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Documento DOUE-L-1994-81617

Reglamento (CE) nº 2597/94 de la Comisión, de 26 de octubre de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 738/94 por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 520/94 del Consejo por el que se establece un procedimiento de gestión comunitaria de los contingentes arancelarios.

Publicado en:
«DOCE» núm. 276, de 27 de octubre de 1994, páginas 3 a 3 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-81617

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 520/94 del Consejo, de 7 de marzo de 1994, por el que se establece un procedimiento de gestión comunitaria de los contingentes cuantitativos (1) y, en particular, el apartado 7 de su artículo 2,

Considerando que en el Reglamento (CE) no 738/94 de la Comisión, de 30 de marzo de 1994, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 520/94 del Consejo, por el que se establece un procedimiento de gestión comunitaria de los contingentes cuantitativos (2), se fijan las normas comunes aplicables tanto para el cumplimiento de los trámites relativos a la presentación de las solicitudes de licencia como para la utilización de estas últimas;

Considerando que en el Anexo I del Reglamento (CE) no 738/94 figura la lista de las autoridades administrativas competentes a la hora de ejecutar las medidas de aplicación del Reglamento (CE) no 520/94;

Considerando que las autoridades francesas han notificado a la Comisión un cambio que afecta a las informaciones contenidas en dicha lista, conforme al artículo 2 del Reglamento (CE) no 738/94;

Considerando que conviene modificar en consecuencia el Anexo I del Reglamento (CE) no 738/94,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El punto 6 del Anexo I del Reglamento (CE) no 738/94 se sustituirá por el texto siguiente:

« 6. France

Service des Titres du Commerce extérieur

8, rue de la Tour des Dames

F-75436 Paris Cedex 09

Tél.: (33 1) 44 63 25 25

Télécopieur: (33 1) 44 63 26 59 - 44 63 26 67 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de octubre de 1994.

Por la Comisión

Leon BRITTAN

Miembro de la Comisión

_________________

(1) DO no L 66 de 10. 3. 1994, p. 1.

(2) DO no L 87 de 31. 3. 1994, p. 47.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 26/10/1994
  • Fecha de publicación: 27/10/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 30/10/1994
Referencias anteriores
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Contingentes arancelarios
  • Exportaciones
  • Importaciones

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