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Documento DOUE-L-1988-80846

Reglamento (CEE) nº 2269/88 del Consejo, de 19 de julio de 1988, que modifica el Reglamento (CEE) nº 1469/70 por el que se fijan las cantidades y los porcentajes de tabaco de las que se harán cargo los organismos de intervención, así como el porcentaje de la producción comunitaria de tabaco que, al ser superado, desencadena los procedimientos previstos en el artículo 13 del Reglamento (CEE) nº 727/70.

Publicado en:
«DOCE» núm. 199, de 26 de julio de 1988, páginas 44 a 46 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80846

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) No 727/70 del Consejo, de 21 de abril de 1970, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) No 2267/88 (2), y en particular el apartado 3 de su artículo 13,

Vista la propuesta de la Comisión (3),

Considerando que el Reglamento (CEE) No 1469/70 (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) No 3805/87 (5), fija los porcentajes y las cantidades de tabaco de las que se harán cargo los organismos de intervención, así como el porcentaje de la producción comunitaria que, al ser superado, desencadena la aplicación de los instrumentos de control del mercado del tabaco;

Considerando que, con objeto de que no aumente la producción de tabaco comunitario de las variedades destinadas a la intervención, ya que su salida al mercado resulta difícil, es conveniente adaptar los porcentajes y las cantidades mencionadas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1 El Anexo del Reglamento (CEE) No 1469/70 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir de la cosecha de 1988.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de julio de 1988.

Por el Consejo El Presidente Y. POTTAKIS EWG:L168UMBS19.95 FF: 8USP; SETUP: 01; Hoehe: 405 mm; 50 Zeilen; 2280 Zeichen;

Bediener: UTE0 Pr.: C;

Kunde:

(1) DO No L 94 de 28. 4. 1970, p. 1. (2) Véase página 18 del presente Diario

Oficial. (3) DO No C 139 de 30. 5. 1988, p. 96. (4) DO No L 164 de 27. 7. 1970, p. 35. (5) DO No L 357 de 19. 12. 1987, p. 1. ANEXO "ANEXO Porcentajes y cantidades contempladas en el apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CEE) No 727/70 Número de orden Variedades Porcentaje (%) Cantidad (en toneladas de tabaco en hoja) 1 Badischer Geudertheimer y sus híbridos 10 960 2 Badischer Burley E y sus híbridos 10 800 3 Virgin D 10 660 4 5 6 a) Paraguay y sus híbridos b) Dragon vert y sus híbridos, Philippin, Petit Grammont (Flobecq), Semois, Appelterre Nijkerk a) Misionero y sus híbridos b) Rio Grande y sus híbridos aa A A A a A A A s 10 2 380 7 Bright 10 3 040 8 Burley I 10 3 360 9 Maryland 10 240 10 a) Kentucky y sus híbridos b) Moro di Cori c) Salento aa A a A s 10 800 11 a) Forchheimer Havana II c b) Nostrano del Brenta c) Resistente 142 d) Gojano aa A A a A A s 10 1 960 12 a) Beneventano b) Brasile Selvaggio y variedades similares aa a s 10 4 13 Xanti-Yakà 10 870 14 a) Perustitza b) Samsun aa a s 10 790 15 Erzegovina y variedades similares 10 480 16 a) Round Tip b) Scafati c) Sumatra I aa A a A s 10 7 17 Basmas 10 2 400 18 Katerini y variedades similares 10 1 840 19 a) Kaba Koulak clásico b) Elassona aa a s 10 2 490 20 a) Kaba Koulak no clásico b) Myrodata Smyrne, Trapezous y Phi 1 aa a s 10 470 21 Myrodata Agrinion 10 540 Número de orden Variedades porcentaje (%) Cantidad (en toneladas de tabaco en hoja) 22 Zichnomyrodata 10 80 23 Tsebelia 10 1 840 24 Mavra 10 800 25 Burley EL 10 880 26 Virginia EL 10 280 27 Santa Fe 10 50 28 Burley fermenté 10 1 960 29 Havana E 10 70 30 Round Scafati 10 2 31 Virginia E 10 880 32 Burley E 10 450 33 Virginia P 10 260 34 Burley P 10 " 140" EWG:L168UMBS20.96 FF: 8USP; SETUP: 01; Hoehe: 517 mm; 215 Zeilen; 1631 Zeichen;

Bediener: UTE0 Pr.: C;

Kunde: 41979 l168umbs20

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/07/1988
  • Fecha de publicación: 26/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 26/07/1988
  • Aplicable desde la cosecha de 1988.
Referencias anteriores
Materias
  • Organismo de intervención
  • Tabaco

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