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Documento DOUE-L-1993-82520

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 1282/93 de la Comisión, de 27 de mayo de 1993, por el que se establecen las cantidades de referencia regionales previstas y el valor de los anticipos que han de abonarse a los productores de semillas de soja, colza, nabina y girasol para la campaña de comercialización 1993/94.

Publicado en:
«DOCE» núm. 209, de 20 de agosto de 1993, páginas 39 a 39 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-82520

TEXTO ORIGINAL

En la página 31, Anexo II :

- en la Región « Udine collina interna », columna « Referencia » :

en lugar de : « cereales » ,

léase : « semillas oleaginosas » ;

- en la Región «Imperia montagna interna », columna « Referencia » :

en lugar de : « semillas oleaginosas »,

léase : « cereales ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/08/1993
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1282/93, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-1993-80729).
Materias
  • Ayudas
  • Colza
  • Girasol
  • Nabina
  • Semillas
  • Soja

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