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Documento DOUE-L-1985-80487

Reglamento (CEE) nº 1681/85 del Consejo, de 19 de junio de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3700/83 por el que se establece el régimen aplicable a los intercambios comerciales con la República de Chipre más allá del 31 de diciembre de 1983.

Publicado en:
«DOCE» núm. 162, de 21 de junio de 1985, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80487

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 1681/85 DEL CONSEJO

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en

particular , su artículo 113 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 3700/83 (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 3628/84 (2) , ha prorrogado hasta el 30 de junio de 1985 el régimen aplicable a los intercambios comerciales con la República de Chipre ;

Considerando que persisten las condiciones que justifican dicha prórroga y que , por lo tanto , es conveniente prorrogar la vigencia del mencionado Reglamento ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

En el artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 3700/83 , se sustituye la fecha del 30 de junio de 1985 por la del 31 de diciembre de 1985 .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Será aplicable a Partir del 1 º de julio de 1985 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Luxemburgo , el 19 de junio de 1985 .

Por el Consejo

El Presidente

G. ANDREOTTI

(1) DO n º L 369 de 20 . 12 . 1983 , p. 1 .

(2) DO n º L 335 de 22 . 12 . 1984 , p. 6 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/06/1985
  • Fecha de publicación: 21/06/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 21/06/1985
  • Aplicable desde el 1 de julio de 1985.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1 del Reglamento 3700/83, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1983-80627).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Chipre
  • Comercio extracomunitario
  • Comunidad Económica Europea
  • Contingentes arancelarios
  • Cooperación económica
  • Derechos arancelarios
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Mercancías

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