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Documento DOUE-L-1993-81402

Decisión del Consejo, de 22 de julio de 1993, relativa al programa marco para las acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística 1993-1997.

Publicado en:
«DOCE» núm. 219, de 28 de agosto de 1993, páginas 1 a 21 (21 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-81402

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 213,

Vista la propuesta de la Comisión(1) ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo(2) ,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social(3) ,

Considerando que la Comunidad ha adoptado importantes decisiones con vistas a la aplicación y al buen funcionamiento del mercado interior y que pretende la realización de una unión económica y monetaria;

Considerando que para la concepción, realización, seguimiento y evaluación de sus políticas, la Comunidad debe disponer de informaciones estadísticas comparables entre Estados miembros, actualizadas, fiables, pertinentes y producidas de la forma más eficaz posible;

Considerando que, para garantizar la coherencia y comparabilidad de la información estadística en la Comunidad, conviene elaborar un programa marco estadístico a medio plazo, que será realizado bien por acuerdo mutuo entre la Comisión y los Estados miembros o bien mediante acciones específicas que decidirán, según el caso, el Consejo o, para acciones limitadas, la Comisión;

Considerando que la aplicación de las acciones específicas se hará, por norma general, bajo la autoridad de los organismos e instituciones encargados de la elaboración de las estadísticas oficiales;

Considerando que la especificidad de la elaboración de las estadísticas comunitarias, que está basada en los sistemas estadísticos nacionales, requiere una colaboración especialmente estrecha en el marco del Comité del programa estadístico respecto de la creación de los instrumentos jurídicos necesarios para establecer dichas estadísticas comunitarias;

Considerando que, antes de presentar su propuesta, la Comisión consultó al Comité del programa estadístico, al Comité de estadísticas monetarias, financieras y de balanza de pagos, al Comité consultivo europeo de información estadística en los ámbitos económico y social, al Comité permanente de estadística agrícola y al Comité de estadística de comercio exterior, y que dichos Comités se pronunciaron a favor de la propuesta de la Comisión,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

El programa marco estadístico de la Comunidad indica las acciones prioritarias previstas para el período 1993-1997. Dicho programa figura como Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Las acciones prioritarias corresponden a los siguientes ámbitos:

a) funcionamiento del mercado único,

b) política social, cohesión económica y social y protección de los consumidores,

c) Unión Económica y Monetaria,

d) relaciones entre la Comunidad y el resto del mundo,

e) desarrollo de tecnologías estadísticas y de recursos humanos.

Artículo 3

Cada año la Comisión presentará al Comité del programa estadístico creado mediante la Decisión 89/382/CEE, Euratom(4) las orientaciones para la ejecución del programa estadístico.

El Comité del programa estadístico se pronunciará sobre dichas orientaciones y, en particular sobre:

- las acciones que haya propuesto con carácter prioritario la Comisión, teniendo en cuenta los imperativos financieros tanto a nivel nacional como comunitario;

- los procedimientos y, en su caso, los instrumentos jurídicos que la Comisión se proponga adoptar para la aplicación del programa.

La Comisión tendrá especialmente en cuenta las observaciones del Comité del programa estadísticos y actuará de la forma que considere más adecuada.

Artículo 4

El Programa marco estadístico a que se refiere el artículo 1 se aplicará mediante acciones estadísticas específicas:

a) que decidirá el Consejo de conformidad con las disposiciones pertinentes del Tratado;

b) que decidirá la Comisión en las condiciones que se establecen en el artículo 5 y con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 6;

c) que decidirán, mediante acuerdo, la Comisión y las autoridades nacionales en el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 5

La Comisión podrá decidir aplicar una acción estadística concreta siempre que cumpla las dos condiciones siguientes:

- la duración de la acción no será superior a un año;

- la recopilación de datos deberá limitarse bien a datos administrativos y estadísticos ya disponibles, bien a aquellos a los que las autoridades nacionales competentes permitan el acceso o bien a datos que pueden recogerse directamente y de cuyos gastos adicionales a nivel nacional se haga cargo la Comisión.

Artículo 6

1. A efectos de la aplicación del artículo 5, el Comité del programa estadístico asistirá a la Comisión.

2. El representante de la Comisión presentará al Comité un proyecto de las medidas que deban tomarse. El Comité emitirá su dictamen sobre dicho proyecto en un plazo que el presidente podrá determinar en función de la urgencia de la cuestión de que se trate. El dictamen se emitirá según la mayoría prevista en el apartado 2 del artículo 148 del Tratado para adoptar aquellas decisiones que el Consejo deba tomar a propuesta de la Comisión. Con motivo de la votación en el Comité, los votos de los representantes de los Estados miembros se ponderarán de la manera definida en el mencionado artículo. El presidente no tomará parte en la votación.

3. a) La Comisión adoptará las medidas previstas cuando sean conformes al dictamen del Comité.

b) Cuando las medidas previstas no sean conformes al dictamen del Comité o en caso de ausencia de dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una propuesta relativa a las medidas que deban tomarse. El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada.

Si, transcurrido un plazo de tres meses a partir del momento en que la propuesta se haya sometido al Consejo, éste no se hubiere pronunciado, la Comisión adoptará las medidas propuestas, excepto en el caso en que el Consejo se haya pronunciado por mayoría simple contra dichas medidas.

Artículo 7

La Comisión indicará en sus propuestas al Consejo, así como en sus proyectos de medidas que deba presentar al Comité mencionado en el artículo 6:

- los motivos que justifican la acción propuesta, en particular desde el punto de vista de los objetivos de la política comunitaria de que se trate;

- los objetivos precisos y cuantificados de la acción, así como una evaluación de los resultados que se pretenden;

- las modalidades para la realización de la acción, su duración y el papel de las autoridades estadísticas nacionales y comunitarias;

- la función de los Comités especializados competentes en la materia;

- un análisis de rentabilidad que tendrá en cuenta las cargas financieras de la acción tanto para la Comunidad como para los Estados miembros;

- las recomendaciones estadísticas internacionales que hayan de observarse en los ámbitos tratados;

- las soluciones que permitan reducir al mínimo la carga de respuestas en los cuestionarios estadísticos de los declarantes.

Artículo 8

La ejecución en los Estados miembros de la acciones estadísticas específicas corresponderá a las autoridades estadísticas nacionales. En las normas de desarrollo se tendrá en cuenta la organización de la estadística oficial de cada Estado miembro.

Artículo 9

Los Estados miembros comunicarán la información estadística con arreglo a las modalidades establecidas para cada acción específica de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (Euratom, CEE) no 1588/90 del Consejo, de 11 de junio de 1990, relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico(5) .

Artículo 10

La Comisión examinará el estado de ejecución del programa marco durante su tercer año de vigencia. Previa consulta al Comité del programa estadístico, la Comisión valorará fundamentalmente si se han alcanzado los objetivos y prioridades del programa y someterá, en su caso, propuesta de adaptación.

Al final de período que corresponde al programa marco, la Comisión presentará, previa consulta al Comité del programa estadístico, un informe sobre la ejecución del programa. Dicho informe se remitirá al Consejo y al Parlamento Europeo antes de que finalice el año 1998.

Artículo 11

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 1993.

Por el Consejo El Presidente H. OFFECIERS-VAN DE WIELE

(1) DO no C 277 de 26. 10. 1992, p. 54.

(2) DO no C 176 de 28. 6. 1993.

(3) DO no C 19 de 25. 1. 1993, p. 62.

(4) DO no L 181 de 28. 6. 1989, p. 47.

(5) DO no L 151 de 15. 6. 1990, p. 1.

ANEXO

PROGRAMA MARCO 1993-1997 GRANDES LINEAS DE ACTUACION PREVISTAS EN MATERIA DE INFORMACION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD OBJETIVOS GENERALES

VINCULOS CON OTROS PROGRAMAS DE COOPERACION

PROGRAMAS ESTADISTICOS SECTORIALES

I. PROGRAMAS SECTORIALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO UNICO

A. Programas sectoriales de política industrial, de transportes de energía, de I+D y de turismo

Finalidad

Objetivos estadísticos

1. Normas

2. Estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros

3. Estadísticas de empresas

a) Industria

b) Servicios

4. Estadísticas de transportes

5. Estadísticas de investigación y desarrollo tecnológico

6. Estadísticas de energía

7. Estadísticas de turismo

B. Programas sectoriales de gestión de las políticas agraria y de pesca

Finalidad

Objetivos estadísticos

1. Estadísticas agrarias

a) producción agrarias

b) precios y rentas agrarias

c) estructuras agrarias

d) industria agroalimentaria

e) silvicultura

2. Estadísticas de pesca

C. Programas sectoriales de políticas de medio ambiente

Finalidad

Objetivo estadísticos

Estadísticas de medio ambiente

II. PROGRAMAS SECTORIALES DE POLITICA SOCIAL, COHESION ECONOMICA Y SOCIAL Y PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES

Finalidad

Objetivos estadísticos

1. Estadísticas de empleo

2. Estadísticas sobre las condiciones de vida y trabajo y sobre la protección

a) población:

b) condiciones de trabajo:

c) condiciones de vida y protección social:

