Directiva del Consejo, de 29 de junio de 1982, relativa a las medidas destinadas a favorecer el ejercicio efectivo de la libertad de establecimiento y de la libre prestación de servicios para las actividades por cuenta propia de determinados auxiliares del transporte y de los agentes de viaje (grupo 718 CITI) así como de los almacenistas (grupo 720 CITI).
[Disposición derogada]
Publicado en:
«DOCE» núm. 213, de 21 de julio de 1982, páginas 1 a 6 (6 págs.)