Advertido un error en el texto de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, hay que efectuar la siguiente corrección tanto en la versión valenciana como en la versión castellana del texto:
En el artículo 34, «Formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales»,
«3. En todo caso, las administraciones públicas proveerán mediantela modalidad de gestión directa aquellos servicios previstos en los artículos 18.1 y 18.2 apartados a, b, c y d de la presente ley, así como la prescripción de las prestaciones y la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan personalizado de intervención social.»
«3. En todo caso, las administraciones públicas proveerán mediantela modalidad de gestión directa aquellos servicios previstos en los artículos 18.1 y 18.2 apartados a, b, y c de la presente ley, así como laprescripción de las prestaciones y la elaboración, seguimiento y evaluacióndel Plan personalizado de intervención social.»
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