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Documento DOUE-L-1992-80167

Reglamento (CEE) nº 374/92 de la Comisión, de 17 de febrero de 1992, que modifica el Anexo del Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 41, de 18 de febrero de 1992, páginas 9 a 9 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-80167

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 234/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, relativo al procedimiento de adaptación de la nomenclatura del arancel aduanero común utilizado para los productos agrícolas (1), modificado por el Reglamento (CEE) no 3209/89 (2), y, en particular, su artículo 2,

Considerando que el Anexo del Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1630/91 (4), incluye los cereales para desayuno tipo « muesli » en el código NC 2106;

Considerando que estos productos han cambiado de clasificación arancelaria desde el 1 de enero de 1992 y corresponden en adelante al código 2008;

Considerando que, por consiguiente, procede adaptar el Anexo del Reglamento (CEE) no 804/68 a partir de esa fecha;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el Anexo del Reglamento (CEE) no 804/68, se añaden los siguientes códigos tras el código NC 2008 11 10:

Código NC Designación « ex 2008 92 Cereales para desayuno tipo "muesli" que contengan copos de cereales no tostados ex 2008 99 Cereales para desayuno tipo "muesli" que contengan copos de cereales no tostados »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable con efectos desde el 1 de enero de 1992. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 1992. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 34 de 9. 2. 1979, p. 2. (2) DO no L 312 de 27. 10. 1989, p. 5. (3) DO no L 148 de 27. 6. 1968, p. 13. (4) DO no L 150 de 15. 6. 1991, p. 19.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/02/1992
  • Fecha de publicación: 18/02/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 21/02/1992
  • Aplicable desde el 1 de enero de 1992.
Referencias anteriores
Materias
  • Leche
  • Mercados
  • Productos lácteos

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