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Documento DOUE-L-1988-80230

Reglamento (CEE) nº 824/88 de la Comisión, de 29 de marzo de 1988, por el que se establece la campaña de comercialización de los calabacines y de las nectarinas, incluidos los griñones.

Publicado en:
«DOCE» núm. 85, de 30 de marzo de 1988, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80230

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, sobre organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) nº 223/88 (2), y, en particular, el párrafo segundo del apartado 3 de su artículo 1,

Considerando que, con arreglo a la citada organización común de mercados, conviene determinar los períodos de las campañas de comercialización de las nectarinas (incluidos los griñones) y de los calabacines;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modifica el párrafo primero del apartado 3 del artículo 1 del Reglamento (CEE) nº 1035/72 de la forma siguiente:

1. Se sustituye el texto del primer guión por el siguiente:

" - los tomates, los pepinos, las berenjenas y los calabacines, del 1 de enero al 31 de diciembre. " 2. Se sustituye el texto del tercer guión por el siguiente:

" - los melocotones y las nectarinas (incluidos los griñones), del 1 de mayo al 31 de octubre "

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, de 29 de marzo de 1988.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO nº L 118 de 20. 5. 1972, p. 1.

(2) DO nº L 23 de 28. 1. 1988, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 29/03/1988
  • Fecha de publicación: 30/03/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 30/03/1988
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1.3 del Reglamento 1035/72, de 18 de mayo (Ref. DOUE-L-1972-80056).
Materias
  • Agrios
  • Frutos de hueso
  • Legumbres de fruto
  • Mercados

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