorrogado será coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera fijados conforme a la normativa básica estatal para el ejercicio 2019.
1. La estructura orgánica del presupuesto prorrogado se adaptará, sin alterar su cuantía global, a la de la Administración regional establecida por Decreto 51/2017, de 9 de agosto, con los ajustes que se deriven de la necesaria adecuación de los sectores de la actividad administrativa a los vigentes decretos de estructura orgánica y competencias de las diferentes consejerías, en virtud de los cuales se les adscriben organismos públicos y entes instrumentales, conforme al anexo II.
2. La clasificación funcional y de programas será la establecida en el anexo I.
3. Las clasificaciones económicas de ingresos y de gastos del presupuesto prorrogado se adaptarán a las modificaciones que puedan ser necesarias conforme a lo dispuesto en el Plan General de Contabilidad Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobado por la Orden 169/2018, de 26 de noviembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
4. Corresponderá a la dirección general competente en materia de presupuestos llevar a cabo las adaptaciones de las estructuras del presupuesto prorrogado que sean necesarias.
Se consideran prorrogadas las previsiones iniciales del estado de ingresos incluidas en la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, con excepción de:
a) Las que se consideren de imposible realización.
b) Las que se modifiquen en función de planes o programas de actuación prefijados.
c) Las que deriven de operaciones de endeudamiento que hubieran sido incluidas en la estimación inicial de los presupuestos para 2018.
1. La tramitación de expedientes de gasto con cargo a los créditos prorrogados se producirá con respecto a la consignación inicial aprobada para 2018, al mismo nivel de vinculación, dentro de la cual se entenderán incluidos:
a) Los compromisos de gasto de carácter plurianual contraídos en ejercicios anteriores.
b) Las obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en el año 2018.
c) Las aprobaciones y retenciones de crédito correspondientes a expedientes de tramitación anticipada.
d) Las ayudas financiadas con fondos finalistas procedentes de otras Administraciones o Instituciones públicas que mantengan su vigencia o deban ser ejecutadas durante el ejercicio 2019.
2. Los gastos del capítulo 1 «Gastos de personal» deberán ajustarse considerando:
a) Las plazas dotadas y ocupadas a 31 de diciembre de 2018.
b) Las plazas comprometidas como consecuencia de procesos de selección o provisión de puestos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto.
c) Los acuerdos y convenios de carácter vinculante suscritos con anterioridad a dicha fecha.
Con efectos de 1 de enero de 2019, las retribuciones del personal al servicio del sector público autonómico, incluidos los miembros del Consejo de Gobierno y de los órganos directivos y de apoyo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como las de los presidentes, directores generales, gerentes y órganos asimilados de las sociedades, fundaciones y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de la misma, se incrementarán en el porcentaje que, en su caso, autorice la normativa básica del Estado.
En el caso del personal laboral, lo previsto en el párrafo anterior representa el límite máximo de la masa salarial, cuya distribución y aplicación individual se producirá a través de la negociación colectiva.
1. La autorización de los gastos que se financien con cargo a ingresos de carácter finalista se efectuará en la medida en que se haya producido efectivamente el ingreso correspondiente.
2. Excepcionalmente, en los casos de gastos financiados por otras Administraciones o entidades públicas, siempre y cuando se acredite documentalmente el compromiso de financiación de la Administración o la entidad que tenga que aportar los fondos, se podrán autorizar gastos sin que se haya producido efectivamente el ingreso en los casos siguientes:
a) Si corresponden a ayudas o subvenciones de carácter personal o social.
b) Otros supuestos debidamente justificados que autorice el titular de la consejería competente en materia de hacienda, previo informe de la dirección general competente en materia de presupuestos.
1. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos anteriores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y, con el fin de garantizar que durante el período de la prórroga de los presupuestos no se vulneren los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera fijados para la Comunidad Autónoma, o, por razones de eficacia y equilibrio presupuestario, el titular de la consejería competente en materia de hacienda podrá aprobar una declaración de no disponibilidad o de retención de créditos consignados en el presupuesto de gastos.
