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Documento DOUE-L-1969-80011

Directiva del Consejo, de 18 de febrero de 1969, por la que se modifica la Directiva del Consejo de 14 de junio de 1966 relativa a la comercialización de los materiales forestales de reproducción.

Publicado en:
«DOCE» núm. 48, de 26 de febrero de 1969, páginas 12 a 12 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1969-80011

TEXTO ORIGINAL

( 69/64/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea , y , en particular , sus articulos 43 y 100 ,

Vista la propuesta de la Comision ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,

Visto el dictamen del Comité economico y social ,

Considerando que es oportuno modificar determinadas disposiciones de la Directiva del Consejo , de 14 de junio de 1966 , relativa a la comercializacion de los materiales forestales de reproduccion (2) ;

Considerando que , con fecha de 1 de julio de 1967 , determinados Estados miembros no han cumplido las disposiciones de la mencionada Directiva en lo que se refiere a las especies Abies alba , Ficea abies , Pinus silvestris y Pseudotsuga taxifolia ; que , por tanto es conveniente concederles un plazo suplementario ;

Considerando , por otra parte , que el plazo previsto para el género Populus y la especie Quercus borealis puede , en cambio , ser reducido sin

dificultad ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Articulo 1

En el apartado 1 del articulo 18 de la Directiva del Consejo de 14 de junio de 1966 , relativa a la comercializacion de los materiales forestales de reproduccion , se sustituye el texto de los parrafos a ) al c ) por el siguiente :

" a ) A mas tardar el 1 de julio de 1969 , para las semillas y partes de plantas de :

Abies alba Mill.

Larix decidua Mill.

Larix leptolepis ( Sieb. y Zucc. ) Gord.

Picea abies Karst.

Picea sitchensis Trautv. y Mey.

Pinus nigra Arn.

Pinus silvestris L.

Pinus strobus L.

Populos .

Pseudotsuga taxifolia Britt.

Quercus borealis Michx.

b ) A mas tardar el 1 de julio de 1971 , para las semillas y partes de plantas de :

Fagus silvatica L.

Quarcus pedunculata Ehrh.

Quercus sessiliflora Sal. "

Articulo 2

Los destinatarios de la presente Directiva seran los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 18 de febrero de 1969 .

Por el Consejo

El Presidente

J. P. BUCHLER

(1) DO n C 135 de 14 . 12 . 1968 , p. 25 .

(2) DO n 125 de 11 . 7 . 1966 , p. 2326/66 .

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 18/02/1969
  • Fecha de publicación: 26/02/1969
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 18.1 de la Directiva 66/404, de 14 de junio (Ref. DOUE-X-1966-60009).
Materias
  • Árboles
  • Arboricultura
  • Armonización de legislaciones
  • Certificaciones
  • Comercialización
  • Normas de calidad
  • Plantas
  • Semillas

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