3. Estadísticas de educación y formación profesional

4. Estadísticas de salud y seguridad

5. Estadísticas regionales y locales

6. Estadísticas para la protección de los consumidores

III. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA UNION ECONOMICA Y MONETARIA

Finalidad

Objetivos estadísticos

1. Cuentas nacionales (económicas y financieras)

2. Estadísticas del sector público

a) Estadísticas de las empresas públicas

b) Estadísticas de la administración pública

3. Estadísticas sobre la balanza de pagos

4. Estadísticas de precios

5. Indicadores de coordinación de la política monetaria

6. Estadísticas sobre el ecu

7. Estadísticas de comercio exterior

IV. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA COMUNIDAD Y EL RESTO DEL MUNDO

Finalidad

Objetivos estadísticos

1. La estadística y el espacio económico europeo

2. Desarrollo de los sistemas estadísticos de los países en proceso de transición

3. Desarrollo de los sistemas estadísticos de los países en vías de desarrollo

4. Cooperación con los demás países terceros

5. Coordinación con las organizaciones internacionales

V. DESARROLLO DE TECNOLOGIAS ESTADISTICAS Y DE RECURSOS HUMANOS

Finalidad

Objetivos estadísticos

1. Difusión e informática estadísticas

a) Proyecto DSIS (Distributed Statistical Information Services)

b) Establecimiento de una red de difusión del sistema estadístico comunitario

2. Formación estadística

3. Investigación estadística

a) programa «Development of Statistical Experts Systems» (DOSES)

b) transferencia de tecnología entre sistemas

c) dimensión geográfica

PROGRAMA MARCO 1993-1997 - GRANDES LINEAS DE ACTUACION PREVISTAS EN MATERIA DE INFORMACION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD OBJETIVOS GENERALES El sistema estadístico de la Comunidad tiene el cometido siguiente:

- aplicar un conjunto de normas, métodos y estructuras organizativas que permitan la producción de estadísticas comparables, fiables y pertinentes en el conjunto de la Comunidad,

- ofrecer a las instituciones europeas y a los Gobiernos de los Estados miembros la información requerida para la aplicación, el seguimiento y la evaluación de las políticas comunitarias,

- difundir la información estadística al público europeo, a las empresas y al conjunto de los agentes económicos y sociales para acompañar sus decisiones,

- contribuir a la mejora de los sistemas estadísticos en los Estados miembros y apoyar el desarrollo de los países en vías de desarrollo y de los países en transición hacia una economía de mercado.

La consecución de los objetivos mencionados implicará una actuación en los ámbitos siguientes:

a) el desarrollo de clasificaciones, metodologías y definiciones comunes

directamente aplicables en los Estados miembros, con el apoyo de la legislación comunitaria;

b) la realización de encuestas estadísticas comunes sobre bases estadísticas armonizadas;

c) la elaboración, el análisis y la difusión de resultados estadísticos de la Comunidad, incluidas las comparaciones entre países y entre regiones;

d) la integración del acervo comunitario en los programas estadísticos de los Estados miembros;

e) el fomento de la convergencia de las prácticas estadísticas nacionales a través de medidas de formación comunes;

f) el apoyo al desarrollo de los sistemas estadísticos de los países comunitarios y extracomunitarios a partir de acciones estructurales y sobre la base de intercambios de tecnologías y experiencias entre los Estados miembros y con los terceros países.

VINCULOS CON OTROS PROGRAMAS DE COOPERACION Además de la especial relación con los sistemas estadísticos nacionales de los Estados miembros, la cooperación se extenderá a los sistemas estadísticos de los países de la AELC, en el marco del espacio económico europeo, e incluirá las organizaciones internacionales activas en el campo de la estadística, y particularmente las Naciones Unidas y sus agencias y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

PROGRAMAS ESTADISTICOS SECTORIALES

I. PROGRAMAS SECTORIALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO UNICO A. Programas sectoriales de política industrial, de transportes, de energía, de I+D y de turismo

Finalidad

Contribuir a la elaboración de la información estadística necesaria para el correcto funcionamiento del mercado único europeo. Dicha contribución se realizará ofreciendo a las instancias de decisión (administraciones, empresas e interlocutores sociales) los datos requeridos para fomentar la competitividad de la economía comunitaria en el plano internacional, garantizando, al mismo tiempo, una mayor transparencia del mercado.

Objetivos estadísticos

Proponer a los sistemas estadísticos de los Estados miembros la armonización de normas, la realización de encuestas estadísticas comunitarias, la elaboración de estadísticas a partir de datos existentes y la creación de infraestructuras estadísticas comunes (por ejemplo de los registros en los ámbitos que a continuación se indican).

1. Normas

El conjunto de los programas estadísticos se articulará en torno a nuevas nomenclaturas europeas muy armonizadas con las nomenclaturas nacionales, lo cual permitirá configurar un verdadero marco común de datos que incluirá todos los sectores de actividad de la Comunidad.

2. Estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros

Este proyecto prevé la puesta en práctica de las decisiones del Consejo en materia de intercambios de bienes entre los Estados miembros después de 1992, como consecuencia de la supresión de los controles fronterizos dentro de la Comunidad.

La creación, en el marco de esta arquitectura, de una base de datos distribuida de las estadísticas comerciales y arancelarias de la Comunidad y de los terceros países (COMEXT-93), permitirá, gracias a la distribución del tratamiento, la obtención de estadísticas nuevas, más ajustadas y de mayor actualidad.

La disponibilidad de datos detallados por parte de las instituciones y de los agentes económicos se verá facilitada por la utilización generalizada de nuevos soportes, especialmente CD-ROM, por la elaboración de productos más adaptados a las necesidades específicas de los grandes sectores de actividad y por la vinculación de los productos de difusión a los sistemas declarativos de recogida de datos, lo cual facilitará el retorno de la información y aumentará la transparencia del mercado.

La calidad y actualidad de las estadísticas dependen directamente de la percepción de su utilidad por parte de las empresas y de la relación coste/beneficio de la declaración. Por consiguiente, además de las iniciativas dirigidas a reducir esta carga, se intensificarán las campañas de promoción, sensibilización y formación, con el objeto de mejorar los niveles de cumplimentación.

La combinación de datos comerciales y arancelarios, la aproximación de las estadísticas de comercio y producción, la ampliación de la cobertura geográfica a los países de la AELC y las comparaciones con los datos de terceros países constituyen los ejes centrales de la evolución futura.

3. Estadísticas de empresas

a) Industria

El objetivo central de la estadística de empresas es suministrar toda la información necesaria para el seguimiento del sistema productivo comunitario y de las políticas sectoriales de la Comunidad. Las consecuencias operativas para el programa estadístico 1993-1997, tal como se derivan del Tratado modificado por el Tratado de Maastricht, afectan a la vez a los aspectos de normalización (adopción de métodos, nomenclaturas y normas comunes), infraestructuras (técnicas y jurídicas), ampliación de encuestas comunitarias a nuevos ámbitos y recursos humanos y presupuestarios.

El objetivo principal sigue siendo la mejora de los tres pilares en los que se sustenta la información estadística sobre las empresas, a saber: los datos anuales sobre la estructura y la actividad de las empresas, el seguimiento suficientemente detallado de la coyuntura de las empresas y el seguimiento suficientemente detallado de la producción de bienes y servicios.

La elaboración de una encuesta anual sobre la estructura y la actividad de las empresas conducirá a la producción de datos desglosados por sectores de actividad, tamaño, Estados miembros o regiones de éstos.

La estadística de producción de bienes y servicios constituirá la base de todos los trabajos vinculados al seguimiento y a la transparencia del mercado interior (política comercial, competitividad).

Para rebasar los límites de este objetivo central, se proseguirán o desarrollarán dos grandes grupos de tareas.

Por una parte, sería conveniente buscar todas las vías y medios que garanticen una mejor organización de las estadísticas de la industria, con

el fin de reducir la carga que imponen las encuestas a las empresas, facilitando al mismo tiempo la utilización por estas últimas de los datos correspondientes (continuación de los trabajos de normalización, coordinación de las encuestas dirigidas a las empresas, diálogo con el mundo empresarial para adaptar mejor la información recogida a las verdaderas necesidades, etc.).

Por otra parte, la evolución de las políticas comunitarias trae consigo la necesidad de determinados desarrollos específicos:

- desarrollo del sistema de información relativo a las pequeñas y medianas empresas (PYME) (especialmente indicadores específicos sobre la demografía o las características propias de éstas),

- elaboración y aplicación de indicadores precisos de la competitividad de las empresas europeas que permiten la comparación con nuestros inmediatos competidores (ante todo Estados Unidos y Japón),

- desarrollo de estadísticas sobre investigación y desarrollo, a fin de garantizar la evaluación de este factor de crecimiento de la productividad y la competitividad.

b) Servicios

Continuará el desarrollo de las estadísticas de servicios, con un enfoque a la vez global y sectorial.