2. La declaración a que se refiere el apartado 1 podrá producirse asimismo como consecuencia de la aplicación:
a) Del Plan Económico-Financiero de Castilla-La Mancha que, en su caso, pudiera encontrarse vigente.
b) De cualesquiera otras medidas autonómicas o estatales que supongan la disminución del gasto público y que, por su naturaleza y contenido, puedan llevarse a cabo en el ámbito de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades.
3. En todo caso, se precisará informe de la dirección general competente en materia de presupuestos sobre la oportunidad de efectuar dicha declaración.
1. Las limitaciones y vinculaciones de los créditos prorrogados serán las establecidas en el artículo 9 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018.
2. El titular de la consejería con competencias en materia de hacienda podrá establecer vinculaciones con un mayor nivel de desagregación en aquellos supuestos que estime conveniente para un mejor seguimiento de la ejecución presupuestaria.
3. La vinculación de los créditos y el carácter limitativo de los mismos no excusa, en ningún caso, la contabilización del gasto, que se hará en la estructura presupuestaria correspondiente con la máxima desagregación. Además, se reflejará el proyecto de gasto cuando se trate de contabilizar transferencias corrientes y de capital, así como las inversiones reales.
1. Se autorizarán aquellas modificaciones de crédito que faciliten la mejor adaptación de las dotaciones presupuestarias al cumplimiento del objetivo de estabilidad.
2. Durante el período de la prórroga presupuestaria, las transferencias de crédito que se propongan tendrán como origen, preferentemente, créditos cuya minoración no dificulte el desarrollo de las actuaciones de emergencia ciudadana, ni la prestación de aquellos otros servicios públicos que se consideren esenciales.
3. Durante el periodo de la prórroga presupuestaria no se autorizarán ampliaciones de crédito, salvo de aquellos destinados al pago de las obligaciones derivadas del cumplimiento de sentencias judiciales firmes, incluidos los intereses de demora.
Con respecto a los compromisos plurianuales con anualidad para 2019 y de los expedientes de gasto de tramitación anticipada, la consejería competente en materia de hacienda efectuará reservas de crédito por los importes que correspondan al ejercicio 2019. En el caso de que en el presupuesto prorrogado no haya crédito, o éste sea insuficiente para efectuar algunas de las reservas mencionadas, deberán tramitarse las modificaciones presupuestarias necesarias con el fin de poder asumir todos los compromisos, o bien proponer la modificación de los expedientes de compromisos de gasto vigentes que haya que ajustar.
1. Las obligaciones en vigor el 31 de diciembre de 2018 derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, que no se hayan podido reconocer con cargo a los créditos del presupuesto para 2018, se podrán aplicar a los créditos del presupuesto prorrogado.
2. Los expedientes de incorporación de remanentes de crédito que sea necesario tramitar conforme a lo previsto en la Orden 147/2018, de 9 de octubre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2018 y de apertura del ejercicio 2019, en relación con la contabilidad de gastos e ingresos públicos, deberán ajustarse a las siguientes disposiciones:
a) Los remanentes de crédito existentes a 31 de diciembre de 2018 financiados con cargo a fondos finalistas efectivamente ingresados, que en la fecha mencionada no estuvieran vinculados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas, se podrán incorporar al presupuesto prorrogado para aplicarlos a las finalidades que motivaron estos ingresos.
b) Las incorporaciones de remanentes de crédito correspondientes a operaciones no financieras deberán compensarse con retenciones o minoración de otros créditos correspondientes a operaciones no financieras. La necesidad de compensación o financiación no será de aplicación en los casos de incorporaciones de remanentes de créditos financiados a cargo de fondos finalistas efectivamente ingresados, en los que será suficiente con la acreditación del ingreso.
1. Son de plena aplicación a los sujetos relacionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, o creados con posterioridad, las disposiciones contenidas en este decreto relativas a la autorización de gastos, disponibilidad de créditos y gestión de gastos plurianuales o financiados con fondos finalistas.
