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Documento DOUE-L-1992-81821

Reglamento (CEE) núm. 3251/92 de la Comisión, de 9 de noviembre de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación.

Publicado en:
«DOCE» núm. 324, de 10 de noviembre de 1992, páginas 18 a 19 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-81821

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2777/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975,

por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de aves de corral (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1235/89 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2505/92 de la Comisión, de 14 de julio de 1992, por el que se modifican las Anexos I y II del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (3) establece una subdivisión para los pollitos vivos de un peso que no exceda de 185 g;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3846/87 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3064/92 (5), establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones basándose en la nomenclatura combinada; que conviene adaptar aquella a la modificación arriba mencionada;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y huevos de aves de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el sector 8 del Anexo del Reglamento (CEE) no 3846/87, el código NC « 0105 11 00 » se sustituye por los códigos NC « 0105 11 » a « 0105 11 99 » que figuran en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1993. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de noviembre de 1992. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 282 de 1. 11. 1975, p. 77. (2) DO no L 128 de 11. 5. 1989, p. 29. (3) DO no L 267 de 14. 9. 1992, p. 1. (4) DO no L 366 de 24. 12. 1987, p. 1. (5) DO no L 308 de 24. 10. 1992, p. 17.

ANEXO

8. Carnes de aves

Código NC Designación de la mercancía Código de productos « 0105 11 Pollitos (del género Gallus domesticus): Pollitos hembras de selección y de multiplicación: 0105 11 11 Razas ponedoras 0105 11 11 000 0105 11 19 Los demás 0105 11 19 000 Los demás: 0105 11 91 Razas ponedoras 0105 11 91 000 0105 11 99 Los demás 0105 11 99 000 »

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/11/1992
  • Fecha de publicación: 10/11/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1993
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo del Reglamento 3846/87, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81579).
Materias
  • Exportaciones
  • Nomenclatura
  • Productos agrícolas

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