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Documento DOUE-L-1986-81561

Reglamento (CEE) nº 3393/86 de la Comisión, de 5 de noviembre de 1986, que modifica el Reglamento (CEE) nº 2730/81 por el que se establece la lista de los organismos en los terceros países importadores de donde pueden emanar adjudicaciones en el sector de la leche y de los productos lácteos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 311, de 6 de noviembre de 1986, páginas 16 a 16 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-81561

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Vistoel Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1335/86 (2), y, en particular el apartado 3 de su artículo 13 y el apartado 4 de su artículo 17,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2730/81 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2877/85 (4), ha establecido la lista de los organismos en los terceros países importadores de donde pueden emanar adjudicaciones en el sector de la leche y de los productos lácteos;

Considerando que, habida cuenta de los datos más recientes de que dispone la Comisión en materia de prácticas comerciales seguidas por los países importadores afectados y del carácter oficial de los organismos de que se trata, es conveniente modificar dicho Reglamento;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo del Reglamento (CEE) no 2730/81, la lista de los organismos emisores es modificada, en aquello que concierne a Jordania y a Túnez, tal y como sigue:

1.2 // País importador // Organismo emisor // « Jordania // Civil Service Consumer Corporation Ein Ghazal - Amman PO Box 9706 Amman // // Jordan Armed Forces-HQ Abdali - Amman PO Box 79 Amman // // Jordan Dairy Company Rusa'yfi - Zarqa PO Box 45 Rusa'yfi PO Box 6474 Amman // // Ministry of Supply Amman - Shmeisani PO Box 830 Amman // // Military Consumer Corporation Amman - Jebel Al Weibdeh PO Box 9030 Amman // Túnez // Centrale laitière Tunisie

lait SA 4040 Sidi Bou Ali // // Office des terres domaniales Direction de la production animale 43, rue d'Iran Tunis // // Société tunisienne de l'industrie laitière 24, avenue de France Tunis ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de noviembre de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO no L 119 de 8. 5. 1986, p. 19.

(3) DO no L 272 de 26. 9. 1981, p. 25.

(4) DO no L 277 de 17. 10. 1985, p. 12.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 05/11/1986
  • Fecha de publicación: 06/11/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 09/11/1986
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo del Reglamento 2730/81, de 14 de septiembre (Ref. DOUE-L-1981-80407).
Materias
  • Importaciones
  • Jordania
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Túnez

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