El perfeccionamiento y consolidación de la metodología de las estadísticas de empresas y organismos de servicios requerirá una creciente integración entre las estadísticas de las empresas industriales y de servicios (incluido el análisis de la creciente exteriorización de los servicios auxiliares de las empresas). Los trabajos metodológicos deberán tener en cuenta la experiencia adquirida a través de encuestas piloto, cuya realización deberá apoyarse y coordinarse a nivel comunitario.

La interpretación de la «empresa» deberá completarse con el desarrollo de la metodología relativa a las estadísticas funcionales de servicios, y especialmente las estadísticas de productos, funciones, precios y volúmenes.

El seguimiento y cuantificación de los efectos del mercado único en diversos sectores importantes, y a veces frágiles, exigirán la elaboración de encuestas específicas en varios ámbitos considerados prioritarios. Así pues, los ámbitos relativos a servicios financieros, servicios prestados a las empresas, comunicaciones y medios audiovisuales son prioritarios a nivel comunitario, y los trabajos ya iniciados se intensificarán para hacer efectiva la creación de los correspondientes sistemas de información.

Al mismo tiempo, las nuevas perspectivas de unión política que ofrece el Tratado de Unión política, y concretamente las medidas relativas a la Europa social, apuntan a la emergencia de nuevos sectores de servicios para las personas y las colectividades (como la seguridad social, la educación, la sanidad y la acción social, las actividades asociativas, recreativas, culturales y deportivas, etc.) que deberán analizarse bajo el enfoque de las «empresas de servicios», prestando especial atención al tratamiento de los servicios no comerciales y a los estrechos vínculos entre dichos sectores y el análisis funcional del gasto público.

Asimismo, la evolución de las estadísticas de las empresas de servicios deberá vincularse al desarrollo de un sistema de información basado en

repertorios sectoriales que cubran tanto la economía social y la artesanía como las actividades dirigidas a ajustar y aplicar el programa de acción para el desarrollo del sistema estadístico del comercio y la distribución.

4. Estadísticas de transportes

El Tratado de Maastricht hace hincapié en la voluntad de avanzar en el sector de los transportes aplicando una política de liberalización de mercados. Ello significa, en el plano estadístico, que deberá concederse prioridad a las estadísticas insuficientemente desarrolladas a nivel comunitario, a saber: las de transportes aéreos y las de transportes marítimos.

Ahora bien, al margen del aspecto modal, será conveniente elaborar estadísticas de utilización de las infraestructuras y los medios de transporte, lo cual supone que deberá concederse especial prioridad a las estadísticas relativas al transporte de pasajeros.

Por otra parte, el marco específico de las estadísticas de transportes continuará desarrollándose mediante la revisión de la Directivas de transportes por carretera, ferrocarril y vías navegables, así como mediante su ampliación a las estadísticas relativas a los transportes aéreos y marítimos.

Debe consolidarse todavía el sistema de información a partir de en enfoque más intermodal que permita reunir las metodologías sectoriales facilitando la organización de encuestas.

5. Estadísticas de investigación y desarrollo tecnológico

Las competencias en materia de investigación y desarrollo tecnológico que asignó a la Comunidad el Acta Unica (competencias que se ven consolidadas por los acuerdos de Maastricht y por la política comunitaria de fomento de la innovación) exigen una información estadística actualizada y precisa. En el marco de previsiones de la propuesta de Decisión del Consejo en materia de estadísticas de I+D e innovación, los objetivos del programa 1993-1997 apuntarán especialmente a consolidar la actual situación, ampliando, asimismo, las tareas de recogida de datos: nueva información sobre el personal de I+D, cuantificación del potencial tecnológico de las regiones y explotación de las encuestas piloto sobre innovación. Se ha previsto intensificar la colaboración con la OCDE, con el fin de obtener datos sobre la financiación y los gastos de I+D en un plazo más reducido.

6. Estadísticas de energía

La perspectiva que ofrecen las estadísticas de energía depende de la evolución de la situación económica general y del mercado de la energía en particular.

El interés se centrará en la mejora de los balances, tanto en el aspecto del desglose de productos como en lo que se refiere a los agregados. Deberán ampliarse las encuestas sobre precios y consumo, en aras de una mejor cobertura estadística.

Por lo demás, las medidas previstas se proponen mejorar y facilitar la comparabilidad de la información estadística sobre transparencia de precios y flujos de la energía, seguridad del suministro (con medidas concretas destinadas a incrementar la dispersión geográfica de los recursos), intrasustitución de productos energéticos, utilización racional de la

energía, explotación de recursos de energía renovables, impacto de las emisiones procedentes de la transformación de produtos energéticos (CO2, SO2, etc.) sobre el medio ambiente y evaluación económica de dicho impacto, e inversiones energéticas regionales.

En este contexto, la estrategia de una utilización esmerada de los recursos de materias primas no energéticas representa un complemento importante. Es posible que la apertura de las redes exija un seguimiento estadístico de su utilización.

7. Estadísticas de turismo

En materia de estadísticas de turismo, será conveniente establecer, en el marco del espacio económico europeo, un sistema de información orientado especialmente hacia la oferta y la demanda turísticas.

B. Programas sectoriales de gestión de la política agraria común y la política de pesca

Finalidad

Contribuir a la elaboración de los datos estadísticos necesarios para la tramitación y el seguimiento de las disposiciones fijadas dentro de la política agraria común y la política de pesca.

Objetivos estadísticos

Proponer a los organismos estadísticos de los Estados miembros la realización de encuestas comunitarias, una elaboración similar de los datos a partir de las encuestas nacionales, la aplicación de normas armonizadas y el establecimiento de infraestructuras estadísticas comunes en los ámbitos que se describen a continuación:

1. Estadísticas agrarias

Las estadísticas agrarias experimentarán en los próximos años una notable evolución como consecuencia de la reforma de la política agrícola común (PAC) y la aplicación de los resultados de la operación «screening» realizada en el programa anterior. Parece inevitable introducir cambios en los instrumentos de recogida de los datos referidos a las producción y las previsiones de producción, los precios, los ingresos y las estructuras agrarias. El objetivo es lograr una mejor utilización de los recursos dedicados a las estadísticas agrarias limitando al máximo la creciente carga que sufren los empresarios agrarios.

a) Producción agraria

Producción vegetal: el establecimiento de estabilizadores en distintos sectores de la producción vegetal y determinados aspectos que incluirá probablemente la reforma de la PAC han puesto de relieve la necesidad de aumentar la calidad, la similitud y los plazos de preparación de dichas estadísticas. La reforma de la PAC aumentará la influencia directa de los resultados estadísticos en la gestión de los mercados. Por consiguiente, es importante no sólo crear un marco jurídico vinculante sobre estadísticas vegetales, sino además continuar la búsqueda constante de los medios más adecuados para garantizar su fiabilidad y objetividad limitando lo más posible el coste en recursos financieros y humanos. Con este fin se continuará y, si es posible, se intensificará la investigación ya emprendida sobre técnicas de sondeo y de previsión, así como sobre teledetección aplicada a las estadísticas agrarias.

Producción animal: las estadísticas y la legislación comunitarias deberán adaptarse a la evolución de los mercados y a la de las medidas adoptadas en relación con su gestión: por consiguiente deberán someterse periódicamente a un estudio crítico para que se puedan conseguir los objetivos perseguidos con el menor coste, sobre todo teniendo en cuenta los distintos grados de importancia de la producción en los distintos países. Deberá prestarse una atención especial a la mejora de toda la información sobre el sacrificio de animales.

Balances de suministro: estos balances constituyen la síntesis de las estadísticas sobre las disponibilidades y utilización de los distintos productos vegetales y animales y permiten, por consiguiente, seguir sobre todo la evolución del grado de autoabastecimiento y de consumo. Podrían hacerse necesarios determinados ajustes por la introducción del nuevo sistema de comercio intracomunitario depués de 1992. Es preciso mejorar su calidad y definir mejor la demanda de datos esenciales, según el detalle y las agrupaciones geográficas requeridas, teniendo en cuenta que estas cifras sirven como datos de referencia para los acuerdos internacionales, especialmente para el GATT.

Balances alimenticios: las cantidades de alimentos disponibles se recogen en estadísticas desde hace dos decenios. Se han emprendido estudios para determinar las necesidades de alimentación animal con el fin de fijar la demanda de alimentos mucho antes de que se conozcan los datos sobre la oferta. Se han iniciado y se van a continuar los esfuerzos para cruzar los datos de la oferta y la demanda para tener un mejor conocimiento de los alimentos que consume cada una de las clases de animales. La reforma de la PAC fortalecerá el papel de los mercados y exigirá un esfuerzo especial con vistas a obtener datos sobre el nivel de reservas de los productos agrarios, tanto públicos como privados, en consideración a su influencia sobre el mercado.

b) Precios y rentas agrarias

La revisión y la mejora de las fuentes y los métodos utilizados en la elaboración de las cuentas económicas de la agricultura constituyen una importante tarea que permitirá una mayor armonización de las estadísticas de los Estados miembros y una mejor percepción de las disparidades de renta agraria que hay en la Comunidad. Se introducirán mejoras de la calidad, así como del análisis de las previsiones de la renta agraria.

