Está Vd. en

Documento DOUE-L-1987-81512

Reglamento (CEE) nº 3771/87 de la Comisión, de 16 de diciembre de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1183/86, por el que se establecen las modalidades del régimen de control de los precios y de las cantidades despachadas al consumo en España de determinados productos del sector de las materias grasas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 355, de 17 de diciembre de 1987, páginas 17 a 17 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81512

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,

Visto el Reglamento (CEE) no 475/86 del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por el que se determinan las normas generales del régimen de control de los precios y de las cantidades despachadas al consumo en España de determinados productos del sector de las materias grasas (1), y, en particular, su artículo 16,

Considerando que el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento (CEE) no 1183/86 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1664/87 (3), dispone la aplicación hasta el 31 de diciembre de 1987 de la cotización contemplada en el Reglamento (CEE) no 475/86;

Considerando, no obstante, que el régimen de control de los precios de los aceites vegetales destinados al consumo es aplicable durante 1988; que, por consiguiente, conviene prorrogar hasta el 31 de diciembre de 1988 la aplicación de dicha cotización;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento (CEE) no 1183/86, la fecha de « 31 de diciembre de 1987 » se substituye por la de « 31 de diciembre de 1988 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 1987.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 53 de 1. 3. 1986, p. 47.

(2) DO no L 107 de 24. 4. 1986, p. 17.

(3) DO no L 155 de 16. 6. 1987, p. 9.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/12/1987
  • Fecha de publicación: 17/12/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 17/12/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 14.1 del Reglamento 1183/86, de 21 de abril (Ref. DOUE-L-1986-80543).
Materias
  • Aceites vegetales
  • España
  • Grasas
  • Precios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid