Habiendo observado una errata en el texto del citado Decreto, enviado al DOGC y publicado con el núm. 6924, de 30.7.2015, se detalla la oportuna corrección:
En la página 4, en el artículo 10,
Se modifica el artículo 25 del Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente: "Artículo 25 Los cargos de presidente o presidenta, consejero delegado o consejera delegada, de vocal de la Junta de Gobierno, y de titular de una unidad funcional del Instituto, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Generalidad, así como a lo que la normativa vigente establezca para los órganos de administración de las entidades de crédito."
Se modifica el artículo 25 del Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente: "Artículo 25 Los cargos de presidente o presidenta, consejero delegado o consejera delegada, de vocal dominical de la Junta de Gobierno, y de titular de una unidad funcional del Instituto, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Generalidad, así como a lo que la normativa vigente establezca para los órganos de administración de las entidades de crédito."
Barcelona, 31 de julio de 2015
Albert Carreras
Secretario general
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