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Documento DOUE-L-1993-80365

Decisión de la Comisión, de 22 de febrero de 1993, por la que se establece el formulario normalizado previsto en el artículo 6 de la Directiva 88/599/CEE del Consejo en el sector de los transportes por carretera.

Publicado en:
«DOCE» núm. 72, de 25 de marzo de 1993, páginas 30 a 32 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-80365

TEXTO ORIGINAL

(93/172/CEE)LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 88/599/CEE del Consejo, de 23 de noviembre de 1988, sobre procedimientos uniformes para la aplicación del Reglamento (CEE) no 3820/85 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera, y del Reglamento (CEE) no 3821/85 relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera (1), y, en particular, su artículo 6,

De acuerdo con los Estados miembros de conformidad con el apartado 2 del artículo 6 de la Directiva 88/599/CEE,

Considerando que conviene establecer el formulario normalizado contemplado en el apartado 2 del artículo 6 de la Directiva 88/599/CEE, que deberán utilizar las autoridades competentes de los Estados miembros para comunicarse regularmente determinadas informaciones en el marco de la asistencia mutua,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

1. Se establece el formulario normalizado contemplado en el apartado 2 del artículo 6 de la Directiva 88/599/CEE, de conformidad con el modelo que figura en el Anexo de la presente Decisión.

2. Las autoridades competentes de cada Estado miembro utilizarán el formulario normalizado a partir del 1 de abril de 1993.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 22 de febrero de 1993.

Por la Comisión

Abel MATUTES

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 325 de 29. 11. 1988, p. 55.

ANEXO

Modelo de formulario normalizado para el intercambio de informaciones relativas a las sanciones (artículo 6 de la Directiva 88/599/CEE del Consejo)

1. INFRACCIONES COMETIDAS POR TRANSPORTISTAS NO RESIDENTES Y SANCIONES APLICADAS ESTADO AÑO

/ Cuadros: Véase DO /

2. ACTUACION EN EL ESTADO DE ORIGEN ANTE LAS INFRACCIONES COMETIDAS POR SUS CIUDADANOS EN OTROS ESTADOS MIEMBROS ESTADO: AÑO:

/ Cuadros: Véase DO /

Persona responsable de esta comunicación

Apellidos: Nombre:

Cargo:

Dirección administrativa:

Teléfono:

Fecha: Firma:

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 22/02/1993
  • Fecha de publicación: 25/03/1993
  • Aplicable el formulario desde el 1 de abril de 1993.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Directiva 88/599, de 23 de noviembre (Ref. DOUE-L-1988-81341).
Materias
  • Transportes por carretera
  • Transportes terrestres

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