LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1441/88 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 70,
Considerando que, en virtud del apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 354/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, por el que se establecen las normas generales para la importación de vinos, de zumos y de mostos de uva (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3805/85 (4), los terceros países que exporten a la Comunidad Europea una cantidad total inferior a 1 000 hectolitros por año de vino y de zumo de uva presentados en envases de cuatro litros o menos quedarán exentos de la presentación del certificado y del boletín de análisis; que los países terceros que se benefician de dicha exención para sus exportaciones a la Comunidad figuran en el Anexo V del Reglamento (CEE) no 3590/85 de la Comisión (5), modificado por el Reglamento (CEE) no 1614/86 (6); que la India ha solicitado el beneficio de tal exención precisando que está dispuesta a respetar las condiciones relativas al misma; que, por
consiguiente, es necesario incluir ese país tercero en la lista que figura en el Anexo V del citado Reglamento;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el Anexo V del Reglamento (CEE) no 3590/85 se añadirá la siguiente palabra:
- « India ».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 1988.
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(1) DO no L 84 de 27. 3. 1987, p. 1.
(2) DO no L 132 de 28. 5. 1988, p. 1.
(3) DO no L 54 de 5. 3. 1979, p. 97.
(4) DO no L 367 de 31. 12. 1985, p. 39.
(5) DO no L 343 de 20. 12. 1985, p. 20.
(6) DO no L 142 de 28. 5. 1986, p. 22.
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