LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Vista la Directiva 79/373/CEE del Consejo , de 2 de abril de 1979 , relativa a la comercialización de los piensos compuestos (1) , modificada en último lugar por la Directiva 80/695/CEE de la Comisión (2) , y , en particular , la letra a ) de su artículo 10 ,
Considerando que las disposiciones de la Directiva 79/373/CEE prevén que el contenido del Anexo debe mantenerse adaptado a la evolución de los conocimientos científicos o técnicos ;
Considerando que la experiencia adquirida en la aplicación de la mencionada Directiva ha puesto de manifiesto la necesidad de adaptar determinadas disposiciones previstas para el etiquetado de los piensos compuestos ;
Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de alimentos animales ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :
Artículo 1
Se modifica el Anexo de la Directiva 79/373/CEE del modo siguiente :
1 . En el punto 5.2 , se suprime el guión « - cenizas brutas »
2 . El punto 6.1 se modifica del modo siguiente :
a ) se suprime el guión « - proteína solubilizable » ;
b ) se añade el guión « - azúcares totales más almidón » ;
3 . En los puntos 6.2 , 6.3 y 8.2 , se suprime el guión « - proteína solubilizable » ;
4 . En el punto 7 , se añade la partida siguiente :
« 7.3 . Contenidos en componentes analíticos para los alimentos minerales :
- cenizas brutas . »
5 . En el punto 8.1 , se añade el guión « - azúcares totales más almidón » .
6 . En el punto 9.1.3 , tras la palabra « almidón » se añaden las palabras « y azúcares totales más almidón » .
Artículo 2
Los Estados miembros aplicarán las disposiciones legales , reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva el 1 de enero de 1985 . Informarán de ello inmediatamente a la Comisión .
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .
Hecho en Bruselas , el 22 de diciembre de 1982 .
Por la Comisión
Poul DALSAGER
Miembro de la Comisión
(1) DO n º L 86 de 6 . 4 . 1979 , p. 30 .
(2) DO n º L 188 de 22 . 7 . 1980 , p. 23 .
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