EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que la Comunidad y las demás partes signatarias del Acuerdo del GATT sobre compras del sector público (1), iniciaron negociaciones en base a su artículo IX apartado 6 letra b) con vistas a mejorar determinadas disposiciones de dicho Acuerdo;
Considerando que el resultado de estas negociaciones es aceptable para la Comunidad,
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Comunidad Económica Europea el Protocolo de modificación del Acuerdo del GATT sobre compras del sector público.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decision.
Artículo 2
Se autoriza al presidente del Consejo para designar a la persona facultada para firmar el Protocolo a fin de obligar a la Comunidad.
Hecho en Bruselas, el 16 de noviembre de 1987.
Por el Consejo
El Presidente
P. SIMONSEN
(1) DO no L 71 de 17. 3. 1980, p. 44.
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