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Documento DOUE-L-1991-80470

Reglamento (CEE) nº 1029/91 del Consejo, de 22 de abril de 1991, por el que se modifica por decimotercera vez el Reglamento (CEE) nº 351/79 relativo a la adición de alcohol a los productos del sector vitivinícola.

Publicado en:
«DOCE» núm. 106, de 26 de abril de 1991, páginas 6 a 6 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-80470

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LASCOMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 3577/90 (2), y en particular el apartado 2 de su artículo 25,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, a la espera de que se adopten disposiciones que completen

o armonicen las definiciones de los vinos de aguja y de los productos del código NC 2205, conviene prorrogar un año las disposiciones contenidas en el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 351/79 (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1372/90 (4); que, por otra parte, la experiencia adquirida muestra que dicha prórroga no debería plantear inconvenientes,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 351/79, la fecha de 31 de diciembre de 1990 se sustituye por la de 31 de diciembre de 1991.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1991. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 22 de abril de 1991. Por el Consejo

El Presidente

R. STEICHEN

(1) DO no L 84 de 27. 3. 1987, p. 1. (2) DO no L 353 de 17. 12. 1990, p. 23. (3) DO no L 54 de 5. 3. 1979, p. 90. (4) DO no L 133 de 24. 5. 1990, p. 5.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 22/04/1991
  • Fecha de publicación: 26/04/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 29/04/1991
  • Aplicable desde el 1 de enero de 1991.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4 del Reglamento 351/79, de 5 de febrero (Ref. DOUE-L-1979-80077).
Materias
  • Alcoholes
  • Vinos
  • Viticultura

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