LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,
Visto el Reglamento n 120/67/CEE del Consejo de 13 de junio de 1967 por el que se establece una organizacion comun de mercados en el sector de los cereales (1) y , en particular , el apartado 6 de su articulo 16 ,
Considerando que la restitucion a la exportacion debe tener en cuenta la calidad del producto transformado de los cereales que se beneficie de la mencionada restitucion , a fin de evitar que los fondos publicos contribuyan a la exportacion de productos de calidad inferior ; que , por consiguiente , es preciso definir de forma precisa y aplicable en cada Estado miembro los granos de cereales que deban beneficiarse de la restitucion concedida para los " granos mondados " y los " granos perlados " ;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestion de los cereales ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
A efectos de la concesion de la restitucion a la exportacion , se consideraran granos perlados y granos mondados de cereales los que respondan a las caracteristicas consignadas en el Anexo .
Articulo 2
El presente Reglamento entrara en vigor el 1 de julio de 1968 .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 28 de junio de 1968 .
Por la Comision
El Presidente
Jean REY
(1) DO n 117 de 13 . 6 . 1967 , p. 2269/67 .
ANEXO
DEFINICION DE LOS TERMINOS GRANOS MONDADOS ( DESCASCARILLADOS O PELADOS ) Y GRANOS PERLADOS
A . Se consideran granos mondados los granos descascarillados o pelados :
1 . Son granos descascarillados :
los granos de los cereales que se han despojado del pericarpio o los granos de cereales con bracteas ( véanse notas explicativas en la partida n 10.03 , Granos ) despojados de las bracteas fuertemente adheridas al pericarpio - por ejemplo para la cebada de grano vestido - o que tengan los granos tan fuertemente adheridos que no puedan separarse las bracteas por medio del trillado u otro medio , como en el caso de la avena .
2 . Son granos pelados :
los granos ( en lo que se refiere a la cebada sin bracteas ) que han sido despojados de la casi totalidad del pericarpio y del tegumento ( testa ) .
B . Se consideran granos perlados :
a ) los granos que responden a la definicion siguiente :
granos de cereal perlados , principalmente de cebada , totalmente despojados de su envoltura , del pericarpio , de los gérmenes y de la mayor parte de la envoltura externa y de la capa de aleuronas , de dimensiones uniformes y formas redondeadas ,
b ) y que ademas cumplen los requisitos siguientes :
1 . Eliminacion de la envoltura , descascarillado y pelado segun definicion ;
2 . Regularidad de los granos :
a ) el 75 % de los granos no deberan exceder del 20 % del dm ;
b ) el 94 % de los granos anadidos progresivamente entre el 3 y el 97 % no deberan exceder del 30 % del dm ;
c ) el 100 % de los granos no debera exceder del 50 % del dm maximo ,
Determinacion de la regularidad mediante analisis granulométrico concribado a través de orificios redondos .
Valor : valor medio determinado por la curva de las sumas obtenidas después del analisis granulométrico en caso de que atraviese el tamiz el 50 % del producto .
Analisis granulométricos
Equipo :
- Juego de cribas con orificios redondos ( diametro 200 mm , diametro de los orificios : de 4,0 a 1,0 mm , con intervalos de 0,25 mm ) ,
- aparato cribador - el cribado debera hacerse a mano ; accesorios para el cribado ( cubas de caucho con aristas de 20 mm ) ,
- balanza de precision .
Procedimiento :
Por lo general , la cebada mondada habra pasado por seis cribas diferentes ; el juego de cribas estara cerrado por su parte superior e inferior ; el tamiz que tenga los mayores orificios debera ser colocado en la parte superior y , al igual que el ultimo tamiz , debera encontrarse vacio después del tamizado .
Se cribaran a mano , durante al menos 5 minutos , dos muestras de cebada mondada , de un peso comprendido entre 50 y 100 g , utilizando las cubas de caucho como accesorio para el cribado .
Para el cribado , se cogera con las manos el juego de tamices y se agitara , manteniéndolo mas o menos horizontal , a un ritmo de ciento veinte veces por minuto , con un recorrido en cada movimiento de aproximadamente 70 mm . Este
movimiento de vaivén se interrumpira cada minuto por un triple movimiento circular . Los residuos de cribado pesados , con una aproximacion de 0,1 g , se expresaran en porcentaje del producto cribado , pesado en numeros enteros , y se efectuara el calculo de las medias .
Se sumaran los porcentajes que expresen la media de los residuos del cribados partiendo del 0 % ; para los residuos del tamiz libre que tenga los mayores orificios , se trazaran en papel milimétrico los ejes de las coordinadas , trasladando a las ordenadas los porcentajes sumados S ( % ) y sobre las abcisas el diametro en mm de los orificios del juego de cribas correspondiente .
La curva obtenida al unir los puntos mediante lineas rectas dara valor medio dm del diametro de un orificio expresado en centésimas de mm para : S ( % ) = 50 .
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