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Documento DOUE-L-1991-82067

Decisión del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por la que se modifican los estatutos de la empresa común Joint European Torus (JET).

Publicado en:
«DOCE» núm. 375, de 31 de diciembre de 1991, páginas 9 a 20 (12 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-82067

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 50,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que, a los efectos de la ejecución del proyecto JET, el

Consejo, mediante la Decisión 78/471/Euratom (4), estableció la empresa común Joint European Torus (JET) y adoptó sus estatutos, modificados en último lugar por la Decisión 88/447/Euratom (5);

Cosiderando que, para alcanzar en su totalidad los objetivos del proyecto JET, tal y como se definen en la Decisión 78/471/Euratom, y para establecer métodos fiables de control de las impurezas del plasma antes de proceder a la construcción de un dispositivo de fusión de la siguiente etapa (Next step), es preciso introducir una nueva fase en el programa JET, cuyo objetivo será establecer el control efectivo de las impurezas en condiciones de funcionamiento similares a las del reactor del Next step;

Considerando que el Consejo, mediante su Decisión 90/221/Euratom, CEE (6), adoptó un tercer programa marco de acciones comunitarias de investigación y de desarrollo tecnológico (1990-1994), en el que especifica, entre otras cosas, la posible prórroga de la empresa común JET; que la presente Decisión deberá adoptarse a la luz de los motivos expuestos en el preámbulo de dicha Decisión;

Considerando que la Comisión ha llevado a cabo la evaluación y la valoración establecidas en artículo 3 de la Decisión 88/448/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1988, por la que se adopta un programa de investigación y formación plurianual en el campo de la fusión termonuclear controlada (7) y presenta esta propuesta basándose en dicha evaluación y valoración;

Considerando que el consejo JET ha aprobado con este fin una prórroga de la empresa común hasta el 31 de diciembre de 1996 y las modificaciones correspondientes de los estatutos de JET;

Considerando que el consejo de Investigación de las Ciencias Naturales de Suecia ha sustituido a la Comisión de Investigación de la Energía de Suecia como miembro sueco de la empresa común a partir del 1 de julio de 1987;

Considerando que el 1 de enero de 1990 el Kernforschungsanlage Juelich GmbH pasó a denominarse Forschungszentrum Juelich GmbH;

Considerando que el 14 de septiembre de 1991 el Comitato Nazionale per la ricerca e per lo sviluppo dell'energia nucleare e delle energie alternative (ENEA) pasó a denominarse Ente per le nuove tecnologie, l'energia e l'ambiente (ENEA),

DECIDE:

Artículo 1

Quedan aprobadas las modificaciones de los estatutos de la empresa común Joint European Torus (JET) que figuran en el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre 1991.

Por el ConsejoEl PresidenteP. DANKERT

(1)DO n° C 261 de 16. 10. 1990, p. 8.

(2)Dictamen emitido el 10 de diciembre de 1991 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3)DO n° C 120 de 6. 5. 1991, p. 1.

(4)DO n° L 151 de 7. 6. 1978, p. 10.

(5)DO n° L 222 de 12. 8. 1988, p. 4.

(6)DO n° L 117 de 8. 5. 1990, p. 28.

(7)DO n° L 222 de 12. 8. 1988, p. 5.

ANEXO

1. El punto 1.3 de los estatutos de la empresa común Joint European Torus (JET) se sustituirá por el texto siguiente:

«1.3. La empresa común constará de los siguientes miembros:

- la Comunidad Europea de la Energía Atómica (en lo sucesivo denominada "Euratom",

- el Estado belga (en lo sucesivo denominado "Bélgica" en representación propia (Laboratoire de physique des plasmas de l'Ecole royale militaire-Laboratorium voor plasmaphysica van de Koninklijke Militaire School) y en nombre de la Université libre de Bruxelles (Service de physique statistique, plasmas et optique non-linéaire de l'ULB), y del Centre d'étude de l'énergie nucléaire (CEN)/Studiecentrum voor Kernenergie (SCK),

- el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnólgicas, España (denominado en lo sucesivo "CIEMAT"),

- el Commissariat à l'énergie atomique, Francia (denominado en lo sucesivo "CEA"),

- el Ente per le Nuove Tecnologie, l'Energia e l'Ambiente (denominado en lo sucesivo "ENEA", que a partir del 1 de enero de 1986 ha representado a todas las actividades italianas comprendidas en el programa de fusión Euratom, incluida la del Consiglio Nazionale delle Ricerche, (CNR),

- la República Helénica (en lo sucesivo denominada "Grecia"),

- el Forschungszentrum Juelich GmbH, Alemania (denominado en lo sucesivo "KFA" y que hasta el 1 de enero de 1990 era conocido como Kernforschungsanlage Juelich GmbH),

- el Forskningscenter Risoe, Dinamarca (denominado en lo sucesivo "Risoe"),

- el Gran Ducado de Luxemburgo (denominado en lo sucesivo "Luxemburgo"),

- la Junta Nacional de Investigação Cientifica e Tecnológica Portugal (en lo sucesivo denominada "JNICT"),

- Irlanda,

- de Max-Planck-Gesellschaft zur Foerderung der Wissenschaften e.V. - Institut fuer Plasmaphysik, Alemania (denominado en lo sucesivo "IPP"),

- el Consejo de Investigación de las Ciencias Naturales de Suecia (en lo sucesivo denominado «NFR», que sustituyó a la Comisión de Investigación de la Energía de Suecia el 1 de julio de 1987, la cual sucedió a su vez a la Junta Nacional Sueca para el Desarrollo de las Fuentes de Energia el 1 de julio de 1982),

- la Confederación Suiza (denominada en lo sucesivo "Suiza"),

- el Stichting voor Fundamenteel Onderzoek der Materie, Países Bajos (denominado en lo sucesivo "FOM"),

- la Autoridad de la Energía Atómica del Reino Unido (denominada en lo sucesivo "la Autoridad" o "la Institución Organizadora").»

2. En punto 4.1.1, la referencia «SERC» se sustituirá por «NFR».

3. El punto 19.1 de los estatutos de la empresa común Joint European Torus (JET) se sustituirá por el texto siguiente:

«19.1. La empresa común se constituirá para un período que va hasta el 31 de diciembre de 1996.»

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 19/12/1991
  • Fecha de publicación: 31/12/1991
  • Efectos desde el 1 de enero de 1992.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Puntos 1.3, 4.1.1 y 19.1 de los Estatutos aprobados por Decisión 78/471, de 30 de mayo (Ref. DOUE-L-1978-80140).
Materias
  • Empresas
  • Investigación científica
  • Medio ambiente

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