2. Los ingresos y el resto de aportaciones a las entidades, empresas y fundaciones del sector público regional, provenientes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de sus organismos autónomos o de cualquier entidad perteneciente al sector público regional serán, como máximo, los consignados en los presupuestos de explotación y capital integrados en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para 2018.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior aquellas entidades, empresas y fundaciones públicas que se hayan extinguido o se encuentren en proceso de extinción, así como aquellas que se hayan transformado, fusionado o escindido o se encuentren en el curso de tales operaciones.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, los presupuestos de explotación y capital de los sujetos indicados deberán ajustarse, en su caso, de tal forma que:
a) Los ingresos y el resto de aportaciones provenientes de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades, se correspondan con el importe de los créditos disponibles en las partidas de las secciones presupuestarias a cuyo cargo se financian, una vez tenidas en cuenta las limitaciones previstas en este decreto.
b) Los gastos no sean superiores a los ingresos que se prevean obtener.
1. Desde el 1 de enero de 2019, y, hasta la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, quedan prorrogados los presupuestos de los centros educativos públicos no universitarios dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2. Los plazos para la elaboración y aprobación de los presupuestos de los centros educativos públicos no universitarios regulados en el Decreto 77/2002, de 21 de mayo, se computarán a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019.
La garantía prevista en la disposición adicional undécima de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, se incrementará en el mismo porcentaje que autorice la normativa básica del Estado para las retribuciones de los empleados del sector público.
Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de hacienda para realizar las modificaciones de crédito necesarias con la finalidad de dotar del presupuesto al programa 461A «Elecciones».
El texto articulado de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018 se considera vigente, con la excepción de aquellos preceptos que sean objeto de modificación sustancial posterior por una norma del mismo rango, o que, por su naturaleza, pudieran resultar inaplicables más allá del ejercicio 2018.
Corresponde al titular de la consejería con competencias en materia de hacienda dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo, ejecución e interpretación del presente decreto.
El presente decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2019.
Dado en Toledo, el 18 de diciembre de 2018.–El Presidente, Emiliano García-Page Sánchez.–El Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina.
Grupo de función 1. Servicios de Carácter General
11 Alta Dirección de la Comunidad Autónoma.
111 Alta Dirección de la Comunidad Autónoma
111A Actividad legislativa
112 Alta Dirección del Gobierno de la Comunidad Autónoma
112A Dirección y servicios generales de Presidencia
112B Alto asesoramiento de la Comunidad Autónoma
12 Administración general
121 Servicios generales y función pública
121B Administración de la función pública
121C Relación y coordinación con las corporaciones locales
121D Selección y formación del personal de la administración regional
126 Otros servicios generales
126A Diario oficial
126B Servicio de publicaciones
126C Medios de comunicación
126D Calidad de los servicios
126E Ordenación del juego
126F Transparencia y participación
13 Relaciones exteriores
131 Administración general de relaciones exteriores
131A Coordinación de asuntos europeos
Grupo de función 2. Defensa, Protección Civil y Seguridad Ciudadana
22 Protección civil y seguridad ciudadana
221 Administración general de seguridad y protección civil
221A Protección ciudadana
Grupo de función 3. Seguridad, protección y promoción social
31 Seguridad y protección social
311 Administración, inspección y control de seguridad social y protección social
311A Dirección y servicios generales de Bienestar Social
312 Pensiones y prestaciones asistenciales
312A Pensiones y prestaciones asistenciales
313 Acción social
313A Programas sociales básicos
313B Prevención y apoyo a las familias
313C Atención a las personas con capacidades diferentes
313D Atención a las personas mayores
313E Atención y acompañamiento al menor
313F Cooperación al desarrollo
313H Atención a la dependencia
315 Seguridad en el trabajo
315A Seguridad laboral
32 Promoción social
321 Administración general de empleo y formación
321A Dirección y servicios generales de Economía, Empresas y Empleo
322 Promoción del empleo
322A Relaciones Laborales
322B Fomento y gestión del empleo
322C Orientación e intermediación en el mercado de trabajo
323 Promoción sociocultural
323A Promoción y servicios de la juventud
323B Promoción de la mujer
324 Formación profesional no reglada
324A Formación profesional para el empleo
324B Programas mixtos de formación y empleo
Grupo de función 4. Producción de bienes públicos de carácter social
41 Sanidad
411 Administración general de Sanidad
411A Dirección y servicios generales de Sanidad
411B Gestión y administración sanitaria
412 Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud
412C Selección y formación del personal sanitario
412D Atención integrada de la salud
412E Planificación, atención a la salud e instituciones sanitarias
413 Acciones públicas relativas a la salud
413A Epidemiología y promoción de la salud
413B Sanidad ambiental e higiene de los alimentos
413C Inspección sanitaria
413D Calidad y humanización de la asistencia sanitaria
42 Educación
421 Administración general de educación
421A Dirección y servicios generales de Educación, Cultura y Deportes
421B Formación permanente del profesorado e innovación educativa
422 Enseñanza
422A Educación infantil y primaria
422B Educación secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial
422C Enseñanza universitaria
422D Atención a la diversidad
422F Educación permanente de adultos
423 Promoción educativa
423A Promoción educativa
43 Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda
431 Vivienda
431A Promoción de la vivienda
432 Ordenación del territorio y urbanismo
432A Gestión del urbanismo
432B Planificación territorial y sostenibilidad
44 Medio ambiente y bienestar comunitario
441 Recursos hidráulicos
441B Coordinación hidrológica
442 Medio ambiente
442B Ordenación y conservación del medio natural
442C Gestión y protección de espacios naturales
442D Calidad ambiental
442E Promoción y educación ambiental
442F Evaluación ambiental y cambio climático
443 Otros servicios de bienestar comunitario
443B Protección, formación y defensa de los consumidores
45 Cultura y deportes
452 Libros, archivos y bibliotecas
452A Libros, archivos y bibliotecas
455 Promoción y gestión cultural
455A Gestión cultural
457 Deportes y educación física
457A Infraestructura, fomento y apoyo al deporte
458 Patrimonio histórico y museos
458A Patrimonio artístico y museos
Grupo de función 5. Producción de bienes públicos de carácter económico
51 Infraestructuras básicas y transportes
511 Administración general de infraestructuras básicas y transportes
511A Dirección y servicios generales de Fomento
512 Saneamiento y abastecimiento de aguas
512A Creación de infraestructura hidráulica
513 Transporte terrestre
513A Creación de infraestructuras de carreteras
513B Conservación y explotación de carreteras
513C Ordenación e inspección del transporte
52 Comunicaciones
521 Comunicaciones
521A Telecomunicaciones
521B Desarrollo de la sociedad de la información
53 Infraestructuras agrarias
531 Reforma agraria
531A Regadíos y explotaciones agrarias
54 Investigación científica, técnica y aplicada
541 Investigación científica, técnica y aplicada
541B Investigación, innovación y desarrollo tecnológico
541C Investigación y experimentación agraria
541E Investigación sanitaria
541F Fomento de la innovación tecnológica
541H Investigación agroalimentaria y forestal
541I Cartografía
Grupo de función 6. Regulación económica de carácter general
61 Regulación económica
611 Administración general de economía y hacienda
611A Dirección y servicios generales de Hacienda y Administraciones Públicas
612 Política económica, presupuestaria y fiscal
612B Programación y control presupuestario
612C Control interno y contabilidad pública
612D Administración del patrimonio
612E Economía y gestión de fondos europeos
613 Gestión del sistema tributario
613A Gestión tributaria
63 Regulación financiera
631 Gestión financiera
631A Gestión financiera
633 Imprevistos y situaciones transitorias
633A Imprevistos y funciones no clasificadas
633B Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria
633C Fondo de reserva para deuda pública
Grupo de función 7. Regulación económica de sectores productivos
71 Agricultura, ganadería y pesca
711 Administración general de agricultura, ganadería y pesca
711A Dirección y servicios generales de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