La puesta en marcha y la continuación de un estudio sobre los ingresos globales de las unidades familiares del sector agrario contribuirá a una mejor comprensión de la renta total del sector.

Se crearán o se actualizarán modelos de previsión y de simulación (a corto y medio plazo) en una base de datos integrada del sector agrario. Constituirán una herramienta para las previsiones y las simulaciones de los efectos de las medidas políticas agrarias alternativas. La utilización de dichos modelos permitirá a los responsables políticos apoyar sus propuestas. Los Estados miembros estarán más vinculados a este trabajo.

c) Estructuras agrarias

Durante el período 1993-1997, los Estados miembros realizarán todas las encuestas sobre las explotaciones agrarias fijadas en el Reglamento (CEE) no

571/88.

Para facilitar el acceso a los resultados de dichas encuestas y su utilización, se continuará el desarrollo del nuevo sistema de banco de datos (EUROFARM).

El aprovechamiento estadístico de fuentes administrativas (registros), especialmente en los cultivos permanentes, deberá poner a disposición de la Comunidad un conjunto de datos imprescindibles sobre la evolución de los sectores agrarios correspondientes.

d) Industria agroalimentaria

Se continuará el repertorio de datos sobre las industrias relacionadas con el sector agrario. Se atenderán las necesidades de los usuarios utilizando los datos existentes y aprovechando las mejoras anunciadas en el área de las estadísticas de las empresas.

e) Silvicultura

La mejora de la información sobre la silvicultura se dirige especialmente a la estructura de las unidades forestales para hacer un inventario de la silvicultura comunitaria.

2. Estadísticas de pesca

La política común de pesca abarca varios centros de interés que requieren disponer de estadísticas: la gestión de los mercados, la conservación de las reservas pesqueras y la reestructuración de la industria de la pesca.

Los Reglamentos ya adoptados sobre desembarque de productos de la pesca y sobre capturas en el nordeste y el noroeste del Atlántico prescriben la elaboración de las estadísticas más necesarias. En los próximos años será preciso mejorar la calidad de estos datos mediante un continuo intercambio de datos sobre la metodología que se utiliza en los Estados miembros.

Por otro lado, se han iniciado los trabajos previos para mejorar las actuales estadísticas sobre la pesca en el Mediterráneo y sobre la acuicultura.

C. Programas sectoriales de la política de medio ambiente

Finalidad

Elaborar un sistema de indicadores estadísticos que permitan la preparación, la aplicación, el seguimiento y la valoración de los programas comunitarios de medio ambiente.

Objetivos estadísticos

Proponer a los organismos estadísticos de los Estados miembros la realización de encuestas comunitarias, una elaboración similar a partir de los datos existentes, la aplicación de normas armonizadas y el establecimiento de infraestructuras estadísticas comunes en el sector siguiente:

Estadísticas de medio ambiente

En el sector del medio ambiente el período de programación se cubre el quinto programa de actuación de la política comunitaria sobre el medio ambiente titulado «Towards sustainability», que amplía los principios básicos del desarrollo sostenible (sustainability) y de la responsabilidad compartida (shared responsibility) de todos los agentes y sectores. Dicho programa postula el paso de una estrategia de legislación normativa al desarrollo de una combinación de los instrumentos económicos y sociales que

permitan incorporar el objetivo del desarrollo sostenible en todos los sectores, cambiar el comportamiento de los diferentes agentes e introducir el concepto de responsabilidad medioambiental (environmental liability).

La filosofía del desarrollo continuado se continuará a escala mundial en la Conferencia sobre el medio ambiente y el desarrollo de la ONU (UNCED), que se reunió en junio de 1992 en Brasil y para la que se ha elaborado un programa de cara al siglo XXI con un capítulo sobre el despliegue de una política de información adecuada.

En estas circunstancias, los objetivos del programa de estadística sobre el medio ambiente del período 1993/1997 deberán continuar y ampliar las actividades iniciadas en el período 1989/1992 y orientarse hacia la puesta en práctica de los resultados de los estudios en curso.

Las actividades prioritarias se refieren a:

- la introducción de un sistema de recogida de datos de las estadísticas sobre desechos en relación con la legislación comunitaria sobre el tratamiento de los desechos;

- la introduccción de un sistema de recogida de datos en relación con las encuestas industriales referidas a la generación de emisiones y desechos y a los gastos realizados para su prevención y eliminación; determinación y descripción de las ecoindustrias;

- la colaboración para la elaboración de un registro de las emisiones y desechos por sector económico en colaboración con la Agencia europea del medio ambiente (AEMA) (continuación del proyecto Corinair);

- armonización de las estadísticas sobre los gastos de los poderes públicos destinados al medio ambiente y las iniciativas sobre investigación y desarrollo (I+D) en este sector;

- creación de indicadores y estudios referidos a las estadísticas de transporte, materias primas y energía, industria, agricultura y turismo, en aplicación de las políticas de medio ambiente en estos sectores;

- colaboración en los trabajos internacionales sobre las cuentas satélites del medio ambiente.

En los próximos años, el trabajo estadístico podrá avanzar mediante la introducción de normas comunitarias sobre la planificación medioambiental, la contabilidad y los controles medioambientales de las empresas y las administraciones públicas y mediante el aumento de la información y la responsabilidad de los consumidores y ciudadanos particulares. A ello contribuirán también el avance de la investigación científica acerca de las causas y efectos del impacto de la actividad humana en el medio ambiente y el desarrollo de la teoría económica y de los medios empíricos para valorar los daños al medio ambiente, con vistas a englobar los costes de la degradación del medio ambiente y el agotamiento de los recursos naturales en la contabilidad económica.

II. PROGRAMAS SECTORIALES DE POLITICA SOCIAL, COHESION ECONOMICA Y SOCIAL Y PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES Finalidad

Contribuir a la creación de indicadores estadísticos armonizados sobre empleo, paro, movimientos de población, nivel de vida, salud, protección social, educación, formación profesional y disparidades regionales.

Objetivos estadísticos

Proponer a los organismos estadísticos de los Estados miembros la realización de encuestas o la elaboración de estadísticas a partir de los datos que se poseen actualmente, según normas comunes, en los siguientes sectores:

1. Estadísticas de empleo

El esfuerzo realizado para hacer más fiables y completos los resultados de la encuesta sobre la población activa (EPA) se encuentra en este sector plenamente justificado. La EPA va a mantener su posición central en las estadísticas de empleo y adquirir una nueva importancia por la innovación derivada del artículo 123 del Tratado, que añade a las funciones del Fondo social la «adaptación a las transformaciones industriales y a los cambios de los sistemas de producción, especialmente mediante la formación y la reconversión profesionales», con arreglo a los objetivos 3 y 4.

Esta encuesta comunitaria se convertirá, más que en el pasado, en la base y el marco común de las estimaciones que servirán de complemento de otras estadísticas más detalladas o más frecuentes que se realizarán en los Estados miembros. Así será posible no sólo presentar mensualmente tasas de desempleo comparables entre sí, sino también delimitar mejor el problema del volumen de trabajo en economías con modos de organizar el trabajo cada vez más variables (por ejemplo, tiempo parcial, empleo múltiple, alternancia trabajo/formación).

Se prestará una especial atención a las posibilidades de fijar indicadores a corto plazo sobre el empleo en cada sector.

2. Estadísticas sobre las condiciones de vida y trabajo y sobre la protección social

Las tareas prioritarias en este ámbito pueden distribuirse en tres grandes sectores:

a) Población

las tareas serán las siguientes:

- obtención de un conjunto anual de datos coherentes y comparables sobre la situación y la evolución demográficas,

- continuación de los trabajos referidos a las proyecciones demográficas,

- suministro de datos sobre la movilidad intracomunitaria, con atención especial al flujo, la cualificación y la edad,

- satisfacción de las necesidades de datos estadísticos sobre la inmigración extracomunitaria, con atención especial a la composición familiar, así como a la formación y la cualificación de la población inmigrante,

- creación de un sistema de información CEE/AELC sobre las cifras y flujos de inmigrantes.

b) Condiciones de trabajo

las tareas serán las siguientes:

- disponibilidad de datos estadísticos referidos a las condiciones de trabajo y, en especial, al tipo de contrato y el reparto del tiempo de trabajo, con objeto de realizar un seguimiento de los proyectos de directivas que tratan sobre estos asuntos,

- mejora de la información sobre los salarios y los costes de la mano de obra, sobre todo a través de encuestas sobre la estructura de los salarios que proporcionen datos sobre los niveles de cualificación y la dispersión de

salarios según el tamaño de las empresas, los sectores de actividad y las regiones. Esta mejora de la información deberá igualmente satisfacer las exigencias expuestas en el dictamen sobre una remuneración justa y en el tercer programa de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en relación con la idea «a igual trabajo, igual salario»,

- creación de indicadores a corto plazo sobre el coste de la mano de obra,

- establecimiento de indicadores sobre las relaciones industriales (conflictos, porcentajes de afiliación a sindicatos, negociaciones colectivas, etc.).

