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Documento DOUE-L-1987-80791

Reglamento (CEE) nº 1974/87 del Consejo, de 2 de julio de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 727/70 por el que se establece una organización común de mercados en el sector del tabaco bruto.

Publicado en:
«DOCE» núm. 184, de 3 de julio de 1987, páginas 30 a 30 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80791

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LASCOMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que, con fecha 20 de marzo de 1984, la Comisión remitió al Consejo una propuesta encaminada a fijar mediante licitación las restituciones a la exportación para numerosos productos agrícolas; que dicha propuesta todavía no ha sido adoptada por el Consejo; que, habida cuenta de la situación especial en la que se encuentra el mercado mundial del tabaco, es conveniente prever la posibilidad de fijar mediante licitación las restituciones

a la exportación para dicho producto, que conviene,

pues, modificar el reglamento (CEE) No 727/70 (4), cuya

última modificación la constituye el Reglamento (CEE)

No 1576/86 (5),

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 9 del Reglamento (CEE) No 727/70 se añadirá el párrafo siguiente:

«La restitución podrá fijarse mediante licitación.»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades

Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 2 de julio de 1987.

Por el Consejo

El Presidente

K. E. TYGESEN

AE

AE

EWG:L184UMBS20.96

FF: 1LSP; SETUP: 01; Hoehe: 280 mm; 64 Zeilen; 1841 Zeichen;

Bediener: MARK Pr.: C;

Kunde: ................................

(1) DO No L 89 de 3. 4. 1987, p. 66.

(2) DO No C 156 de 15. 6. 1987.

(3) DO No C 150 de 9. 6. 1987, p. 8.(4) DO No L 94 de 28. 4. 1970, p. 1.

(5) DO No L 139 de 24. 5. 1986, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 02/07/1987
  • Fecha de publicación: 03/07/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 03/07/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 9.2 del Reglamento 727/70, de 21 de abril (Ref. DOUE-L-1970-80032).
Materias
  • Mercados
  • Tabaco

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