713 Mejora de las estructuras agrarias y de los sistemas productores
713A Producción vegetal
713B Producción animal
716 Ordenación agroalimentaria
716A Cooperativismo, comercialización e industrialización agraria
717 Desarrollo rural
717A Promoción y desarrollo rural
718 Política agraria comunitaria
718A Política agraria comunitaria
72 Industria y energía
722 Actuaciones en política industrial y energética
722A Política industrial y energética
724 Desarrollo empresarial
724A Competitividad Empresarial
75 Turismo y comercio
751 Turismo, artesanía y comercio
751B Promoción exterior
751C Ordenación y promoción del turismo
751D Ordenación y promoción de la artesanía
751E Ordenación y promoción del comercio
Grupo de función 0. Deuda pública
01 Deuda Pública
011 Deuda pública de la Comunidad Autónoma y de sus organismos autónomos
011A Deuda pública
Sección O. Gestor programa
02 Cortes de Castilla-La Mancha
01 Cortes de Castilla-La Mancha
111A Actividad Legislativa
04 Consejo Consultivo
01 Consejo Consultivo
112B Alto Asesoramiento de la Comunidad Autónoma
06 Deuda Pública
01 Deuda Pública
011A Deuda Pública
07 Créditos Centralizados
01 Créditos Centralizados
633B Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria
633C Fondo de Reserva para Deuda Pública
11 Presidencia de la Junta
01 Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
02 Vicepresidencia Primera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
126F Transparencia y Participación
03 Vicepresidencia Segunda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
04 Secretaría General de Presidencia
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
05 Dirección General de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
131A Coordinación de Asuntos Europeos
06 Dirección General de Comunicación
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
126C Medios de Comunicación
07 Dirección General de Promoción Institucional
126C Medios de Comunicación
08 Dirección General de Coordinación y Planificación
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
09 Consejera encargada de la Coordinación del Plan de Garantías Ciudadanas
112A Dirección y Servicios Generales de Presidencia
70 Instituto de la Mujer
01 Instituto de la Mujer
323B Promoción de la Mujer
15 Hacienda y Administraciones Públicas
02 Secretaría General
611A Dirección y Servicios Generales de Hacienda y Administraciones Públicas
612D Administración del Patrimonio
03 Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa
121C Relación y Coordinación con las Corporaciones Locales
126A Diario Oficial
126D Calidad de los Servicios
04 Dirección General de Presupuestos
612B Programación y Control Presupuestario
633A Imprevistos y Funciones No Clasificadas
05 Intervención General
612C Control Interno y Contabilidad Pública
06 Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego
126E Ordenación del Juego
613A Gestión Tributaria
07 Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Fondos Comunitarios
612E Economía y Gestión de Fondos Europeos
631A Gestión Financiera
08 Dirección General de la Función Pública
121B Administración de la Función Pública
121D Selección y Formación del Personal de la Administración Regional
09 Dirección General de Protección Ciudadana
221A Protección Ciudadana
17 Fomento
02 Secretaría General
511A Dirección y Servicios Generales de Fomento
03 Dirección General de Carreteras y Transportes
513A Creación de Infraestructuras de Carreteras
513B Conservación y Explotación de Carreteras
513C Ordenación e Inspección del Transporte
06 Dirección General de Vivienda y Urbanismo
431A Promoción de la Vivienda
432A Gestión del Urbanismo
07 Dirección General de Planificación Territorial y Sostenibilidad
432B Planificación Territorial y Sostenibilidad
541I Cartografía
10 Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías
521A Telecomunicaciones
521B Desarrollo Sociedad de la Información
56 Agencia del Agua de Castilla-La Mancha
01 Agencia del Agua de Castilla-La Mancha
441B Coordinación Hidrológica
512A Creación de Infraestructura Hidráulica
18 Educación, Cultura y Deportes
02 Secretaría General
421A Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y Deportes
421B Formación Permanente del Profesorado e Innovación Educativa
422A Educación Infantil y Primaria
422B Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial
422D Atención a la Diversidad
422F Educación Permanente de Adultos
423A Promoción Educativa
03 Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación
421A Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y Deportes
04 Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa
421A Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y Deportes
421B Formación Permanente del Profesorado e Innovación Educativa
422A Educación Infantil y Primaria
