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Documento DOUE-L-1980-80396

Reglamento (CEE) nº 2657/80 de la Comisión, de 17 de octubre de 1980, relativo a la determinación de los precios de las canales de ovino frescas o refrigeradas registradas en los mercados representativos de la Comunidad y a la relación de precios de determinadas otras calidades de canales de ovino en la Comunidad.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 276, de 20 de octubre de 1980, páginas 1 a 8 (8 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1980-80396

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/10/1980
  • Fecha de publicación: 20/10/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 20/10/1980
  • Fecha de derogación: 02/06/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Reglamento 1481/86, de 15 de mayo (Ref. DOUE-L-1986-80684).
  • SE SUSTITUYE el Anexo I y se modifican los Anexos II y III, por Reglamento 3816/85, de 30 de diciembre (Ref. DOUE-L-1985-81266).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 2.1 y 4 bis y los Anexos I y II, por Reglamento 889/85, de 2 de abril (Ref. DOUE-L-1985-80269).
    • el art. 3.2 y se añade el art. 4 bis, por Reglamento 3008/84, de 26 de octubre (Ref. DOUE-L-1984-80558).
    • la letra G del Anexo II, por Reglamento 314/84, de 1 de febrero (Ref. DOUE-L-1984-80060).
    • por Reglamento 1236/82, de 19 de mayo (Ref. DOUE-L-1982-80169).
Referencias anteriores
Materias
  • Carnes
  • Ganado ovino
  • Mercados
  • Normas de calidad
  • Precios

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