De manera general, dado que la Comunidad se ha propuesto avanzar en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la distinción por sexos deberá estar presente en todas las estadísticas que, por su naturaleza, permitan dicha distinción.

c) Condiciones de vida y protección social

las tareas serán las siguientes:

- aumento de la posibilidad de comparar y de la frecuencia de los datos sobre el consumo y las condiciones de vida de las familias,

- creación de una base de datos sobre la distribución de los ingresos, con especial atención a los ingresos de las personas de edad avanzada, en el contexto del Año europeo de las personas de edad avanzada (1993),

- creación de una comisión europea sobre los ingresos y las condiciones de vida de las familias, como para el seguimiento de las repercusiones sociales del mercado único,

- continuación y perfeccionamiento de los indicadores de pobreza y en especial la incorporación de sus aspectos no monetarios,

- seguimiento de los gastos e ingresos de protección social, especialmente en correspondencia con el proyecto de recomendación sobre la convergencia de los objetivos de seguridad social con el objetivo relativo al nivel mínimo,

- seguimiento de los estudios microeconómicos sobre los índices de sustitución por empleo,

- actualización periódica del «Digest of Statistics on Social Protection in Europe»,

- actualización cada dos años de las estadísticas sobre la situación social de los minusválidos,

- fomento de la recogida de datos relativos al «presupuesto-tiempo» de los europeos,

- preparación de datos sobre las medidas y presupuestos concedidos para los servicios de apoyo a las familias.

3. Estadísticas de educación y formación profesional

Una de las principales nuevas y más urgentes tareas del sistema estadístico comunitario va a ser impulsar las estadísticas sobre eduación y especialmente sobre la fomación profesional.

El aumento de la posibilidad de comparar los datos estadísticos a través de la determinación de las correspondencias reales entre los sistemas educativos y de formación profesional de cada Estado es una importante labor que se va a llevar a cabo con objeto de conocer mejor las realidades de los distintos Estados miembros. El fundamento de la expansión de la información en este sector será la elaboración de estadísticas concretas a partir de los

datos actuales de los distintos ficheros administrativos.

4. Estadísticas de salud y seguridad

Las iniciativas previstas en este sector se refieren al estudio de la mortalidad y la morbilidad según sus causas. Se fijará y se continuará la recogida sistemática de datos que permitan la comparación, de común acuerdo con los países y los organismos internacionales correspondientes, especialmente la Organización Mundial de la Salud.

Por otra parte, la Resolución del Consejo de 21 de diciembre de 1987 y la Directiva de 22 de junio de 1989 exigen la armonización de las estadísticas sobre accidentes en el lugar de trabajo y enfermedades profesionales. Se coninuarán los trabajos en este sector.

5. Estadísticas regionales y locales

Las estadísticas regionales evolucionarán en las direcciones siguientes:

- aplicación y atención a la red regional más completas, con inclusión de los nuevos Estados federados alemanes, del plan de cuentas regionales por parte de todos los Estados miembros,

- aumento de la representatividad regional de las encuestas comunitarias y mayores posibilidades de aprovechamiento,

- mayores fiabilidad y posibilidades de comparación de los indicadores regionales utilizados para la aplicación de los reglamentos relativos a los Fondos estructurales,

- datos regionales sobre el sector público,

- organización de un sistema común de datos infrarregionales que permita disponer de subdivisiones funcionales y geográficas del territorio comunitario (zonas de empleo, zonas urbanas y rurales, etc.), y organizar la recogida de datos y la base informática para la representación cartográfica espacial y regional,

- creación de indicadores que reflejen los factores que influyen de manera apreciable en las perspectivas y capacidad de desarrollo y de adaptación estructural, como los siguientes:

- nivel y cualificación de los recursos humanos,

- inversión,

- equipamiento en infraestructuras,

- capacidad de innovación,

- capacidad emprendedora según se refleja en la evolución del número de empresas que se crean o que se cierran.

6. Estadísticas para la protección de los consumidores

El título XI del nuevo Tratado de la Unión Europea introduce un capítulo sobre la protección de los consumidores en los ámbitos de la salud, la seguridad, los intereses económicos y la información.

En este contexto, es importante disponer de datos relativos a los siguientes aspectos:

- daños a la salud y la seguridad relacionados con la utilización de productos o servicios, con inclusión de los accidentes domésticos y en el tiempo de ocio,

- tendencias de los gastos de los consumidores, según los distintos sectores y tipos de distribución (las llamadas ventas fijas, frente a las ventas por correspondencia).

Por último, será conveniente crear un nuevo tipo de información estadística, que sea capaz de percibir no sólo en qué medida crea el mercado único nuevos mercados (por ejemplo, para las entidades financieras) en los países de la Comunidad, sino también la confianza que inspira el mercado único a los consumidores (por ejemplo, transacciones de productos y servicios más allá de las fronteras interiores de la Comunidad).

III. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA UNION ECONOMICA Y MONETARIA Finalidad

Contribuir a la creación de indicadores estadísticos armonizados que faciliten al avance hacia los objetivos fijados dentro de la Unión Económica y Monetaria. Se trata del conjunto de estadísticas necesarias para que los Estados miembros supervisen la aplicación de los principios enunciados en la letra a) del artículo 3 del título II del Tratado de la Unión Europea, sobre la convergencia de las políticas económicas.

Objetivos estadísticos

Proponer a los organismos estadísticos de los Estados miembros la realización de encuestas o la elaboración de estadísticas a partir de los datos acutales, según normas comunes, en los sectores que se detallan a continuación.

1. Cuentas nacionales (económicas y financieras)

Los datos sobre las cuentas de cada país serán, como hasta ahora, la piedra angular del análisis macroeconómico.

El producto nacional bruto (PNB) constituye desde 1988 la base de un nuevo recurso propio de la Comunidad. La Directiva sobre el PNB estableció un procedimiento de comprobación y estimación de la posibilidad de comparación y la representatividad de los PNB de los Estados miembros de la Comunidad.

Para alcanzar estos objetivos, será preciso consolidar los trabajos que se están realizando y darles absoluta prioridad.

Se trata de:

1) Conseguir un cumplimiento más homogéneo de las normas del sistema europeo de cuentas económicas integradas (SEC).

2) Mejorar la exactitud de la evaluación del PNB.

3) Cerciorarse de que las cuentas nacionales proporcionan una imagen más exhaustiva de la actividad económica.

Se espera que se produzca en un futuro próximo una sutancial mejora de la calidad de los datos básicos utilizados en las cuentas de los países, en especial un inventario de las fuentes y métodos realizado con objeto de comprobar la posibilidad de comparación de los datos del PNB en el ámbito de la contribución de los Estados miembros al presupuesto comunitario según el PNB (cuarto recurso). Será conveniente, no obstante, llegar más allá del simple PNB y sus principales contrapartidas, pues la posibilidad de comparar las estimaciones macroeconómicas sobre distribución de la renta, formación del ahorro, acumulación y financiación constituirá una importante exigencia conectada con la realización de la Unión Económica y Monetaria.

El Tratado de la Unión Europea destaca la importancia de los indicadores estadísticos derivados del SEC. En el Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, por ejemplo, las definiciones utilizadas para el déficit presupuestario, la inversión y la deuda son las del SEC. El SEC se encuentra actualmente en proceso de revisión y la versión

revisada entrará en vigor durante el período que abarca el presente programa estadístico.

La elaboración de las cuentas de patrimonio -es decir, el estudio de las existencias más que de los flujos- ya está prevista en la revisión del SEC. En el caso de los balances financieros, constituyen un estudio global de las distintas cuentas satélites, como, por ejemplo, agregados monetarios, deuda exterior y deuda del Estado. Será preciso disponer de cuentas de patrimonio de todos los Estados miembros para poder analizar el comportamiento de los agentes económicos.

Para la futura Unión Económica y Monetaria será preciso tener un sistema de cuentas económicas integradas para toda la Unión, para estar en condiciones de seguir la evolución económica. Para determinar la posición de la Comunidad con respecto al resto del mundo, por ejemplo, es preciso disponer de datos coherentes sobre los haberes y los compromisos en el exterior.

2. Estadísticas del sector público

La aplicación de un programa de trabajo se muestra totalmente distinta según se trate de las estadísticas de las empresas públicas o de las administraciones públicas. En el primer caso, es preciso crear una subdivisión de las estadísicas de las empresas, mientras que, en el segundo caso, se trata de mejorar la calidad de las estadísticas actuales (más rapidez, más posibilidad de comparar, más detalle) para adecuarlas a las necesidades concretas de la realización de la Unión Económica y Monetaria.

a) Estadísticas de las empresas públicas

En primer lugar, conviene que los repertorios de empresas que se utilicen con fines estadísticos hagan constar en sus descriptores los criterios que definen el control de la empresa por parte de los poderes públicos.

En lo que se refiere a las encuestas comunitarias correspondientes a las empresas industriales y de servicios, la Comisión debe iniciar, en colaboración con los Estados miembros, los trabajos necesarios que conduzcan a la separación entre las empresas privadas y las empresas públicas. A priori, todas las variables que se recojan en estas encuestas deberán considerarse con respecto a las empresas públicas y podrían incluirse además otras variables.