422B E. Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial
422D Atención a la Diversidad
422F Educación Permanente de Adultos
423A Promoción Educativa
07 Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación
422C Enseñanza Universitaria
541B Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico
08 Viceconsejería de Cultura
126B Servicio de Publicaciones
452A Libros, Archivos y Bibliotecas
455A Gestión Cultural
458A Patrimonio Artístico y Museos
09 Dirección General de Juventud y Deportes
323A Promoción y Servicios de la Juventud
457A Infraestructura, Fomento y Apoyo al Deporte
19 Economía, Empresas y Empleo
02 Secretaría General
321A Dirección y Servicios Generales de Economía, Empresas y Empleo
03 Viceconsejería de Empleo y Relaciones Laborales
322C Orientación e Intermediación en el Mercado de Trabajo
07 Dirección General de Industria, Energía y Minería.
722A Política Industrial y Energética
08 Dirección General de Programas de Empleo
322B Fomento y Gestión del Empleo
09 Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral
315A Seguridad Laboral
322A Relaciones Laborales
324A Formación Profesional para el Empleo
324B Programas mixtos de Formación y Empleo
11 Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización
541F Fomento de la Innovación Tecnológica
724A Competitividad Empresarial
12 Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía
751C Ordenación y Promoción del Turismo
751D Ordenación y Promoción de la Artesanía
751E Ordenación y Promoción del Comercio
55 Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha (IPEX)
01 Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha
751B Promoción Exterior
21 Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
02 Secretaría General
521B Desarrollo de la Sociedad de la Información
711A Dirección y Servicios Generales de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
718A Política Agraria Comunitaria
03 Dirección General de Desarrollo Rural
531A Regadíos y Explotaciones Agrarias
541C Investigación y Experimentación Agraria
717A Promoción y Desarrollo Rural
718A Política Agraria Comunitaria
04 Dirección General de Agricultura y Ganadería
442D Calidad Ambiental
713A Producción Vegetal
713B Producción Animal
718A Política Agraria Comunitaria
05 Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas
716A Cooperativismo, Comercialización e Industrialización Agraria
718A Política Agraria Comunitaria
10 Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales
442B Ordenación y Conservación del Medio Natural
442C Gestión y Protección de Espacios Naturales
718A Política Agraria Comunitaria
12 Viceconsejería de Medio Ambiente
442D Calidad Ambiental
442E Promoción y Educación Ambiental
442F Evaluación Ambiental y Cambio Climático
51 Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (IRIAF)
01 Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha
541B Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico
541H Investigación agroalimentaria y forestal
26 Sanidad
02 Secretaría General
411A Dirección y Servicios Generales de Sanidad
06 Dirección General de Salud Pública y Consumo
413A Epidemiología y Promoción de la Salud
413B Sanidad Ambiental e Higiene de los Alimentos
443B Protección, Formación y Defensa de los Consumidores
09 Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria
412E Planificación, Atención a la Salud e Instituciones Sanitarias
413C Inspección Sanitaria
10 Dirección General de Calidad y Humanización de la Asistencia Sanitaria
413D Calidad y Humanización de la Asistencia Sanitaria
541E Investigación Sanitaria
61 Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)
02 Secretaría General
411B Gestión y Administración Sanitaria
412D Atención Integrada de la Salud
521B Desarrollo de la Sociedad de la Información
03 Dirección General de Asistencia Sanitaria
411B Gestión y Administración Sanitaria
412C Selección y Formación del Personal Sanitario
412D Atención Integrada de la Salud
04 Dirección General de Recursos Humanos
411B Gestión y Administración Sanitaria
412C Selección y Formación del Personal Sanitario
27 Bienestar Social
02 Secretaría General
311A Dirección y Servicios Generales de Bienestar Social
03 Dirección General de Atención a la Dependencia
313H Atención a la Dependencia
04 Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad
313C Atención a las Personas con Discapacidad
313D Atención a las Personas Mayores
05 Dirección General de Acción Social y Cooperación
312A Pensiones y Prestaciones Asistenciales
313A Programas Sociales Básicos
313F Cooperación al Desarrollo
07 Dirección General de las Familias y Menores
313B Prevención y Apoyo a las Familias
313E Atención y Acompañamiento al Menor
(Publicada en el «Boletín Oficial de Castilla-La Mancha», número 253, de 31 de diciembre de 2018)
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