Rectificación al Reglamento (CEE) nº 2381/91 del Consejo, de 29 de julio de 1991, que modifica por segunda vez el Reglamento (CEE) nº 3926/90, por el que se fijan, para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1991 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse.
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«DOCE» núm. 257, de 14 de septiembre de 1991, páginas 48 a 48 (1 pág.)