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Documento DOUE-L-1994-81548

Reglamento (CE) nº 2461/94 de la Comisión, de 12 de octubre de 1994, por el que se rectifica el Reglamento (CEE) nº 1711/93 relativo al precio mínimo y al pago compensatorio que deben abonarse a los productores de patatas y a la prima que debe pagarse a los productores de fécula de patata para la campaña 1994/95.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 263, de 13 de octubre de 1994, páginas 2 a 2 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-81548

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1866/94 (2), y, en particular, su artículo 8,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1711/93 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CE) no 1993/94 (4), adapta para la campaña 1994/95 el precio mínimo y el pago compensatorio para los productores de fécula de patata; que se han reforzado las sanciones contempladas;

Considerando que se ha comprobado que la versión publicada en alemán no corresponde a las medidas presentadas al dictamen del Comité de gestión; que, además, se ha cometido un error en el Anexo del Reglamento; que, por tanto, es necesario rectificar la versión en alemán del Reglamento en cuestión y el error,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. (Afecta sólo a la versión alemana).

2. En el Anexo II del Reglamento (CEE) no 1711/93, el encabezamiento inglés de la última columna se sustituirá por: « Compensatory payment to be paid to the producer per 1 000 kg potatoes (ECU) ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de octubre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

____________________________

(1) DO no L 181 de 1. 7. 1992, p. 21.

(2) DO no L 197 de 30. 7. 1994, p. 1.

(3) DO no L 159 de 1. 7. 1993, p. 84.

(4) DO no L 200 de 3. 8. 1994, p. 13.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 12/10/1994
  • Fecha de publicación: 13/10/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 13/10/1994
  • Aplicable desde El 1 de julio de 1994.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo II del Reglamento 1711/93, de 30 de junio (Ref. DOUE-L-1993-81006).
Materias
  • Féculas
  • Patata
  • Precios
  • Primas

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