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Documento DOUE-L-1993-81709

Reglamento (CEE) núm. 2892/93 de la Comisión, de 21 de octubre de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1729/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de abastecimiento especifico de productos de los sectores de los huevos y de la carne de aves de corral de las islas Canarias, en lo que respeta a los importes de la ayuda.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 263, de 22 de octubre de 1993, páginas 31 a 32 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-81709

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas especiales relativas a determinados productos agrarios en favor de las islas Canarias (1), modificado por el Reglamento (CEE) no 3714/92 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1729/92 de la Comisión (3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1731/93 (4), ha fijado los importes de las ayudas para el abastecimiento a las islas Canarias de carne y huevos, por una parte, y de pollitos y huevos para incubar, por otra, originarios del resto de la Comunidad; que dichas ayudas deben fijarse teniendo en cuenta fundamentalmente los costes de abastecimiento a partir del mercado mundial, las condiciones derivadas de la situación geográfica del archipiélago y la base de los precios de exportación a terceros países de los animales o productos de que se trata;

Considerando que la aplicación de estas normas y criterios a la situación actual de los mercados en el sector de la carne de aves de corral conduce a modificar los importes de las ayudas a estos suministros con arreglo a su importancia en la actualidad y procurando conservar la proporción de abastecimientos que se realiza a partir de la Comunidad,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo II del Reglamento (CEE) no 1729/92 será sustituido por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de noviembre de 1993.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 1993.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 13.

(2) DO no L 378 de 23. 12. 1992, p. 23.

(3) DO no L 179 de 1. 7. 1992, p. 107.

(4) DO no L 160 de 1. 7. 1993, p. 12.

ANEXO

«ANEXO II

Importe de las ayudas concedidas por los productos contemplados en el Anex

I procedentes del mercado de la Comunida

----------------------------------------------------------------------------

Código de los productos |Importe de la ayuda (en ecus/100 kg

|)

----------------------------------------------------------------------------

0207 21 10 000 |38

0207 21 90 100 |42

0207 21 90 900 |25

0207 22 10 000 |25

0207 22 90 000 |25

0207 41 10 110 |8

0207 41 10 990 |50

0207 41 11 000 |43

0207 41 21 000 |10

0207 41 41 000 |35

0207 41 51 000 |50

0207 41 71 100 |40

0207 41 71 200 |40

0207 41 71 300 |40

0207 41 71 400 |5

0207 42 10 110 |8

0207 42 10 990 |45

0207 42 11 000 |25

0207 42 21 000 |10

0207 42 41 000 |34

0207 42 51 000 |15

0207 42 59 000 |33

0207 42 71 100 |13

0207 43 15 110 |8

0207 43 15 990 |50

0207 43 21 000 |40

0207 43 31 000 |15

0207 43 53 000 |40

0207 43 63 000 |43

0408 11 10 000 |65

0408 91 10 000 |63

----------------------------------------------------------------------------

Nota: Los códigos de los productos y las notas a pie de página se definen en

³[176]el Reglamento (CEE) nº 3846/87 (modificado).»

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/10/1993
  • Fecha de publicación: 22/10/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 01/11/1993
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOCE L 268, de 29 de octubre de 1993 (Ref. DOUE-L-1993-82534).
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo II del Reglamento 1729/92, de 30 de junio (Ref. DOUE-L-1992-81011).
Materias
  • Aves
  • Ayudas
  • Canarias
  • Carnes
  • Huevos

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