Está Vd. en

Documento DOUE-L-1991-81062

Reglamento (CEE) nº 2266/91 de la Comisión, de 29 de julio de 1991, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1657/91 relativo a la realización de acciones de promoción y de publicidad en el sector de la leche y de los productos lácteos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 208, de 30 de julio de 1991, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-81062

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1079/77 del Consejo, de 17 de mayo de 1977, relativo a una tasa de corresponsabilidad y a determinadas medidas destinadas a ampliar los mercados en el sector de la leche y de los

productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1632/91 (2), y, en particular, su artículo 4,

Considerando que, en virtud del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 1657/91 de la Comisión (3), las propuestas deberán recibirse en el organismo competente antes del 1 de julio de 1991; que en Portugal las organizaciones interesadas tenían por primera vez la ocasión de participar en una acción comunitaria de este tipo; que, por carecer de experiencia suficiente y por la brevedad del plazo de presentación, no les fue posible elaborar las propuestas correspondientes a tiempo; que, por lo tanto, es conveniente ampliar el citado plazo hasta el 27 de julio de 1991 para Portugal;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Tras la primera frase del párrafo tercero del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 1657/91 se añade un punto y coma seguido del siguiente texto: « sin embargo, en el caso de Portugal, deberán recibirse antes del 27 de julio de 1991 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de julio de 1991. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 131 de 26. 5. 1977, p. 6. (2) DO no L 150 de 15. 6. 1991, p. 23. (3) DO no L 151 de 15. 6. 1991, p. 45.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 29/07/1991
  • Fecha de publicación: 30/07/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 02/08/1991
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3 del Reglamento 1657/91, de 14 de junio (Ref. DOUE-L-1991-80795).
Materias
  • Ayudas
  • Leche
  • Portugal
  • Productos lácteos
  • Publicidad

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid