REGLAMENTO ( CEE ) N º 2107/84 DE LA COMISION
por el que se modifica por segunda vez el Reglamento ( CEE ) n º 1726/82 por el que se determinan los centros de intervención de las semillas de colza , de nabina y de girasol
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento n º 136/66/CEE del Consejo , de 22 de septiembre de 1966 , por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1556/84 (2) y , en particular , el apartado 2 de su artículo 24 ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1726 de la Comisión , de 30 de junio de 1982 , por el que se determinan los centros de intervención de las semillas de colza , de nabina y de girasol (3) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n º 2142/82 (4) ,
Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1726/82 ha establecido una lista de los centros de intervención en la Comunidad ;
Considerando que , teniendo en cuenta la evolución de la producción de las semillas consideradas , es conveniente tomar en consideración otros centros de intervención ; que , por consiguiente , es conveniente modificar la lista de los centros considerados ;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
Se sustituye el Anexo del Reglamento ( CEE ) n º 1726/82 por el Anexo del presente Reglamento .
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 23 de julio de 1984 .
Por la Comisión
Poul DALSAGER
Miembro de la Comisión
(1) DO n º 172 de 30 . 9 . 1966 , p. 3025/66 .
(2) DO n º L 150 de 6 . 6 . 1984 , p. 5 .
(3) DO n º L 189 de 1 . 7 . 1982 , p. 64 .
(4) DO n º L 226 de 31 . 7 . 1982 , p. 1 .
ANEXO
CENTROS DE INTERVENCION PARA :
A . Las semillas de colza y de nabina
Bélgica
- Floreffe
Dinamarca
- AArhus
- Copenhague
- Haderslev
- Odense
- Roenne
República Federal de Alemania
- Augsburgo
- Bamberg
- Duesseldorf
- Hamburgo
- Mannheim
- Plochingen
- Ratisbona
- Wuerzburg
Francia
- Agen
- Angers
- Auxerre
- Bordeaux
- Bourges
- Châlons-sur-Marne
- Chartres
- Châteauroux
- Dijon
- Dunkerque
- Gennevilliers
- La Pallice
- Le Pouzin
- Lyon
- Metz
- Poitiers
- Rouen
- Saint-Quentin
- Strasbourg
- Toulouse
- Vesoul
Grecia
- Komotini
Irlanda
- Dublin
Italia
- Gênes
Países Bajos
- Groninga
- Rotterdam
Reino Unido
- Cambridge
- Hull
- Leith
- Liverpool
- Oxford
- Tilbury
B . Las semillas de girasol
Francia
- Agen
- Angers
- Auxerre
- Beaucaire
- Blois
- Bordeaux
- Bourges
- Clermont-Ferrand
- Dijon
- La Pallice
- Le Pouzin
- Poitiers
- Strasbourg
- Toulouse
Grecia
- Komotini
Italia
- Campobasso
- Foggia
- Grossero
- Macerata
- Perusia
- Siena
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