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Documento DOUE-L-1992-80684

Reglamento (CEE) Nº 1264/92 de la Comisión, de 18 de mayo de 1992, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 429/90 relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda para la mantequilla concentrada destinada al consumo inmediato en la Comunidad y (CEE) nº 3143/85 relativo a la comercialización a precio reducido de mantequilla de intervención destinada al consumo inmediato en forma de mantequilla concentrada.

Publicado en:
«DOCE» núm. 135, de 19 de mayo de 1992, páginas 5 a 5 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-80684

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 816/92 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 6 y el apartado 3 de su artículo 7bis,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 429/90 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3301/90 (4), y el Reglamento (CEE) no 3143/85 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3683/91 (6), contienen disposiciones análogas sobre el marcado de los envases de mantequilla concentrada destinada al consumo directo en la Comunidad; que es conveniente completar y armonizar las menciones indicadas en dichos Reglamentos teniendo en cuenta las denominaciones comerciales existentes en los Estados miembros en este sector;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. El tercer guión del apartado 3 del artículo 10 del Reglamento (CEE) no 429/90 será sustituido por el texto siguiente:

« - "Butterfett - Verordnung (EWG) Nr. 429" oder "Butterkonzentrat - Verordnung (EWG) Nr. 429/90" oder "Butterschmalz - Verordnung (EWG) Nr. 429/90"; »

2. En el segundo guión del apartado 4 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 3143/85 se añade la mención siguiente: « o "Butterschmalz" ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 1992. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. (2) DO no L 86 de 1. 4. 1992, p. 83. (3) DO no L 45 de 21. 2. 1990, p. 8. (4) DO no L 317 de 16. 11. 1990, p. 24. (5) DO no L 298 de 12. 11. 1985, p. 9. (6) DO no L 349 de 18. 12. 1991, p. 37.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/05/1992
  • Fecha de publicación: 19/05/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 22/05/1992
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
Materias
  • Ayudas
  • Mantequilla

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