Está Vd. en

Documento DOUE-L-1973-80017

Reglamento (CECA, CEE, EURATOM) nº 559/73 del Consejo, de 26 de febrero de 1973, por el que se modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) nº 260/68 por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 55, de 28 de febrero de 1973, páginas 4 a 4 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1973-80017

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CECA , CEE , EURATOM ) N 559/73 DEL CONSEJO

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado por el que se constituye un Consejo unico y una Comision unica de las Comunidades Europeas ,

Visto el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y , en particular , su articulo 13 ,

Vista la propuesta de la Comision ,

Considerando que , a la vista de una jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y teniendo en cuenta ciertos imperativos sociales , parece oportuno modificar el Reglamento ( CEE , Euratom , CECA ) n 260/68 del Consejo , de 29 de febrero de 1968 , por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicacion del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas ( 1 ) , modificado en ultimo lugar por el Reglamento ( Euratom , CECA , CEE ) n 2531/72 ( 2 ) ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

El Reglamento ( CEE , Euratom , CECA ) n 260/68 se modificara de la forma siguiente :

En el primer guion de la letra a ) del apartado 3 del articulo 3 , los términos " asignacion de cabeza de familia " se sustituiran por los términos " asignacion familiar " .

Articulo 2

El presente Reglamento entrara en vigor el dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Sera aplicable a partir del 1 de julio de 1972 .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 26 de febrero de 1973 .

Por el Consejo

El Presidente

E . GLINNE

( 1 ) DO n L 56 de 4 . 3 . 1968 , p . 8 .

( 2 ) DO n L 272 de 5 . 12 . 1972 , p . 6 .

( 2 ) DO n L 272 de 5 . 12 . 1972 , p . 6 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 26/02/1973
  • Fecha de publicación: 28/02/1973
  • Fecha de entrada en vigor: 01/03/1973
  • Aplicable desde el 1 de julio de 1972.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3 del Reglamento 260/68, de 29 de febrero (Ref. DOUE-L-1968-80009).
Materias
  • Funcionarios de las Comunidades Europeas
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Pensiones
  • Retribuciones
  • Salarios
  • Sistema tributario

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid