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Documento DOUE-L-1982-80569

Directiva del Consejo, de 21 de diciembre de 1982, por la que se modifica la Directiva 81/363/CEE relativa a las ayudas a la construcción naval.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 371, de 30 de diciembre de 1982, páginas 46 a 46 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1982-80569

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , la letra d ) del apartado 3 de su artículo 92 y su artículo 113 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2) ,

Considerando que la situación de la construcción naval , tanto mundial como comunitaria , se ha agravado durante el período de aplicación de la

Directiva 81/363/CEE (3) , y que la gravísima situación se acentúa con el incremento de la producción en determinados terceros países ;

Considerando que esa Directiva expirará el 31 de diciembre de 1982 ;

Considerando que la mencionada Directiva , al suprimir gradualmente las ayudas al tiempo que contribuye a mantener determinado número de empleos , permite la ejecución de acciones de reestructuración y de medidas de adaptación y de consolidación encaminadas a hacer más competitiva a la industria europea ;

Considerando que en la persistente coyuntura de crisis económica , los Estados miembros no prevén una auténtica recuperación a medio plazo de las industrias marítimas , ni a nivel mundial ni en el comunitario ; que , por estas circunstancias , deben fomentarse las medidas encaminadas a incrementar de forma duradera la competitividad de la construcción naval en la Comunidad mediante su adaptación a las condiciones imperantes en el mercado ;

Considerando por tanto que , debido a las graves consecuencias sociales y regionales de la persistencia de la crisis , y habida cuenta de los esfuerzos y sacrificios que requiere a este respecto la acción de reestructuración del sector , no parece posible suprimir completamente , por ahora , las ayudas directas o indirectas que los Estados miembros conceden a la construcción naval ;

Considerando por tanto que es necesario prorrogar por dos años el marco de estas ayudas , establecido por la Directiva 81/363/CEE ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

En el artículo 11 de la Directiva 81/363/CEE , la fecha « 31 de diciembre de 1982 » será sustituida por la de « 31 de diciembre de 1984 » .

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 21 de diciembre de 1982 .

Por el Consejo

El Presidente

O. MOELLER

(1) Dictamen emitido el 17 de diciembre de 1982 ( todavía no publicado en el Diario Oficial ) .

(2) Dictamen emitido el 15 de diciembre de 1982 ( todavía no publicado en el Diario Oficial ) .

(3) DO n º L 137 de 23 . 5 . 1981 , p. 39 .

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 21/12/1982
  • Fecha de publicación: 30/12/1982
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 87/167, de 26 de enero (Ref. DOUE-L-1987-80255).
  • Fecha de derogación: 01/01/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 11 de la Directiva 81/363, de 28 de abril (Ref. DOUE-L-1981-80170).
Materias
  • Ayudas
  • Buques
  • Construcciones navales
  • Flota pesquera

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