En el ámbito de la elaboración de las cuentas de patrimonio de las sociedades (y cuasisociedades) públicas (financieras y no financieras), deberá prestar una especial atención a la realización de estadísticas sobre el endeudamiento de las sociedades (y cuasiociedades) públicas que disfrutan de la garantía de los poderes públicos.

b) Estadísticas de la administración pública

Determinados elementos de las cuentas nacionales que hasta ahora estaban infrautilizados están adquiriendo gran importancia. En el caso de una política monetaria unificada, por ejemplo, el estudio de la política fiscal exige datos sobre los ingresos y gastos del Estado, los déficit y su financiación. Además, uno de los cuatro principios de convergencia señalados en el Tratado de la Unión Europea se refiere expresamente a la política fiscal. Para dar cumplimiento al Protocolo sobre el procedimiento de déficit excesivo, los datos relativos a la vez a la posición presupuestaria general y a la deuda pública general deben armonizarse, recogerse y actualizarse

conforme a la metodología del SEC y a lo que se estipula en el Protocolo.

El artículo 104 C del Tratado de la Unión Europea hace referencia a que la relación entre el nivel de gastos públicos de inversión y el nivel de déficit público es uno de los criterios que deberán incluirse en el informe que la Comisión deberá elaborar si un Estado miembro no cumple los requisitos de dichos criterios sobre déficit presupuestario. Ello significa que los datos relativos a los gastos públicos de inversión deben armonizarse y recogerse en una base uniforme; dichos datos se extraerán de las cuentas de cada país.

3. Estadísticas sobre la balanza de pagos

Una «balanza de pagos estable» constituye un principio rector tanto para los Estados miembros en particular como para la Comunidad en su conjunto (artículo 3 A). En consecuencia, las estadísticas sobre la balanza de pagos tienen una extraordinaria importancia para vigilar la situación económica y financiera externa de cada Estado miembro y de toda la Comunidad. Las estadísticas son una fuente de información fiable sobre los flujos macroeconómicos internacionales, como el comercio de bienes y servicios, los ingresos de los agentes, las transferencias sin contrapartida, las inversiones directas y los demás flujos de capital y monetarios. Numerosas medidas políticas importantes en el contexto de la integración económica y monetaria dependen de manera decisiva de las estadísticas sobre la balanza de pagos. Se trata, entre otras cosas, de medidas relativas a los movimientos de capitales y los pagos (artículo 109 C), y al comportamiento de las operaciones de cambio. Además, parece muy probable que los próximos acuerdos internacionales de comercio (Ronda Uruguay) incluirán el comercio internacional de servicios, para el que las estadísticas sobre balanza de pagos constituyen una de las principales fuentes de información. Por elle sería deseable disponer de estadísticas sobre balanza de pagos más pormenorizadas, fiables y rápidamente disponibles.

Actualmente, las estadísticas sobre balanza de pagos de los Estados miembros difieren en cuanto a su detalle, su calidad y su actualidad. Además, en determinados Estados miembros, su carácter confidencial impide la transmisión de datos a la Comunidad. De ello se deriva para la Comunidad una falta de información comparable basada en definiciones comunes a todos los Estados miembros. Por esta razón los datos agregados sobre los flujos nacionales tienen una calidad limitada. Además, los flujos nacionales no se desglosan en flujos intracomunitarios y extracomunitarios. La información, de la que se dispone actualmente, en especial a escala comunitaria, es claramente insuficiente para satisfacer las necesidades futuras de la Unión Económica y Monetaria.

Es preciso hacer un mayor esfuerzo para llevar a cabo las mejoras sutanciales necesarias. El próximo manual del Fondo Monetario Internacional deberá adaptarse a las normas comunitarias para que su aplicación no sea motivo de asimetrías estadísticas. Al mismo tiempo, deberá revisarse y armonizarse el sistema de recogida de datos en toda la Comunidad. Todas estas tareas deberán realizarse antes del principio de la tercera fase y es conveniente, en consecuencia, aprovechar intensamente el período que abarca el presente programa estadístico. El papel del IME («Institut monétaire

européen») en la segunda fase contribuirá a la consecución, a un ritmo sostenido, de los objetivos definidos anteriormente.

4. Estadísticas de precios

Los datos sobre los índices de precios tendrán dos importantes aplicaciones en la Union Económica y Monetaria. En primer lugar, el Tratado establece que el objetivo principal del Sistema europeo de bancos centrales (SEBC) debe ser mantener la estabilidad de los precios. En segundo lugar, la reducción hasta un nivel aceptable de los difernciales de inflación entre los países, definidos por los índices de precios al consumo, es uno de los criterios empleados para determinar cuáles serán los Estados miembros cuyas economías se considerará que han alcanzado un grado de convergencia suficiente para adherirse a la Unión Monetaria.

Aunque la Comisión recoge y difunde datos sobre la evolución de las inflaciones de cada país a través de los índices de precios al consumo facilitados por los Estados miembros a partir de una base mensual, tales índices no están completamente armonizados. Teniendo en cuenta lo importante que es disponer de datos comparables acerca de los datos de la inflación, en muy breve plazo deberá emprenderse una iniciativa orientada a fijar un índice de precios al consumo armonizado para todos los Estados miembros.

5. Indicadores de coordinación de la política monetaria

Con objeto de mejorar la comprensión de los mercados financieros de los distintos países, se continuarán los trabajos sobre el inventario de fuentes y métodos de las estadísticas bancarias. El inventario tiene la finalidad de facilitar la determinación de los distintos instrumentos financieros que constituyen los «elementos básicos» de los agregados monetarios actuales y que son similares en los Estados miembros, por características económicas semejantes. El Comité de Gobernadores y más adelante el IME podrán utilizar dichos elementos para fijar y someter a prueba en la práctica distintas definiciones de la oferta de moneda, que podrán utilizarse en el proceso de intensificación de la coordinación de las políticas monetarias de la Comunidad.

A partir de los resultados del inventario, se fijarán, si se considera necesario, los sectores en los que sea posible una armonización más profunda de las condiciones de recogida y el tratamiento de las estadísticas bancarias. Hasta el final de 1993, las propuestas de armonización se desarrollarán según las modalidades en vigor durante la primera fase de la UEM. A partir del 1 de enero de 1994, dichas modalidades pasarán a ser responsabilidad del IME, en el marco de las funciones que deberá realizar en la segunda fase de la UEM, y en tal caso hasta el 31 de diciembre de 1996 como máximo.

Para contribuir al ejercicio de supervisión multilateral del Consejo, será preciso disponer de datos sobre una serie de indicadores de política monetaria. Los tipos de interés son uno de dichos indicadores y uno de los principios de convergencia fijados por el Tratado de la Unión Europea. Serán necesarios datos comparables referidos a tales indicadores.

6. Estadísticas sobre el ecu

Durante el período que abarca hasta el fin de la primera fase del proceso de la UEM, se seguirán recogiendo y publicando estadísticas sobre el ecu a

partir de una base uniforme.

Durante la segunda fase de la UEM, so continuarán y se ampliarán los trabajos de recogidda y de difusión de las estadísticas sobre el ecu, especialmente para que el IME pueda supervisar la evolución del ecu y facilitar su uso, de conformidad con los artículos 2 y 4 del Protocolo sobre los estatutos del IME, y para que la Comisión pueda cumplir sus obligaciones.

7. Estadísticas de comercio exterior

Desde 1993 será importante impulsar de nuevo una actuación sistemática con objeto de completar la armonización (incluso la uniformidad) de las estadísticas sobre comercio exterior cuyos cimientos ya fueron puestos por el Reglamento (CEE) no 1736/75 del Consejo. La entrada en vigor el 1 de enero de 1993 de la versión actualizada de dicho Reglamento será una oportunidad para que la Comunidad y sus Estados miembros reafirmen por nuevas disposiciones de aplicación (especialmente sobre el valor, los criterios de confidencialidad y los movimientos particulares de mercancías) tanto la existencia autónoma como el carácter específico de las estadísticas comunitarias.

Este nuevo planteamiento resulta la única vía de mejora de la posibilidad de comparación interna de los resultados proporcionados a la Comisión por los institutos nacionales de estadística.

Ahora bien, dicha mejora deberá ser paralela a la de la posibilidad de comparación externa que se consolida como el principal objetivo del presente decenio, entre otras cosas a través de acercamiento metodológico que se institucionaliza con la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y se anuncia con los países en período de transición, así como a través de los ejercicios de «reconciliación» que se están desarrollando (Estados Unidos y Canadá) o que se prevén [Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)] sobre los intercambios de la Comunidad con los países terceros. Sólo se alcanzará el objetivo si cada instituto nacional de estadística acepta la reforma de lo que le aparta de la práctica de la mayoría de los demás institutos.

A partir de la unidad así consolidada, la Comisión y los institutos nacionales de estadística podrán intervenir de común acuerdo en el plano internacional para preparar los acuerdos que hagan compatibles las estadísticas mundiales de comercio exterior con mucha más seguridad que las correcciones, adaptaciones y estimaciones emprendidas a posteriori a partir de resultados producidos por métodos diferentes.

