(87/425/CEE)
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 77/99/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios intracomunitarios de productos a base de carne (1), modificada en último lugar por la Directiva 86/469/CEE (2) y, en particular, el apartado 1 del artículo 17,
Considerando que la lista de establecimientos de Uruguay autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad ha sido establecida inicialmente en la Decisión 86/473/CEE de la Comisión (3);
Considerando que una nueva inspección comunitaria in situ de los establecimientos de productos a base de carne proveniente de Uruguay ha revelado que el nivel de higiene de un establecimiento ha experimentado cambios con relación a la inspección precedente;
Considerando que es necesario modificar en consecuencia la lista de establecimientos;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Se sustituye el Anexo de la Decisión 86/473/CEE por el Anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 15 de julio de 1987.
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(1) DO no L 26 de 31. 12. 1977, p. 85.
(2) DO no L 275 de 26. 9.1986, p. 36.
(3) DO no L 279 de 30. 9. 1986, p. 53.
ANEXO
LISTA DE ESTABLECIMIENTOS
1.2.3 // // // // Número de Registro // Establecimiento // Dirección // // // // 2 // Frigorífico Colonia // Tarariras, Colonia // 8 // Frigorífico Canelones // Canelones, Canelones // 35 // Delta Brands Uruguay // Pando, Canelones // // //
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