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Documento DOUE-L-1987-81913

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 254/87 del Consejo, de 26 de enero de 1987, por el que se prorroga el derecho antidumping provisional respecto de las importaciones de motores eléctricos polifásicos normalizados con una potencia superior a 0,75 kW hasta 75 kW inclusive, originarios de Bulgaria, Checoslovaquia, Hungria, Polonia, República Democrática Alemana, Rumanía y la Unión Soviética.

Publicado en:
«DOCE» núm. 42, de 12 de febrero de 1987, páginas 55 a 55 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81913

TEXTO ORIGINAL

Página 1, el último considerando deberá leerse como sigue:

« Considerando que estos exportadores, que representan la casi totalidad del comercio en cuestión, no han formulado ninguna objeción,»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/02/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 254/87, de 26 de enero (Ref. DOUE-L-1987-80065).
Materias
  • Derechos antidumping
  • Energía eléctrica
  • Importaciones
  • Maquinaria
  • República Democrática Alemana
  • República Popular de Bulgaria
  • República Popular de Polonia
  • República Popular Húngara
  • República Socialista Checoslovaca
  • República Socialista de Rumania
  • República Socialista Federativa de Yugoslavia
  • Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas

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