Por lo que se refiere a los intercambios internacionales de servicios, parece realista limitar en un primer momento el desarrollo de la información a la adaptación del contenido de las estadísticas de intercambios de bienes, que en conjunto permitirán aumentar la precisión de los datos sobre el comercio exterior requeridos para las estadísticas sobre balanza de pagos (por ejemplo, valor, naturaleza de la transacción, gastos de transporte, gastos de seguro, operaciones de perfeccionamiento, etc.).

Naturalmente, deberá continuarse la actividad que se está realizando de adaptar la parte estadística de la nomenclatura combinada a la evolución tecnológica del comercio exterior y a las exigencias de otras nomenclaturas

comunitarias e internacionales, puesto que el órgano institucional de gestión es el Comité de la nomenclatura combinada arancelaria y estadística.

El estudio de las medidas de convergencia de las economías europeas requiere disponer de datos fiables y comparables. La mejora de calidad de los datos se logrará por medio de operaciones concretas orientadas a generalizar, a partir de los estudios dirigidos junto con los Estados miembros, la aplicación de una lista comunitaria mínima de controles y validaciones, de las correciones retroactivas y de las rectificaciones de anomalías y datos anormales detectados a través de los programas de análisis estadístico creados con este objeto.

La valoración de la base de información así obtenida se realizará por la producción de datos derivados, el suministro de series más elaboradas y el desarrollo de procedimientos de ajuste temporal, de los cálculos y el estudio de los índices de comercio exterior, de las estimaciones y los análisis estadísticos adecuados.

IV. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA COMUNIDAD Y EL RESTO DEL MUNDO

Finalidad Estos programas tienen una doble finalidad. Por una parte, procurar que las normas estadísticas elaboradas y aplicadas en el interior de la Comunidad se apliquen a escala internacional para aumentar la capacidad de comparación y la calidad de los datos, que resultan para los usuarios una cualidad imprescindible de la información estadística. Por otra parte, la Comunidad, especialmente con respecto a los países de Europa del Este que están en proceso de modernización económica, debe desempeñar una función de coordinación y ayuda al desarrollo de sistemas estadísticos modernos, eficaces y que obedezcan a los mismos principios que los de los países de Europa occidental.

Objetivos estadísticos Proponer a los institutos estadísticos de los Estados miembros coordinar la actuación de la Comunidad en los organismos internacionales y emprender iniciativas de cooperación y asistencia técnica para el desarrollo de los sistemas estadísticos de los países en proceso de transición y en vías de desarrollo.

1. La estadística y el espacio económico europeo (EEE) El Tratado sobre el EEE señala en su artículo 76 la necesidad de fomentar un sistema de estadísticas comparables y armonizadas en el conjunto de los países miembros de citado EEE. Esta disposición del Tratado se ha reflejado en la elaboración de un programa estadístico común CE-AELC. Dicho programa recoge todos los logros y proyectos del programa estadístico comunitario que son pertinentes para la aplicación del Tratado. Por lo que se refiere a los mecanismos de concertación, y más allá de las disposiciones fijadas en el Tratado EEE, la Comisión quiere vincular estrechamente los sistemas estadísticos de los países de la AELC a todos los programas comunitarios para favorecer el desarrollo de un espacio estadístico europeo coherente, basado en principios, normas y metodologías comunes.

2. Desarrollo de los sistemas estadísticos de los países en proceso de transición La transición hacia la economía moderna requiere una profunda reorganización del sistema estadístico.

La cooperación estadística tendrá fundamentalmente un carácter técnico y debe orientarse a poner a su disposición las metodologías y prácticas

utilizadas en las economías de mercado desarrolladas y, en especial, en la Comunidad Europea. La formación podría incluir conferencias y seminarios dirigidos a grandes grupos o ir unida a la elaboración de un proyecto en un área determinada (formación práctica).

La Comisión se encargará de la organización del sistema de formación en sentido amplio (desde la formación teórica hasta la asistencia técnica) y de la coordinación de las actividades de todos los países e instituciones internacionales organizadoras.

La cooperación se sitúa dentro de un programa plurianual, que se divide en sectores estadísticos y señala el orden de prioridad de los proyectos y tareas individuales. La formación básica se organiza por seminarios y talleres a partir de una base o bien bilateral, entre la Comisión y Estados miembros y un país de Europa central y oriental, o bien multilateral. La asistencia técnica se realiza en un plano bilateral, entre la Comisión o un Estado miembro y un país de Europa central y oriental.

Al coordinar los proyectos de cooperación de los países del G24 y las instituciones internacionales, la Comisión garantiza un buen empleo de recursos limitados (créditos y especialización).

3. Desarrollo de los sistemas estadísticos de los países en vías de desarrollo Durante el período 1993-1997, se propone que la acitividad de cooperación de la Comisión se centre en las siguientes prioridades:

- formación de estadísticos: la educación es una actividad fundamental que permite que los países en vías de desarrollo sienten las bases de un desarrollo institucional de las estadísticas; en este ámbito deben emprenderse dos tipos de iniciativas:

- la financiación de escuelas de formación profesional en los países del ¦frica francófona, anglófona y de habla portuguesa.

Están previstas intervenciones en otras regiones (América Latina, Asia, etc.), para satisfacer las posibles peticiones emanadas de países de dichas regiones. La coordinación con la red del Centro europeo de formación de estadísticos economistas de los países en vías desarrollo (París, Lisboa, Madrid y Luxemburgo), así como con el Centro de Munich, seguirá siendo prioritaria con objeto de asegurarse los mejores recursos posibles de cooperación;

- el apoyo a las actividades dirigidas a la constante mejora de los recursos humanos, organizando cursos y seminarios de corta duración sobre los asuntos pertinentes;

- estadísticas de comercio exterior: el apoyo de la Comisión a las estadísticas de comercio exterior seguirá teniendo por objeto la terminación y la instalación del sistema EUROTRACE. Están proyectadas las versiones francesa, inglesa, portuguesa y española de este programa, con objeto de apoyar en este sector a los países en vías de desarrollo de todas las regiones;

- la información estadística necesaria para la consideración de los aspectos sociales del desarrollo representa otra vertiente de la futura cooperación. Tendrá importancia sobre todo en relación con el apoyo al ajuste estructural, que actualmente forma parte de las prioridades del IV Convenio de Lomé;

- sistemas de información para la seguridad alimentaria: la finalidad es apoyar la creación de sistemas de información capaces de contribuir a la elaboración y la administración de políticas alimentarias y de desarrollo rural. Ello incluirá la participación en la programación y en la realización del proyecto DIAPER III en los países del CILSS («Comité permanent inter- tats de lutte contre la sécheresse dans le Sahel») financiados por el FED (Fondo europeo de desarrollo) y los programas bilaterales de los Estados miembros.

Este programa se fijará dentro de una estrategia global que prepara actualmente la Comisión con los Estados miembros de la CEE, teniendo en cuenta los programas de los demás organismos, como el Banco Mundial y la Comisión Económica de las Naciones Unidas para ¦frica.

4. Cooperación con los demás países terceros El período 1993-1997 se dedicará a la realización de los objetivos fijados en el acuerdo de cooperación celebrado con el «Office of Management and Budget» de los Estados Unidos y con el organismo de estadísticas de Canadá, como consecuencia de la Declaración transatlántica, firmada en otoño de 1990 entre la Comunidad, Estados Unidos y Canadá. Estos trabajos comunes tratarán sobre la creación de clasificaciones y nomenclaturas, normas y métodos comunes, la coordinación de la asistencia técnica a los países en proceso de transición, la formación estadística y la difusión de la información.

5. Coordinación con las organizaciones internacionales La cooperación con los departamentos de estadística de las organizaciones internacionales va a seguir siendo en el futuro un aspecto central de la política de la Comisión. En el plano mundial, la Comisión incrementará su presencia en todos los mecanismos de cooperación que funcionan en el ámbito de las Naciones Unidas. La revisión de dichos mecanismos que se está llevando a cabo ahora permitirá a la comisión estadística de las Naciones Unidas disponer a partir de 1993 de las mejores condiciones para la cooperación, y definir mejor la función que la Comisión deberá desempeñar dentro de los organismos de coordinación, como el grupo de trabajo de la comisión estadística de coordinación o el subcomité estadístico de cooperación de las organizaciones internacionales.

Por lo que se refiere a sectores específicos, la Comisión participará en todos los grupos de trabajo formados por miembros de distintas secretarías en los que representará a la Comunidad Europea: contabilidad nacional, estadísticas de servicios,estadísticas de medio ambiente, nomenclaturas, repertorios, etc.

En el plano europeo, y de manera más general en los países industrializados, la Comisión tiene previsto incrementar su cooperación con la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la CEE-Ginebra. El grupo de representantes de distintas secretarías creado en 1991 va a permitir poner en práctica la cooperación de las tres instituciones con objeto de perfeccionar el desarrollo de normas y métodos estadísticos, así como el sistema de recogida de datos procedentes de los organismos estadísticos de cada país.

