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Documento DOUE-L-1986-80624

Reglamento (CEE) nº 1354/86 del Consejo, de 6 de mayo de 1986, que modifica el Reglamento (CEE) nº 989/84 por el que se establece un sistema de umbrales de garantía para determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 119, de 8 de mayo de 1986, páginas 54 a 54 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-80624

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Reglamento (CEE) n$o$ 426/86 del Consejo, de 24 de febrero de 1986, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 3, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que el Reglamento (CEE) n$o$ 989/84 (2), modificado por el Reglamento (CEE) n$o$ 1321/85 (3), ha establecido un sistema de umbrales de garantía para determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas, en particular para las pasas; Considerando que la evolución de las posibilidades de comercialización de estos productos permite adaptar el umbral de garantía fijado para las pasas de Corinto, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CEE) n$o$ 989/84, la letra a) será sustituida por lo que sigue:«a) 70 000 toneladas de pasas de Corinto;».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 6 de mayo de 1986. Por el Consejo El Presidente P. H. van ZEIL

(1) DO n$o$ L 49 de 27. 2. 1986, p. 1.

(2) DO n$o$ L 103 de 16. 4. 1984, p. 19.

(3) DO n$o$ L 137 de 27. 5. 1985, p. 43.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 06/05/1986
  • Fecha de publicación: 08/05/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 11/05/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOCE L 144, de 29 de mayo de 1986 (Ref. DOUE-L-1986-82123).
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 1.2 A) del Reglamento 989/84, de 31 de marzo (Ref. DOUE-L-1984-80190).
Materias
  • Frutos y productos hortícolas
  • Pasas
  • Umbrales de garantía

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