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Documento DOUE-L-1986-80937

Reglamento (CEE) nº 1926/86 de la Comisión, de 23 de junio de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1445/76 que establece la lista de diferentes variedades de Lolium perenne L.

Publicado en:
«DOCE» núm. 167, de 24 de junio de 1986, páginas 9 a 10 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-80937

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2358/71 del Consejo, de 26 de octubre de 1971, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1355/86 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 3,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1445/76 de la Comisión (3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1858/85 (4), estableció la lista de las variedades de Lolium perenne L de alta persistencia, tardía o semitardía y de Lolium perenne L de baja persistencia, semitardía, semiprecoz o precoz de conformidad con las normas adoptadas en aplicación del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2358/71;

Considerando que, a partir de la última modificación del Reglamento (CEE) no 1445/76, y a no se comercializa la producción de semillas certificadas de determinadas variedades de Lolium perenne L y que, por el contrario, la producción de otras variedades ha aparecido en el mercado y se comercializará por primera vez durante la campaña 1986/87 que, por otra parte, de la aplicación de los criterios de clasificación a determinadas variedades de Lolium perenne L se desprende su inclusión en una de las listas antes mencionadas; que, en consecuencia se hace necesario modificar en dicho sentido los Anexos del Reglamento (CEE) no 1445/76;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan

al dictamen del Comité de gestión de las semillas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los Anexos I y II del Reglamento (CEE) no 1445/76 serán sustituidos por los Anexos del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1986.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de junio de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 246 de 5. 11. 1971, p. 1.

(2) DO no L 118 de 7. 5. 1986, p. 1.

(3) DO n L 161 de 23. 6. 1976, p. 10.

(4) DO no L 174 de 4. 7. 1985, p. 32.

ANEXO

« ANEXO I

Variedades de alta persistencia, tardías o semitardías

1.2.3 // 1. Aberystwyth S. 23 2. Albi 3. Anduril 4. Animo 5. Antrim 6. Arno 7. Barcentra (T) 8. Barclay 9. Bardetta 10. Barenza 11. Barlenna 12. Barlet 13. Barry 14. Bartony 15. Belfort (T) 16. Bellatrix 17. Borvi 18. Brigantia 19. Capper 20. Caprice 21. Chantal 22. Citadel (T) 23. Cockade 24. Combi 25. Compas 26. Condesa (T) 27. Contender 28. Corona 29. Danny 30. Donata 31. Edgar 32. Elka 33. Elrond 34. Emir 35. Endura 36. Ensporta // 37. Fingal 38. Floret (T) 39. Hermes 40. Honneur 41. Hunter 42. Idole 43. Karin 44. Kent Indigenous 45. Kerdion 46. Kosta 47. Lamora (Mommersteeg's Weidauer) 48. Lennox 49. Lihersa 50. Lilope 51. Limage 52. Limes 53. Lirayo 54. Lisabelle 55. Lisuna 56. Loretta 57. Lorina 58. Lucretia 59. Magella 60. Magister 61. Majestic 62. Mandola 63. Manhattan 64. Maprima 65. Mascot 66. Master 67. Meltra RvP (T) 68. Mirvan 69. Modus (T) 70. Mombassa 71. Mondial 72. Moretti // 73. Outsider 74. Pablo 75. Parcour 76. Patora 77. Pelleas 78. Pelo 79. Perfect 80. Perma 81. Perray 82. Pippin 83. Player 84. Pleno 85. Préférence 86. Rally (T) 87. Rathlin 88. Runner 89. Saione 90. Saver 91. Score/Fairway 92. Secure 93. Semperweide 94. Senator 95. Servo 96. Sisu 97. Sommora 98. Splendor 99. Springfield 100. Sprinter 101. Stentor 102. Talbot 103. Trani 104. Tresor 105. Trimmer 106. Variant 107. Vigor (Melle) 108. Wendy.

ANEXO II

Variedades de baja persistencia, semitardías, semiprecoces o precoces

1.2 // 1. Atempo (T) 2. Gazon 3. Lenta Pajbjerg // 4. Printo 5. Verna Pajbjerg. »

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/06/1986
  • Fecha de publicación: 24/06/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 27/06/1986
  • Aplicable desde el 1 de julio de 1986.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los Anexos I y II del Reglamento 1445/76, de 22 de junio (Ref. DOUE-L-1976-80139).
Materias
  • Plantas forrajeras
  • Semillas

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