V. DESARROLLO DE TECNOLOGIAS ESTADISTICAS Y DE LOS RECURSOS HUMANOS

Finalidad

Más allá de la actividad relacionada con la producción de estadísticas, su

estudio y difusión, el sistema estadístico comunitario deberá afrontar en los próximos años la necesidad de continuar el proceso de convergencia de las prácticas estadísticas de cada país hacia un sistema cada vez más integrado y que disponga en todos sus elementos de las más modernas tecnologías.

Por consiguiente, será preciso actuar en dos direcciones: por una parte, el desarrollo de técnicas de recogida, tratamiento, intercambio y difusión de los datos que puedan aprovechar las investigaciones más avanzadas en tecnología de las comunicaciones. Por otra parte, el objetivo es contribuir a conseguir en los sistemas estadísticos nacionales la mejor utilización de las infraestructuras y metodologías creadas dentro del sistema estadístico de la Comunidad, favoreciendo la instauración de una verdadera comunidad estadística europea.

Objetivos estadísticos

Proponer a los organismos estadísticos de los Estados miembros el desarrollo en común de las técnicas y tecnologías modernas destinadas a hacer más fiables y rápidamente disponibles las estadísticas y poner en práctica un programa de formación permanente.

1. Difusión e informática estadísticas

Hasta el final de esta década e incluso después, la condición principal para la eficacia del sistema estadístico europeo seguirá siendo un buen diseño de los sistemas de información y una herramienta informática de alto rendimiento.

Si bien en un primer momento la calidad, la fiabilidad, la pertinencia y la disponibilidad de la información estadística seguirán siendo factores importantes, en el futuro se apostará cada vez más por la rapidez en el suministro de información y por la capacidad de análisis de ésta. La importancia otorgada hasta ahora a los sistemas informáticos, se trasladará a la capacidad de intercambio de conjuntos importantes de datos y a la interconexión de las aplicaciones estadísticas de los Estados miembros y la Comisión, es decir, la aplicación de auténticos sistemas de información europeos descentralizados.

Dos ejes de desarrollo atañen a la cooperación con los Estados miembros:

a) Proyecto DSIS (Distributed Statiscal Information Services) El proyecto DSIS consiste en desarrollar un conjunto de servicios estadísticos para uso del sistema estadístico europeo para la recogida, tratamiento y difusión de la información estadística.

La cooperación con los Estados miembros abarca:

- la consideración en los sistemas de información estatales de los resultados de la estandarización estadística,

- la normalización del intercambio informatizado de datos (IID), que tiene varios ejes de desarrollo: creación de mensajes genéricos de transmisión de datos estadísticos, aprovechamiento de los componentes «estadísticos» de los mensajes para la recogida primaria de información, utilización de normas estadísticas (nomenclaturas) en los mensajes EDI en general,

aprovechamiento de equipos lógicos que tengan las normas EDIFACT y de sus interfaces con las aplicaciones,

- la infraestructura técnica: deberán ponerse en funcionamiento centros de

recogida potentes y multimedios (proyecto STADIUM) con ayuda de distintos colaboradores con objeto de tratar del modo más automático posible los flujos entre sus sistemas de información,

- las nuevas aplicaciones deberán diseñarse de manera que puedan aprovecharse lo antes posible las ventajas tecnológicas de dichos proyectos. En este contexto, la aplicación modelo, la más urgente, se referirá al comercio intracomunitario. Deberá estudiarse el traslado de las aplicaciones actuales.

b) Establecimiento de una red de difusión del sistema estadístico comunitario La información estadística comunitaria deberá ponerse a disposición del usuario final en el organismo más próximo a él al que acostumbre dirigirse y con el asesoramiento necesario en su lengua. A partir de esta idea, se ha acordado establecer entre la Comisión y los organismos estadísticos de los Estados miembros una red de difusión de la información estadística comunitaria.

La creación de esta red exigirá un importante esfuerzo en los ámbitos siguientes:

- la circulación de información sobre los datos disponibles: arquitectura y contenido de los sistemas de información comunitario y estatales,

- la formación de los miembros de la red en contacto con los usuarios,

- la definición de políticas de difusión con todos los detalles prácticos (tarifas, acceso o encaminamiento de la información,facilidad de uso, etc.). 2. Formación estadística La Comisión continuará en los próximos años el programa TES (Training of European Statisticians), que consolida y complementa las actividades de los organismos estadísticos de cada país sobre especialización y formación continua.

El desarrollo de un sistema estadístico europeo eficaz depende igualmente de una formación profesional de los estadísticos europeos capaz, por una parte, de confrontar y enriquecer las experiencias de cada país y de consolidar los lenguajes comunes, y, por otra parte, de difundir las más modernas tecnologías de recogida, tratamiento y análisis de los datos. Dicha formación profesional deberá garantizar una buena sinergia entre la estadística oficial, las universidades y la estadística del sector privado.

El principio fundamental del programa TES es que tanto los profesores como los participantes deben proceder de diversos países para favorecer el intercambio de información y experiencias sobre las cuestiones comunes.

3. Investigación estadística a) Programa «Development of Statistical Experts Systems» (DOSES) Las estadísticas son igualmente en sí mismas un campo de investigación. Los trabajos de modernización del sistema estadístico estatal y comunitario requieren actividades de investigación y desarrollo. En el período 1993-1997, siguiendo los pasos del programa DOSES, será importante sacar provecho de los resultados obtenidos, continuar los trabajos iniciados incrementando el esfuerzo en los sectores que se consideren prometedores, ampliar el campo de las actividad investigadora con la inclusión de la mayor cantidad posible de técnicas y tecnologías que puedan usarse con fines estadísticos. También es necesaria una reflexión general sobre el marco institucional adecuado para fomentar, coordinar y ampliar las iniciativas estatales.

b) Transferencia de tecnología entres sistemas estadísticos En el área de la tecnología de información, los avances conseguidos en la normalización y estandarización de los equipos lógicos y materiales son tan importantes que ahora es posible plantear una cooperación tecnológica mucho más estrecha entre los distintos sistemas estadístico europeos y estatales. La Comisión realizará en el período del presente programa una política de cooperación tecnológica basada en el principio de la subcontratación en provecho de toda la Comunidad estadística. A partir de los pliegos de condiciones, definidos en común, se podrá encargar a uno o varios institutos de estadística que desarrollen para todo el sistema estadístico comunitario módulos de sistemas de información. Se darán a conocer en este sector proyectos piloto en relación con el sistema BLAISE (desarrollado en los Países Bajos), el distribuidor de nomenclatura desarrollado en Francia. Sin duda, aparecerán otros «módulos» dentro del proyecto Intrastat/Comedi y en otros sectores.

c) Dimensión geográfica Tradicionalmente los datos de la Comisión se fijaban en principio a escala de los Estados miembros y, para determinadas series de datos, un desglose en grandes regiones tipificadas (según la NUTS, nomenclatura de unidades territoriales estadísticas).

Para distintas nuevas políticas, el soporte de la información exige una división regional mayor y más variada. Actualmente se dispone cada vez de más datos asociados a identificadores de localización. Tecnologías nuevas (sistemas de información geográfica) proporcionan los instrumentos de almacenamiento, tratamiento y presentación de dichos datos.

Los aspectos de las políticas se refieren a los trabajos estadísticos de varias áreas de la Comisión. La reforma y ampliación de los Fondos estructurales de la Comunidad, ligados a la idea de una «cohesión regional», los aspectos medioambientales, la reforma de la política agrícola común y las preocupaciones por el futuro del mundo rural que de ella se derivan, las necesidades operativas para el gran mercado único y su ampliación, y el espacio económico europeo son algunos de los principales ejemplos.

Para delimitar mejor los problemas, determinar, aplicar y controlar las políticas, así como para informar a los gestores de los mercados, es imprescindible disponer de datos referidos a una serie de nuevas agrupaciones territoriales, algunas de carácter físico (como, por ejemplo, las cuencas hidráulicas) y otras de carácter económico (por ejemplo, el desplazamiento, a veces transfronterizo, hacia los lugares de trabajo).

La Comisión ha comenzado a invertir en una sistema de información geográfica (adquisición del material específico, de los equipos lógicos y el personal adecuados, la determinación de sistemas de información geográfica básica -cartografía de datos- y la organización de relaciones con las estadísticas geo-referenciales). Esta actividad se desarrollará y extenderá para poner a disposición de otras direcciones generales de la Comisión determinados servicios centrales (análogos a los proporcionados sobre estadísticas) y colaborar con los departamentos estadísticos y las entidades cartográficas de los Estados miembros. Se procurarán acuerdos políticos sobre el «copyright» y los precios. Tendrá gran importancia para el desarrollo futuro la posibilidad de que los Estados miembros añadan a sus datos parámetros detallados de localización. Además, la Comisión estimulará la consideración

del papel de la teledetección en el sistema de estadísticas oficiales, como importante fuente potencial de datos geo-referenciales, cuya situación aún no está muy definida.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 22/07/1993
  • Fecha de publicación: 28/08/1993
Referencias anteriores
Materias
  • Estadística
  • Programas

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