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Documento DOUE-L-1988-80466

Reglamento (CEE) nº 1384/88 de la Comisión, de 20 de mayo de 1988, por el que se modifica por vigesimosexta vez el Reglamento (CEE) nº 2213/76, relativo a la venta de leche desnatada en polvo procedente de existencias públicas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 128, de 21 de mayo de 1988, páginas 18 a 18 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80466

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1109/88 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 7,

Considerando que la letra a) del apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2213/76 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2931/87 (4), establece que la leche desnatada en polvo se venda por cantidades iguales o superiores a 10 toneladas; que, para el caso de que la cantidad disponible en el almacén fuese inferior a 10 toneladas, es preciso establecer que el contrato de venta pueda referirse a la cantidad disponible;

Considerando que las medidas adoptadas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En la letra b) del apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2213/76, se añade el siguiente párrafo:

« En caso de que la cantidad disponible en el almacén sea inferior a 10 toneladas, el contrato de venta podrá celebrarse por dicha cantidad. »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de mayo de 1988.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO no L 110 de 29. 4. 1988, p. 27.

(3) DO no L 249 de 11. 9. 1976, p. 6.

(4) DO no L 278 de 1. 10. 1987, p. 44.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/05/1988
  • Fecha de publicación: 21/05/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 21/05/1988
Referencias anteriores
  • COMPLETA el art. 2.1 B) del Reglamento 2213/76, de 10 de septiembre (Ref. DOUE-L-1976-80227).
Materias
  • Leche
  • Organismo de intervención
  • Venta

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