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Documento DOUE-L-1987-80398

Reglamento (CEE) nº 1034/87 del Consejo, de 7 de abril de 1987, relativo a la aplicación de la Decisión nº 2/86 de la Comisión Mixta CEE-Suiza (Tránsito comunitario) por la que se prorrogan las Decisiones nº 2/78 y nº 2/79, por las que se modifica el acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario.

Publicado en:
«DOCE» núm. 99, de 11 de abril de 1987, páginas 3 a 3 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80398

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el artículo 16 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario (1) confiere a la Comisión mixta creada por dicho Acuerdo el poder de adoptar, mediante decisiones, ciertas modificaciones del Acuerdo;

Considerando que por la Decisión no 2/86 la Comisión mixta ha prorrogado las Decisiones no 2/78 (2) y no 2/79 (3) hasta el 31 de diciembre de 1987; que es necesario adoptar las medidas que requiere la ejecución de dicha Decisión,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La Decisión no 2/86 de la Comisión mixta CEE-Suiza - Tránsito comunitario - por la que se prorrogan las Decisiones no 2/78 y no 2/79 por las que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario será aplicable en la Comunidad.

El texto de la Decisión figura adjunto al presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 7 de abril de 1987.

Por el Consejo

El Presidente

Ph. MAYSTADT

(1) DO no L 294 de 29. 12. 1972, p. 2.

(2) DO no L 174 de 29. 6. 1978, p. 31.

(3) DO no L 348 de 31. 12. 1979, p. 41.

DECISION Nº 2/86 DE LA COMISION MIXTA CEE-SUIZA

- Tránsito comunitario -

de 4 de diciembre de 1986

por la que se prorrogan las Decisiones no 2/78 y no 2/79 por las que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario

LA COMISION MIXTA,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario y, en particular, la letra a) del apartado 3 de su artículo 16,

Considerando que la Decisión no 2/78 de la Comisión mixta añadió al Acuerdo un Apéndice II A relativo a la introducción, a título experimental, de un formulario de declaración de tránsito comunitario que puede utilizarse en un sistema de tratamiento automático o electrónico de la información; que dicho Apéndice II A fue modificado por la Decisión no 2/79;

Considerando que el período de vigencia de tales Decisiones ha sido prorrogado por última vez hasta el 31 de diciembre de 1986 por la Decisión no 1/84; que se ha hecho patente la necesidad de prolongar más allá de esta fecha la utilización de dicho formulario; que conviene, por tanto, prorrogar la vigencia de las citadas Decisiones,

DECIDE:

Artículo 1

Las Decisiones no 2/78 y no 2/79 quedarán prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 1987.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 1987.

Hecho en Bruselas, el 4 de diciembre de 1986.

Por la Comisión mixta

El Presidente

F. KLEIN

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 07/04/1987
  • Fecha de publicación: 11/04/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 12/04/1987
Referencias anteriores
  • DECLARA aplicable la Decisión 2/86 de la Comisión Mixta Cee-Suiza, de 4 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-80397).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Aduanas
  • Suiza

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