LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 64/433/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios intracomunitarios de carne fresca (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 88/288/CEE (2), y, en particular, su artículo 9,
Considerando que la Decisión 85/446/CEE de la Comisión, de 18 de septiembre de 1985 (3), estableció las normas de control sobre el terreno que deben efectuarse en los intercambios intracomunitarios de carnes frescas, modificada por la Decisión 88/151/CEE (4);
Considerando que la aplicación de las disposiciones de controles de rutina sobre el terreno, incluidas en el Capítulo II de la mencionada Decisión, termina el 31 de diciembre de 1988; que tales disposiciones han sido necesarias para la buena aplicación de la Directiva 64/433/CEE y que, por consiguiente, es conveniente prolongarlas;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Se sustituye, en el artículo 11 de la Decisión 85/446/CEE, la fecha del 31 de diciembre de 1988 por la del 31 de diciembre de 1989.
Artículo 2
Las disposiciones de la presente Decisión entrarán en vigor el 1 de enero de 1989.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 1989.
Por la Comisión
Ray MAC SHARRY
Miembro de la Comisión
(1) DO no 121 de 29. 7. 1964, p. 2012/64.
(2) DO no L 124 de 18. 5. 1988, p. 28.
(3) DO no L 260 de 2. 10. 1985, p. 19.
(4) DO no L 71 de 17. 3. 1988, p. 46.
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