En la página 27, artículo 1, punto 4, letra c), párrafo segundo:
en lugar de: « ... del Reglamento (CEE) n° 805/68 (*) supere las 15 UGM ... »,
léase: « ... del Reglamento (CEE) n° 805/68 (*) no supere las 15 UGM ... ».
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