Directiva del Consejo, de 16 de junio de 1975, relativa a las medidas destinadas a favorecer el ejercicio efectivo de la libertad de establecimiento y de la libre prestación de servicios para las actividades ejercidas de forma ambulante y por la que se adoptan, en particular, medidas transitorias para dichas actividades.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«DOCE» núm. 167, de 30 de junio de 1975, páginas 29 a 32 (4 págs.)